Publicaciones de la Sección Oficial de 17 de Marzo de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
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Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
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desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.744
AÑO CVII/ LA PLATA, JUEVES 17 DE MARZO DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 48 páginas
y Suplemento de 8 páginas de Resoluciones y Varios
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 1874
Disposiciones ----------------------------------------------------------------- 1878
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 1878
Varios ----------------------------------------------------------------- 1886
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 1897
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 1898
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 1900
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 1904
Varios ----------------------------------------------------------------- 1905
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 1917
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de diarios inscr iptos en la
Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 1919
Sección Oficial
LA PLATA, JUEVES 17 DE MARZO DE 2016
PÁGINA 1874 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 24
La Plata, 26 de febrero de 2016.
VISTO el expediente Nº 2423-4553/16, y el artículo 7° del Decreto N° 1.062/13 regla-
mentario de la Ley Nº 14.449 de Acceso Justo al Hábitat, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la norma reglamentaria citada en el Visto se determinó como
Autoridad de Aplicación de la Ley N° 14.449 al Ministerio de Infraestructura, atribuyén-
dole la facultad de dictar las normas complementarias que resulten necesarias para el
cumplimiento de los objetivos definidos en la ley, como asimismo la de delegar en sus
diversas reparticiones las competencias que posee como Autoridad de Aplicación;
Que mediante Resolución Nº 72/12 se aprobó la modificación de la estructura orgá-
nico-funcional del Ministerio de Infraestructura (Decreto N° 1.441/03 y modificatorias),
creándose la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda, la que constituye el
organismo rector del hábitat en la Provincia de Buenos Aires definiendo la política de la
tierra y la gestión integral de la vivienda y el uso del suelo;
Que en mérito a las acciones conferidas a la mentada Subsecretaría, resulta oportu-
no y conveniente delegar en la misma el ejercicio de las facultades atribuidas al
Ministerio de Infraestructura por la Ley N° 14.449 y su reglamentación aprobada por
Decreto N° 1.062/13,como arbitrio encaminado a lograr una eficaz desconcentración y
fluidez del procedimiento administrativo;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 5 y 22
de la LeyN° 13.757 y artículo 7º del Decreto Nº 1.062/13, reglamentario de la Ley Nº 14.449;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Delegar en el señor Subsecretario de Tierras, Urbanismo y Vivienda del
Ministerio de Infraestructura el ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 14.449
y su reglamentación aprobada por Decreto N° 1.062/13.
ARTÍCULO 2°. Autorizar al Señor Subsecretario de Tierras, Urbanismo y Vivienda a
delegar el ejercicio de las facultades mencionadas en el artículo 1° en órgano de jerarquía
no inferior a Dirección Provincial dentro de la citada Subsecretaría.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y pasar a la
Subsecretaría de Tierras , Urbanismo y Vivi enda del Ministerio de Infraestructura .
Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón
Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos
C.C. 2.651
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 13
La Plata, 2 de febrero de 2016.
VISTO el expediente Nº 4068-7420-D-2012 a través del cual tramita la adjudicación a
título oneroso a favor de su actual ocupante de un inmueble identificado catastralmente
como: Circunscripción XII, Sección A, Manzana 9, Parcela 1 del Barrio “Villa Fiorito” en el
partido de Lomas de Zamora, en el marco de lo dispuesto por las Leyes Nº 10.337 y Nº
10.736, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 María Santos RODRÍGUEZ (D.N.I. 12.247.664) solicita la adjudicación
del inmueble identificado ut supra;
Que la posesión de la señora Rodríguez resulta pública, pacífica y continua, confor-
me surge de la documentación obrante a fojas 7/10 y fojas 30;
Que el citado inmueble fue inscripto en el Folio Nº 29/73 del partido de Lomas de
Zamora (063), de donde surge que la titularidad del dominio la detenta el Fisco de la
Provincia de Buenos Aires, tal como surge de la copia de asiento de dominio agregado a
fojas 19/21;
Que personal del Departamento Social de la Dirección de Regularización Dominial de
la entonces Subsecretaría de Tierras, Urbanismo y Vivienda efectuó el relevamiento
socio-ocupacional del que surge que la solicitante ocupa el inmueble mencionado,
agregándose a fojas 35 el correspondiente censo ocupacional;
Que en este estado corresponde adjudicar el lote de terreno a su actual ocupante, veri-
ficándose que cumple con los requisitos legales exigidos por las Leyes Nº 10.337 y Nº 10.736;
Que conforme el artículo 6º de la Ley Nº 10.337, el precio de venta será el corres-
pondiente a la valuación fiscal del suelo libre de mejoras, correspondiente al año en que
se realice la adjudicación, ascendiendo el mismo conforme la constancia de fojas 33, a la
suma de pesos seis mil veintisiete ($ 6.027);
Que de acuerdo al informe agregado a fojas 38 dicho monto ha sido notificado y con-
sentido por la solicitante, tramitando actualmente la correspondiente tarjeta para el pago;
Que a fojas 39 y vuelta toma intervención de su competencia la Dirección de
Regularización Urbana y Dominial dependiente de la entonces Subsecretaría Social de
Tierras, Urbanismo y Vivienda, manifestándose en sentido favorable a la gestión planteada;
Que oportunamente corresponde dar intervención a Escribanía General de Gobierno,
en los términos del artículo 13, inciso b, de la Ley Nº 10.830, a efectos de extender a favor
de la solicitante la escritura traslativa de dominio libre de gravamen hipotecario de acuer-
do a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nº 10.337;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno (fojas 42), Contaduría
General de la Provincia (fojas 43) y Fiscalía de Estado (fojas 44);
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
21 de la Ley N° 14.803;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Adjudicar en venta a favor de la señora María Santos RODRÍGUEZ (D.N.I.
12.247.664), el inmueble que ocupa identificado catastralmente como: Circunscripción XII,
Sección A, Manzana 9, Parcela 1, del barrio “Villa Fiorito”, inscripto al Folio 29/73 del parti-
do de Lomas de Zamora por el precio de pesos seis mil veintisiete ($ 6.027).
ARTÍCULO 2°. Autorizar a Escribanía General de Gobierno, una vez cancelado dicho
precio, en los términos del artículo 13 inciso b) de la Ley Nº 10.830, para extender a favor
de la adjudicataria que se dispone en el artículo anterior, la respectiva escritura traslativa
de dominio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley Nº 10.337.
ARTÍCULO 3º. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado y a María Santos
Rodríguez, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y girar a la Subsecretaria de Tierras,
Urbanismo y Vivienda. Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón
Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos
C.C. 2.652
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 15
La Plata, 2 de febrero de 2016.
VISTO el expediente Nº 4068-91167-D-2005 a través del cual tramita la adjudicación
a su actual ocupante y a título oneroso del inmueble identificado catastralmente como:
Circunscripción XII, Sección A, Manzana 9, Parcela 16 del Barrio “Villa Fiorito” en el par-
tido de Lomas de Zamora, en el marco de lo dispuesto por las Leyes Nº 10.337 y Nº
10.736, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 Felipa Ramona ABREGU (D.N.I. 6.294.408) solicita la adjudicación del
inmueble identificado ut supra;
Que el citado inmueble fue inscripto en el Folio Nº 29/73 del partido de Lomas de
Zamora (063), de donde surge que la titularidad del dominio la detenta el Fisco de la
Provincia de Buenos Aires, tal como surge de la copia de asiento de dominio agregado a
fojas 24/26;
Que la Municipalidad de Lomas de Zamora efectuó relevamiento socio-ocupacional
del que surge que el solicitante ocupa el inmueble mencionado, agregándose a fojas 40
y vuelta el pertinente censo ocupacional;
Que en este estado corresponde adjudicar el lote de terreno a su actual ocupante, veri-
ficándose que cumple con los requisitos legales exigidos por las Leyes Nº 10.337 y Nº 10.736;
Que conforme el artículo Nº 6 de la Ley Nº 10.337, el precio de venta será el corres-
pondiente a la valuación fiscal del suelo libre de mejoras correspondientes al año en que
se realice la adjudicación, ascendiendo el mismo, conforme constancia de fojas 29, a la
suma de pesos cinco mil setecientos treinta y nueve ($ 5.739);
Que de acuerdo al informe agregado a fojas 41 dicho ha sido notificado y consentido
por el solicitante, tramitando actualmente la correspondiente tarjeta para el pago;
Que a fojas 44 y vuelta toma intervención de su competencia la Dirección de
Regularización Urbana y Dominial dependiente de la entonces Subsecretaría Social de
Tierras, Urbanismo y Vivienda, manifestándose en sentido favorable a la gestión planteada;
Que oportunamente corresponde dar intervención a Escribanía General de Gobierno,
en los términos del artículo 13 inciso b, de la Ley Nº 10.830, a efectos de extender a favor
del solicitante la escritura traslativa de dominio libre de gravamen hipotecario de acuerdo
a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nº 10.337;

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