Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 6 de Diciembre de 2016, expediente FSA 041000551/2010/CA001

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional “QUISPE, A. c/ ANSES s/

REAJUSTE DE HABERES” Expte. N°

41000551/2010 (Juzgado Federal N° 2 de Jujuy)

ta, 6 de diciembre de 2016.-

AUTOS Y VISTO:

  1. Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la ANSES a fs. 87 en contra de la sentencia dictada en primera instancia a fs. 82/85.

    A través del memorial presentado a fs. 94/101 la demandada se agravia por las pautas establecidas por el a quo para la redeterminación del haber inicial y el posterior reajuste por movilidad del beneficio jubilatorio del actor.

    Asimismo, cuestiona la imposición de las costas a su cargo.

  2. Que con relación al reajuste de las remuneraciones correspondientes a los servicios prestados en relación de dependencia, la cuestión planteada en autos resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en el antecedente “Campos, R. c/ ANSeS s/ Expedientes civiles” Expte. FSA 31000305/2009 sentencia del 4 de noviembre de 2014, entre otros, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio.

    En efecto, a través de las constancias de la causa se observa que el Sr. A.Q. obtuvo el beneficio de jubilación ordinaria en el año 2004, bajo el régimen previsto por la ley 24.241; y oportunamente requirió en Fecha de firma: 06/12/2016 Firmado por: E.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA #11867828#168118944#20161207100355470 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional sede administrativa el reajuste de su haber, solicitud que fue desestimada por la ANSES a través de la resolución RNT-B 02155/10 (fs. 3/6).

    Por ello, de conformidad con los fundamentos expuestos en la sentencia referida precedentemente, corresponde desestimar los agravios de la demandada dirigidos a cuestionar las pautas establecidas en origen para la redeterminación del haber inicial del beneficio jubilatorio del actor.

  3. Que tampoco prosperarán los agravios formulados por la demandada con relación a las pautas determinadas por el a quo para el recálculo de la porción del haber del actor correspondiente a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR