Sentencia de Sala A, 28 de Octubre de 2013, expediente FRO 032001194/2012/18/RH001

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2013
EmisorSala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A FRO 32001194/2012/18/RH1 N° 360 /P/I Rosario, 28 de octubre de 2013.

Visto en Acuerdo de la Sala “A”, el expediente Nº FRO 3200194/2012/18/RH1 caratulado “RECURSO DE QUEJA EN AUTOS ‘Z.D.D., Z.J.A., Z.F.L. y otros s/infracción Ley 23.737 (art. 5 inc.c)’” (originario del Juzgado Federal Nº3 de esta ciudad), de los que resulta:

El defensor de D.D.Z., D.E.F.S., dedujo a fs. 1/4, recurso de queja contra la resolución recaída en el contexto de la audiencia de ampliación de declaración indagatoria de su pupilo, realizada el 23/09/2013 (agregada a fs. 2144/2153 del expediente principal reservado en Secretaría), mediante la cual se rechazó el recurso de reposición y apelación en subsidio interpuesto contra la ampliación de imputación realizada por el a quo a pedido del F..

En tal oportunidad, a instancias del F. interviniente, quien tiene delegada la instrucción de la causa, el a quo le imputó asimismo a D.D.Z.: la conversión, transferencia, administración, venta, gravamen y disimulación de dinero, muebles e inmuebles provenientes de las ganancias producidas por el tráfico de estupefacientes para la adquisición de apariencia ilícito” con base probatoria fundamentada en el anexo acompañado en la denuncia realizada por las Dras. A.B. y M.Z., adjunto a la causa acumulada, como así también en la denuncia de bienes sujetos a embargo y secuestro presentada por el Ministerio Fiscal en el respectivo incidente. En ese mismo acto el juez rechazó el recurso de reposición y apelación en subsidio interpuesto por la defensa de D.D.Z., en tanto sostuvo que no resultaba afectado el derecho de defensa, atento que la causa que se mencionaba se encontraba a disposición del imputado y su defensa. De igual forma no hizo lugar al recurso de apelación subsidiario por no tratarse de un acto interlocutorio que pudiera causar gravamen. Finalmente, previo a preguntarle si iba a declarar, le dio la posibilidad al imputado y a su defensa de consultar las actuaciones en las que se basaba la ampliación, concretamente el incidente nro. 320001194/2012/11.

Evacuado el informe del artículo 477 segundo párrafo del CPPN y existiendo copia del expediente principal reservada en Secretaría, pasaron los autos al Acuerdo (fs. 25).

Y considerando que:

La queja fue deducida en término por lo que corresponde analizar su procedencia. Así las cosas se impone revisar si el recurso interpuesto por la defensa fue bien denegado por el a...

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