Publicaciones de la Sección Oficial de 21 de Julio de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
Teléfono/fax: (0221) 483-3044; 421-0202 y 483-5431
www.gob.gba.gov.ar / E-mail: diebo@gob.gba.gov.ar
Dirección Nacional del Derecho del Autor Nº 146.195
Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deban producir
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.828
AÑO CVII/ LA PLATA, JUEVES 21 DE JULIO DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 48 páginas
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Decretos ----------------------------------------------------------------- 5634
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 5634
Compras (Ley N° 14.815) ----------------------------------------------------------------- 5640
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 5641
Varios ----------------------------------------------------------------- 5647
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 5657
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 5658
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 5659
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 5659
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 5661
Varios ----------------------------------------------------------------- 5663
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 5677
Sección Oficial
LA PLATA, JUEVES 21 DE JULIO DE 2016
PÁGINA 5634 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Decretos
________________________________________________
DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 807
La Plata, 5 de julio de 2016.
VISTO el expediente Nº 4082-2478/11, Cuerpos I, II, III y IV, por el cual la
Municipalidad de Nueve de Julio modifica la normativa vigente en el partido, y
CONSIDERANDO:
Que por la propuesta elevada la Municipalidad de Nueve de Julio gestiona la conva-
lidación provincial de la Ordenanza Nº 5.549/15, sus Anexos I, II y III, y su Decreto de
Promulgación Nº 2.462/15, por medio de la cual se propone la aprobación del Código de
Gestión Urbanística y Ambiental de la ciudad de 9 de Julio (Circunscripción I, Sección A
y B y Circunscripción XV) y de la localidad El Provincial (Circunscripción XI);
Que el Anexo I, Informe General de Fundamentaciones, es de exclusiva responsabili-
dad municipal, por lo que no resulta pertinente su convalidación;
Que a fojas 1138, interviene la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda,
dando continuidad al trámite de convalidación provincial;
Que la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial a fojas 1132, se
expide sin formular observaciones y considera que la propuesta se encuentra en condi-
ciones de continuar su trámite de convalidación provincial;
Que a fojas 1142, la Subsecretaría de Gobierno toma conocimiento e impulsa el trá-
mite convalidatorio provincial de la mencionada Ordenanza;
Que a fojas 1133 y 1141, interviene Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
83 del Decreto –Ley Nº 8.912/77 (T.O. 1987 y modificatorios):
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Convalidar la Ordenanza N° 5.549/15, y Anexos II y III, y su Decreto de
promulgación N° 2.462/15, mediante la cual la Municipalidad de Nueve de Julio modifica
la normativa vigente en el partido, que como Anexo Único compuesto de ciento diecisie-
te (117) fojas útiles forman parte del presente, bajo la exclusiva responsabilidad de los
organismos técnicos intervinientes.
ARTÍCULO 2°. Excluir de los alcances establecidos por el Artículo 1 del presente
Decreto, el Anexo I de la Ordenanza Nº 5.549/15, que contiene la fundamentación técnica
de la propuesta, por ser materia ajena a lo dispuesto por el Artículo 83 del Decreto- Ley Nº
8.912/77 (T.O. por Decreto Nº 3.389/87) y por ende de estricta competencia municipal.
ARTÍCULO 3º. Establecer que las industrias de tercera categoría sólo podrán locali-
zarse en la zona industrial del Área Complementaria o Rural, conforme a lo establecido
por el artículo 7 del Decreto Ley Nº 8.912/77.
ARTÍCULO 4º. Establecer que en materia de infraestructura, servicios y equipamien-
to comunitario deberá darse cumplimiento a lo regulado por los artículos 56, 62 y 63 del
Decreto Ley Nº 8.912/77 (T.O. por Decreto Nº 3.389/87 y modificatorios) en el momento
de aprobarse el plano de subdivisión y/o materialización del uso.
ARTÍCULO 5º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en
los Departamentos de Gobierno y de Coordinación y Gestión Pública.
ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA pasar
al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.
Federico Salvai María Eugenia Vidal
Ministro de Gobierno Gobernadora
Roberto Gigante
Ministerio de Coordinación
y Gestión Pública
NOTA: El Anexo Único podrá ser consultado en el Ministerio de Gobierno.
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N° 443 La Plata, 11 de julio de 2016.
POR 5 DÍAS - VISTO el expediente Nº 2402-113/2016 mediante el cual se gestiona
efectuar un l lamado a Licitación Pública para la realizac ión de la obra:
“Reacondicionamiento Inmueble Sede Dirección de Vialidad Provincia de Buenos Aires”,
en el partido de La Plata, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Arquitectura ha elaborado la documentación técnica y
la Dirección de Compras y Contrataciones ha confeccionado la documentación legal, que
regirán el llamado y ejecución de la obra de referencia, con su respectivo presupuesto ofi-
cial, que responde a las normativas aprobadas para este tipo de realizaciones (Decreto
N° 1.562/85 y normas complementarias y Resolución Nº 18/16);
Que el presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de pesos cuatro millones
doscientos veintiocho mil ciento setenta y tres con treinta y ci nco centavos ($
4.228.173,35), a la que agregándole la suma de pesos cuarenta y dos mil doscientos
ochenta y uno con setenta y tres centavos ($ 42.281,73) para pago de proyecto, dirección
e inspección (artículo 8º Ley Nº 6.021), la suma de pesos ciento veintiséis mil ochocien-
tos cuarenta y cinco con veinte centavos ($ 126.845,20) para la reserva establecida en la
Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos cua-
renta y dos mil doscientos ochenta y uno con setenta y tres centavos ($ 42.281,73) para
embellecimiento (artículo 3º Ley Nº 6.174), hace un total de pesos cuatro millones cua-
trocientos treinta y nueve mil quinientos ochenta y dos con un centavo ($ 4.439.582,01),
con un plazo de ejecución de ciento cincuenta (150) días corridos;
Que en el marco del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 del Pliego de
Bases y Condiciones Legales Particulares, prevé el otorgamiento de un anticipo financie-
ro equivalente al veinte por ciento (20%) del monto contractual, previa constitución de
garantía a satisfacción de este Ministerio;
Que a foja 63 la Dirección Provincial de Arquitectura se expide en sentido favorable a
la presente gestión;
Que a foja 67 toma intervención la Dirección de Presupuesto;
Que a foja 147 el Consejo de Obras Públicas se expide en el marco de su competen-
cia sin formular objeciones;
Que en consecuencia corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artícu-
los 9° y 13 de la Ley de Obras Públicas N° 6.021 y su reglamentación y el artículo 21 de
la Ley Nº 14.803;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Aprobar la docum entación técnica elaborada por la Dirección
Provincial de Arquitectura y la documentación legal confeccionada por la Dirección de
Compras y Contrataciones para el llamado y ejecución de la obra: “Reacondicionamiento
Inmueble Sede Dirección de Vialidad Provincia de Buenos Aires”, cuyo presupuesto ofi-
cial asciende a la suma de pesos cuatro millones doscientos veintiocho mil ciento seten-
ta y tres con treinta y cinco centavos ($ 4.228.173,35), a la que agregándole la suma de
pesos cuarenta y dos mil doscientos ochenta y uno con setenta y tres centavos ($
42.281,73) para pago de proyecto, dirección e inspección (artículo 8º Ley Nº 6.021), la
suma de pesos ciento veintiséis mil ochocientos cuarenta y cinco con veinte centavos ($
126.845,20) para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º
de la Ley Nº 6.021 y la suma de pesos cuarenta y dos mil doscientos ochenta y uno con
setenta y tres centavos ($ 42.281,73) para embellecimiento (artículo 3º Ley Nº 6.174), hace
un total de pesos cuatro millones cuatrocientos treinta y nueve mil quinientos ochenta y
dos con un centavo ($ 4.439.582,01), con un plazo de ejecución de ciento cincuenta (150)
días corridos, que agregada en copia como Anexo Único, que consta de ciento diecisie-
te (117) fojas, que forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°: Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones para que de
conformidad con la documentación y presupuesto aprobados por el artículo 1º, proceda
a efectuar un llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia,
debiendo publicar los avisos respectivos con una anticipación de quince (15) días hábiles
y por el término de cinco (5) días hábiles en el Boletín Oficial, por un (1) día en diarios loca-
les y regionales y hasta la fecha de apertura en la página Web de la Provincia de Buenos
Aires, conforme lo establecido en los Decretos N° 496/07 y N° 3.698/07.
ARTÍCULO 3°. Establecer que la presente gestión se atenderá con cargo a la siguien-
te imputación: Presupuesto 2016 - Ley N° 14.807 - Jurisdicción 11114 – CAT PRG – NRO
9 - SUBP 2 - PRY 7916 - FIN 1 - FUN 3 - F.F. 1.1 - P. PPAL 4 - SP 2 - PAR1 - UG 675.
ARTÍCULO 4°: Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un antici-
po financiero del veinte por ciento (20%) del monto del Contrato, conforme lo estableci-
do en el artículo 2.1.5 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares.
ARTÍCULO 5°: Dejar establecido que la Repartición contará con un plazo de 30 días hábi-
les para producir el informe que establece el artículo 22 de la Ley N° 6.021, y que de surgir
impugnaciones, dicho plazo deberá ser contado a partir del día siguiente de vencido el plazo
para formularlas que establece el artículo 2º, apartado 12, de la Resolución N° 114/80.
ARTÍCULO 6°: Designar como integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas a Carlos
Augusto ROSALES CARTIER (D.N.I. 33.457.043), Carlos Santiago MAYANS (D.N.I.
33.862.858) y Mariano Alberto MÉNDEZ (D.N.I. 32.666.661), que intervendrán sólo y especial-
mente en el proceso licitatorio correspondiente a la Licitación Pública citada en el artículo 1°.
ARTÍCULO 7°: Remitir al Honorable Tribunal de Cuentas copia de la presente, en
cumplimiento de su Acordada de fecha 8 de mayo de 1961.
ARTÍCULO 8°: Registr ar, com unicar y girar a la Direcció n de Compras y
Contrataciones. Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón
Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos
Nota: El Anexo podrá ser consultado en el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos.
C.C. 8.783 / jul. 19 v. jul. 25

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