Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 19 de Noviembre de 2013, expediente CAF 027139/2012

Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2013
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA IV

Expte. 27139/2012 QUINTEROS L.F. Y OTROS c/ EN-M§

DEFENSA-FAA-DTO 2769/93 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE

LAS FFAA Y DE SEG

Buenos Aires, 19 de noviembre de 2013.-

Y VISTOS: para resolver el recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs. 63 contra la resolución de fs.

57 y vta.; y CONSIDERANDO:

I.Q., a fs. 57 y vta., el señor juez de primera instancia hizo lugar a la excepción de falta de legitimación activa opuesta por la demandada respecto del coactor H.J.R..

Para decidir de ese modo señaló, en primer término, que las explicaciones de la parte actora no guardaban estricta relación con los fundamentos de la excepción opuesta por la demandada.

Agregó que de la documentación agregada se desprendía que el señor Rotonda era personal civil de la Fuerza Aérea y, en tal carácter, su situación laboral se regía por la ley 20.239 y su decreto reglamentario 2355/73. Por ser ello así, carecía de legitimación para solicitar el reconocimiento –como remunerativos y bonificables– de los suplementos particulares creados por el decreto 2796/93, su liquidación bajo el concepto “sueldo” y el pago de los retroactivos derivados del incorrecto cálculo.

Sin perjuicio de lo expuesto, teniendo en cuenta el objeto del pleito y que Rotonda podía haberse creído con derecho a peticionar como lo había hecho, impuso las costas en el orden causado.

  1. Que, contra el modo en que fueron impuestas las costas, la demandada interpuso y fundó recurso de apelación (fs. 63 y fs.

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    SALA IV

    67/68 vta.). Corrido el pertinente traslado (fs. 70) su contraria no lo contestó.

    Señaló, en síntesis, que no existía razón alguna para apartarse del principio general en materia de costas consagrado en el artículo 68 del código procesal y que, por lo demás, el juez no había fundado debidamente su decisión al respecto.

    Indicó que el actor – personal civil de Fuerza Aérea– había efectuado un reclamo propio del personal militar, con sustento en normas que integraban el régimen aplicable a este último,

    motivo por el que no podía haberse creído con derecho a peticionar como lo hizo.

  2. Que, el artículo 68 del código procesal consagra el principio rector en materia de costas, que encuentra su razón de ser en el hecho objetivo de la derrota: quien resulta vencido debe cargar con los gastos que debió realizar su contraria para obtener el reconocimiento...

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