Publicaciones de la Sección Oficial de 29 de Septiembre de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
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desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.877
AÑO CVII/ LA PLATA, JUEVES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 48 páginas
y Suplemento de 24 ginas de Balances y Compras (Ley N° 14.815)
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 7778
Disposiciones ----------------------------------------------------------------- 7779
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 7781
Varios ----------------------------------------------------------------- 7788
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 7797
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 7799
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 7801
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 7801
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 7807
Varios ----------------------------------------------------------------- 7808
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 7820
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscr iptos
en la Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 7823
Sección Oficial
LA PLATA, JUEVES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2016
PÁGINA 7778 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
SECRETARÍA GENERAL
Resolución N° 270
La Plata, 21 de septiembre de 2016.
VISTO el expediente N° 2100-6830/16 mediante el cual tramita la asignación de un
número de característica para la caratulación de expedientes que deba realizar el
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Ley N° 14.803 y sus modificatorias fue creado el
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación;
Que de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 16.236/54, la Secretaría
General es la encargada de establecer, si las circunstancias lo ameritan, nuevos números
de características a las reparticiones que lo soliciten;
Que, a fojas 2, el Jefe del Departamento Mesa de Entradas de esta Jurisdicción, infor-
ma que correspondería asignar el número veintiséis mil (26.000) como característica para
las actuaciones administrativas que se originen en el citado Ministerio;
Que, a fojas 4, dictamina Asesoría General de Gobierno sin observaciones que for-
mular; y encuadrando al mismo tiempo la gestión de la Secretaría General en el Decreto
aludido anteriormente;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto
N° 16.236/54, la Ley N° 14.803 y modificatorias;
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Asignar al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, la carac-
terística número veintiséis mil (26.000) para la numeración de los expedientes que en tal
Jurisdicción se originen.
ARTÍCULO 2°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Eduardo Fabián Perechodnik
Secretario General
C.C. 12.964
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA
Resolución N° 158/16
La Plata, 20 de septiembre de 2016.
VISTO el expediente Nº 2430-6218/2016; el Decreto Nº 878/03, ratificado por Ley Nº
13.154, modificado por Decreto Nº 2.231/03, y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04; la
Leyes N° 13.569 y Nº 14.745 y;
CONSIDERANDO:
Que el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tiene por objeto hacer cum-
plir el Marco Regulatorio, su reglamentación y disposiciones complementarias, controlan-
do la prestación de los servicios y el cumplimiento de las obligaciones fijadas en los con-
tratos de concesión en tal sentido sobre los servicios sanitarios, controlando el fiel cum-
plimiento del Marco Regulatorio y su normativa complementaria, en todo el ámbito de la
Provincia de Buenos Aires;
Que el prestador “Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad y Servicios
Anexos de Olavarría (Coopelectric)” ha solicitado ante la Municipalidad de Olavarría, en su
carácter de poder concedente municipal, una readecuación tarifaria;
Que el Señor Intendente de la Municipalidad de Olavarría ha informado al Organismo
de Control del Agua de Buenos Aires la convocatoria a una audiencia pública para el día
miércoles 5 de octubre de 2016, a las 11 hs., a llevarse a cabo en el Teatro Municipal de
la Ciudad de Olavarría, sito en la calle Rivadavia N° 2780 de esa Ciudad;
Que, asimismo, solicita la participación del Organismo de Control del Agua de Buenos
Aires y la designación de un representante a los efectos de poder presidir la misma;
Que el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires aceptará la invitación cursa-
da por el Señor Intendente Municipal de Olavarría a los efectos de participar y presidir la
audiencia pública convocada a tal efecto;
Que el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires ha de velar por los derechos
de comunicación y participación de los Usuarios del servicio público sanitario de un modo
previo a la decisión sobre aspectos del servicio, como se da en el presente supuesto al
tratarse de un a solic itud de readecu ación t arifaria ef ectuada por el Pre stador
“Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad y Servicios Anexos de Olavarría
(Coopelectric)”, quien presta servicio en el Municipio de Olavarría;
Que la Provincia de Buenos Aires ha dictado la Ley Nº 13.569 que establece el pro-
cedimiento que deberá observarse en la realización de las Audiencias Públicas convoca-
das por el Poder Ejecutivo o el Poder Legislativo de la Provincia de Buenos Aires;
Que la celebración y desarrollo de la misma tenderá a que todos los Usuarios del ser-
vicio público sanitario que participen puedan realizar preguntas y exponer sus ideas, en
un marco de diálogo y respeto;
Que, así entonces, la audiencia pública constituirá un mecanismo de participación
ciudadana que tienen los Usuarios del servicio público sanitario prestado, en esta opor-
tunidad, por la “Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad y Servicios Anexos de
Olavarría (Coopelectric)”;
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Marco Regulatorio para la pres-
tación de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales de la Provincia de
Buenos Aires, establecido por el Decreto Nº 878/03, modificado por Decreto N° 2.231/03,
ratificados por Ley N° 13.154, reglamentado por Decreto N° 3.289/04 y las Leyes N°
13.569 y N° 14.745;
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Aceptar la invitación del Señor Intendente Municipal de Olavarría para
presidir la audiencia pública convocada por ese Municipio y a celebrarse el día 5 de octu-
bre del corriente año, a las 11 hs., en el Teatro Municipal de la Ciudad de Olavarría, sito
en calle Rivadavia n° 2780 de esa Ciudad.
ARTÍCULO 2º: Prestar conformidad con lo actuado por la Municipalidad de Olavarría
en el marco del Expediente 3.663/2016, por el cual convoca al concesionario
“Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad y Servicios Anexos de Olavarría
(Coopelectric)” a participar de la audiencia pública, por medio de sus autoridades y/o
representantes legales a los fines de exponer todos los fundamentos técnicos, financie-
ros, económicos y jurídicos de su solicitud de readecuación tarifaria.
ARTÍCULO 3°: La audiencia pública será presidida por un representante del Directorio
del Organismo de Control del Agua de Buenos Aires (OCABA); pudiéndose delegar tal fun-
ción en quien fundadamente sea designado a tal efecto.-
ARTÍCULO 4°: Una vez sucedida, celebrada y producidas las conclusiones de la
audiencia pública, el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tomará intervención
elaborando un Dictamen respecto de la razonabilidad de la propuesta formulada por el
prestador, conforme lo dispone el artículo 14, inciso c), del Marco Regulatorio Provincial.
ARTÍCULO 5 º: Regístrese y Notifíquese a la Subsecretaría de Servicios Públicos del
Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires; y a la
Municipalidad de Olavarría.
ARTÍCULO 6 º: Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, en el por-
tal oficial del Organismo de Control del Agua de Buenos Aires (OCABA), en el portal oficial de
la Municipalidad de Olavarría y en el portal oficial de la “Cooperativa Limitada de Consumo
de Electricidad y Servicios Anexos de Olavarría (Coopelectric)”. Cumplido, Archívese.
Lucas J. Malbrán, Director Presidente; Luis Mosquera Drago, Vicepresidente; Oscar
Salvador Quinto, Director Vocal; Daniel Omar Ro dil, Director Vocal.
C.C. 12.965
Provincia de Buenos Aires
CONTADURÍA GENERAL
Resolución Nº 446/16
La Plata, 21 de septiembre de 2016.
VISTO la Resolución Nº 442/16 por la que se emitió el Décimo Tramo del Programa
de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la resolución citada precedentemente se emitieron Letras del Tesoro por un
total de Valor Nominal Pesos un mil ciento setenta y tres millones sesenta y cinco mil (VN
$1.173.065.000);
Que el artículo 4° de la misma establece la emisión de “Letras del Tesoro de la
Provincia de Buenos Aires en pesos a trescientos sesenta y cuatro (364) días con venci-
miento el 14 de septiembre de 2017” por la suma de Valor Nominal pesos sesenta y dos
millones trescientos sesenta y seis mil (VN $ 62.366.000);
Que el inciso z) del artículo antes mencionado establece la forma de pago de las
Letras emitidas, indicando que los mismos se realicen mediante la transferencia de los
importes correspondientes a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación
en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro;
Que la Caja de Valores Sociedad Anónima ha informado que los fondos para ser apli-
cados al pago de los servicios financieros de las Letras del Tesoro de la Provincia de
Buenos Aires deberán ser transferidos a la cuenta en pesos de Caja de Valores Sociedad
Anónima Nº 901 en el Banco Central de la República Argentina;
Que por expediente N° 5500-2343/16 se tramitó la registración contable de la emisión
en cuestión, habiendo tomado la Contaduría General de la Provincia y el Ministerio de
Economía de la Provincia de Buenos Aires la intervención de su competencia;
Que es necesario se emita la Orden de Pago que posibilite su rescate.

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