Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 28 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2012
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 244 p 364-368.

Santa Fe, 28 de mayo del año 2.012.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la parteactora contra la resolución de fecha 8.4.2009, dictada por la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de R. en autos "POLO, L.A. contra MUNICIPALIDAD DERECONQUISTA -Acción autónoma de nulidad, etc.- (Expte. 113/07)" (E.. C.S.J. N° 110, año2011); y,

CONSIDERANDO: 1. Surge de las constancias de la causa que, por sentencia de fecha 8.4.2009, la Cámarade Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de R. rechazó los recursos de nulidad y apelación interpuestos contra la decisión del Inferior que, a su turno, había rechazado la demanda con fundamento en la validez de las notificaciones realizadas en el juicio de apremio por el que seremató el inmueble de propiedad del accionado.

Contra tal pronunciamiento interpuso el perdidoso recurso de inconstitucionalidad,invocando el inciso 3) del artículo 1 de la ley 7055.

En su escrito recursivo el actor efectúa una crítica al pronunciamiento que rechazó la acciónautónoma de nulidad y de daños y perjuicios que iniciara contra la Municipalidad de Reconquistaachacándole, al Sentenciante, autocontradicción, falta de fundamentación y arbitrariedad en tanto, admitiendo la violación a las normas de trámite establecidas en la ley 5066, rechazó su acción convalidando un procedimiento viciado que culminó con el despojo de un inmueble en violación alas garantías del debido proceso y de defensa en juicio y al derecho de propiedad que garantizan las Constituciones nacional y provincial.

Prosigue detallando las falencias de las que, a su entender, adolece la decisión impugnadaen tanto la carencia de fundamentos jurídicos sobre los que se cimentó la descalifica como actojurisdiccional válido; sostiene que los Sentenciantes se apoyaron en argumentos y valoracionesmetajurídicos, morales, éticos, cívicos y sociales que no satisfacen la exigencia constitucional ni elderecho a la jurisdicción que reconoce la Carta Magna.

Afirma que la sentencia recurrida es definitiva "...-fuera de su revisión por causa írrita-ya que no admite otra ulterior sobre el mismo objeto..." y que la arbitrariedad era preexistente alinicio de la acción autónoma de nulidad, al no haberse respetado el debido proceso de apremio fiscal, naciendo luego -dice- una nueva causal de arbitrariedad -aunque de menor intensidad, a suentender- en el fallo del A quo, por recurrirse a fundamentos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR