Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 26 de Octubre de 2016, expediente CNT 047235/2015/CA001

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 67.789 CAUSA Nº 47235/2015/CA1 AUTOS: “RAMIREZ ALEJANDRO GREGORIO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A Y OTRO S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL”

JUZGADO Nº 61 SALA I Buenos Aires, 26 de Octubre de 2.016.-

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la codemandada FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. a fs. 99/102, contra el pronunciamiento de fs. 95/96, por el cual se desestimó la citación en calidad de tercero peticionada de CONFITERIA MAY LUNCH S.R.L. y QBE A.R.T. S.A.

CONSIDERANDO:

Sostiene la recurrente que resulta procedente la citación con relación al empleador MAY LUNCH S.R.L. porque el actor reclama por dolencias inculpables que se producen a través del tiempo y que fueron oportunamente rechazadas porque excede los términos del contrato de afiliación suscripto con el empleador (ver fs. 99)

Que, en primer lugar se advierte que las manifestaciones vertidas por el recurrente no logran enervar lo resuelto (art. 116 L.O.).-

Sin perjuicio de lo expresado cabe señalar que para que resulte procedente debe existir además del interés del citante el requisito de comunidad de controversia. La jurisprudencia ha entendido que la expresión "controversia común" se refiere a los supuestos que tiendan a evitar nuevos juicios, especialmente cuando una de las partes de resultar vencida se pueda considerar habilitada para intentar una pretensión de regreso contra el tercero.

En el caso en análisis, atento los hechos expuestos por la actora en la demanda y los términos en que quedara trabada la litis, no se advierte la existencia de...

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