Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 16 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2012
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 246 p 320-324.

Santa Fe, 16 de octubre del año 2.012.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por lademandada contra la resolución 212 del 01.06.2011, dictada por la Sala Tercera de la Cámara deApelación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Rosario, en autos "SHELL CAPSA contraARANGO, A.C. -Consignación judicial- (Expte. 256/10)" (E.. C.S.J. N° 464, año 2011);y,

CONSIDERANDO: 1. Por decisión del 01.06.2011 la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil yComercial de la ciudad de Rosario resolvió confirmar lo resuelto por el Juez de baja instancia-quien a su turno, había declarado extemporánea la contestación de la demanda-.

Contra tal pronunciamiento dedujo la demandada recurso de inconstitucionalidad.

En el memorial introductor del recurso, la compareciente critica que los Jueces hayanconsiderado como notificación tácita el hecho de que su parte retirara un expediente al cualestaban unidos otros dos más, siendo que en uno de estos últimos constaba el decreto deltraslado corrido para contestar la demanda. En relación con lo cual alega que la Cámara se limitóa presumir que al llevarse el expediente en varias oportunidades debió de haber visto aqueltraslado.

Por lo tanto, cuestiona que se la dé por notificada del traslado de la demanda a través de presunciones sin considerar que para ello es necesaria una verdadera certeza en cuanto a que efectivamente tuvo conocimiento del decreto en cuestión, lo cual -dice- no se encuentra probado.Por lo cual aduce que la decisión recurrida resulta arbitraria al no garantizar adecuadamente el derecho de defensa, al incurrir en un excesivo ritualismo y al omitir el tratamiento de cuestionesconducentes a la solución del litigio.

En particular, refiere que inicialmente eran dos los autos en trámite (sobre "aseguramientode pruebas" y "cumplimiento de contrato") y que, luego, el aquí actor inició una nueva demanda en un nuevo expediente, caratulado éste como "Shell CAPSA S.A. c/ A. s/ consignación judicial", que se les "unió físicamente" a aquéllos otros y que tramitó en el mismo Juzgado "por su evidenteconexidad". Y al respecto, sostiene que, cumplidos los pasos procesales de rigor, se dispusocorrer traslado de la demanda, pero que su parte no advirtió esto último pues, si bien retiró dichoexpediente en tres oportunidades, lo fue por el sólo hecho de que se encontraba "apiolado" a losotros dos, sin que -dice- tomara conocimiento de lo tramitado en...

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