Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 6 de Diciembre de 2016, expediente FSA 007310/2014/CA001

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “REALES, J.A. c/

ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

Expte. N°7310/2014/CA1 (Juzgado Federal N° 2 de Salta)

Salta, de diciembre de 2016.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

1) Que vienen las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la ANSeS a fojas 66 en contra de la sentencia definitiva obrante a fs. 57/65.

2) Que la cuestión planteada por la demandada en el presente resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta en el antecedente: “SIMO, C.A. c/

ANSES s/ reajustes varios” Expte. Nro.15100288/2010/CA1, sentencia del 29 de diciembre de 2015, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí

vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio.

En efecto, a través de las constancias de la causa se observa que la señora J.A.R. obtuvo su beneficio jubilatorio el 08/09/08 por el régimen de la ley 24.241; y que oportunamente requirió en sede administrativa el reajuste de su haber, solicitud que fue desestimada por la ANSES a través de la resolución RNT-M 00398/14 del 28/02/2014 (fs. 3/7).

3) Que con relación al agravio de la demandada dirigido a cuestionar que el a quo haya diferido el tratamiento de la tasa de sustitutividad, se advierte que no existe un gravamen actual que justifique su agravio.

Fecha de firma: 06/12/2016 Firmado por: M.S., SECRETARIA Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA #19733725#168253243#20161202130516717 En efecto, la decisión adoptada al respecto, no le provoca perjuicio concreto alguno a la demandada, ni la coloca en estado de indefensión...

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