Por qué recordamos a Bartolomé Fiorini con la misma emoción que en su presencia

AutorInés A. D'argenio
Páginas81-83

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Lo conocí siendo yo estudiante de la carrera de abogacía en la Universidad Nacional de La Plata. Irrumpió en la clase con una fuerza arrolladora que, a varios de nosotros (los mismos que luego cursamos con él la carrera docente), nos sedujo de inmediato. Hasta ese momento, el Derecho Administrativo me había parecido una materia fría y anquilosada. Con él, todo fue vida, pasión y movimiento incansable. Me deslumbraba su vocación constante por el conocimiento que abordaba con principios inalienables pero sin pautas fijas, yendo y viniendo continuamente en sus reflexiones. Nunca se creyó dueño de la verdad, pero en realidad lo era. El tiempo demostró la certeza de esta afirmación.

Su teoría jurídica de la actividad administrativa con desplazamiento definitivo del acto administrativo de autoridad como modo excluyente del ejercicio de la función administrativa, es la única tesis válida hoy en nuestro país para incorporar, sin incoherencia, los procedimientos propios de la participación pública en la gestión administrativa. Porque tal participación implica la necesaria superación de la ideología del interés general cuyo ejercicio monopólico por el Estado es de la esencia del sistema administrativo autoritario al que Fiorini combatió en soledad, con todas sus fuerzas; convencido de la necesidad de elaborar las bases de un Derecho Administrativo argentino y latinoamericano diferenciado del sistema europeo que se impone por doquier y se sustenta en los principios de una Constitución que no guarda analogía, en absoluto, con nuestro sistema institucional.

Su recuerdo no es una mera nostalgia generada por admiración y afecto de otras épocas. En lo personal, me emociono a diario con su presencia activa en la disciplina, cuya teoría surge hoy, frente a las nuevas instituciones que se proponen para la gestión administrativa, como la única posible. Y no exagero: sólo él postuló en su momento (hace ya mas de cuarenta años) una doctrina integral sustentada en la superación del "régimen Page 82 exorbitante", régimen éste cuyos principios aún hoy siguen en danza, inexplicablemente, en la mente de jóvenes estudiosos del Derecho Administrativo. Una superación del sistema administrativo autoritario introducido en nuestro país a despecho de nuestra Constitución1, y que hoy subsiste inexplicablemente justificando la sanción de leyes secretas y el otorgamiento de poderes especiales al Ejecutivo cuyo cometido es, únicamente, el de ejecutar las leyes sin...

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