Publicaciones de la Sección Oficial de 15 de Abril de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
Teléfono/fax: (0221) 483-3044; 421-0202 y 483-5431
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Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deban producir
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.763
AÑO CVII/ LA PLATA, VIERNES 15 DE ABRIL DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 40 páginas
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 2706
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 2706
Varios ----------------------------------------------------------------- 2712
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 2721
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 2722
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 2724
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 2727
Varios ----------------------------------------------------------------- 2730
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 2739
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de diarios inscr iptos en la
Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 2743
Sección Oficial
LA PLATA, VIERNES 15 DE ABRIL DE 2016
PÁGINA 2706 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Resolución N° 26
La Plata, 6 de abril de 2016.
VISTO el expediente administrativo N° 22500-29715/2015 y la necesidad de tomar
medidas inmediatas en relación a la protección de la salud humana de la población en
general, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a la información proveniente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria, como resultado de los análisis realizados sobre gasterópodos de la espe-
cie Zidoma Dufresnei provenientes de muestreos llevados a cabo en zonas marítimas
explotadas comercialmente de la Provincia de Buenos Aires, se han detectado niveles de
toxina paralizante (TPM) superiores al límite apto para su consumo según la normativa
vigente;
Que dichas toxinas resultan del fenómeno conocido como “floración algal” o “marea
roja”, y es el resultado de proliferaciones de algas unicelulares microscópicas, las cuales
forman parte del alimento de moluscos bivalvos (berberechos, mejillón, almeja, etcétera) y
gasterópodos (caracoles), organismos que concentran las toxinas y sin embargo no sufren
ningún tipo de alteración -color, olor, sabor- de manera que, a simple vista, no es posible
detectar su toxicidad;
Que la ingestión de moluscos con concentraciones superiores a 80 µg en 100 gr, de
toxina paralizante de moluscos tiene efecto sobre la salud humana que pueden llevar inclu-
so a la muerte;
Que en tal sentido se impone difundir ampliamente la presente información y solicitar
a los municipios comprendidos en la zona de veda propuesta tomen los recaudos nece-
sarios a fin de evitar la recolección y comercialización en la zona de la veda que por la pre-
sente se establece;
Que en consecuencia, esta Autoridad de Aplicación considera oportuno y necesario
establecer una veda total para la extracción comercial, artesanal y/o turística de moluscos
bivalvos y gasterópodos (caracoles), en la zona delimitada desde el partido de Necochea
hasta el límite sur del partido de Villarino, en toda la zona de costa y aguas de jurisdicción
provincial;
Que conforme a lo estipulado por la Ley N° 11.477 y su Decreto Reglamentario N°
3.237/95, esta Autoridad de Aplicación resulta competente para el dictado del presente
acto administrativo;
Por ello,
EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Establecer una veda total para la extracción comercial, artesanal y/o
turística de moluscos bivalvos y gasterópodos (caracoles), en la zona delimitada desde el
partido de Necochea hasta el límite sur del partido de Villarino, en toda la zona de costa y
aguas de jurisdicción provincial; conforme los considerando de la presente.
ARTÍCULO 2°. Recomendar a la población consumir solamente moluscos bivalvos y
gasterópodos provenientes de establecimientos habilitados por la Autoridad competente y
abstenerse de adquirir y/o consumir estas especies, cuando las mismas no cuenten con
su correspondiente certificado sanitario.
ARTÍCULO 3°. Recomendar a las administraciones municipales costeras enmarcadas
dentro de la zona de veda propuesta en el artículo 1º, mantengan informada a la población
acerca de la evolución de este fenómeno y controlen la recolección y/o consumo de estos
individuos en sus territorios costeros.
ARTÍCULO 4°. Establecer que los términos de la presente tendrán vigencia, hasta tanto
los estudios y análisis correspondientes indiquen su aptitud para el consumo humano.
ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, notificar a la Prefectura Naval Argentina, publicar,
dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Leonardo J. Sarquís
Ministro de Agroindustria
C.C. 4.208
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Resolución N° 23
La Plata, 5 de abril de 2016.
VISTO el Expediente Nº 2578-1463/05 por intermedio del cual tramita la habilitación de
la caza deportiva mayor para el año 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la diagramación de la temporada de caza deportiva mayor se funda en la mejor infor-
mación disponible, resultado de los estudios técnicos llevados a cabo sobre las especies sus-
ceptibles de esta modalidad de caza, establecidos en el Decreto Nº 110/81, artículo 1 inciso b;
Que es conveniente habilitar la caza deportiva mayor para realizar un control sobre las
especies exóticas;
Que la caza deportiva mayor se realiza según lo establecido en el artículo 15 del
Decreto Nº 1.878/73 y en la Resolución Nº 439/87, en lugares habilitados;
Que según el artículo 287 del Código Rural para la Provincia de Buenos Aires, toda
especie no mencionada expresamente como susceptible de caza, se considera protegida
y su caza prohibida, así como la tenencia y el comercio de ejemplares vivos o de sus pro-
ductos o despojos;
Que en virtud de lo expuesto el suscripto se encuentra facultado para el dictado del
presente Acto, conforme la Ley N° 14.803;
Por ello,
EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Autorizar la caza deportiva mayor en cotos de caza habilitados a tales
efectos de las especies y en los períodos que se detallan:
Ciervo axis (Axis axis): del 15 de marzo al 1° de diciembre de 2016.
Antílope (Antílope cervicapra): del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2016.
Ciervo dama (Dama dama): del 15 de marzo al 30 de junio de 2016.
Ciervo colorado (Cervus elaphus): del 15 de marzo al 31 de mayo de 2016.
Cabra salvaje (Capra sp.): del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2016.
Jabalí (Sus scrofa): del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2016.
ARTÍCULO 2º. Las especies enunciadas en el artículo 1° podrán cazarse sin límite de
piezas.
ARTÍCULO 3º. Finalizada la cacería, el cazador deberá requerir al propietario el certifi-
cado de caza que acredite la misma, a los fines del transporte de las piezas cobradas en
concordancia con el artículo 14 de la Resolución N° 439/87.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Leonardo J. Sarquís
Ministro de Agroindustria
C.C. 4.207
Li ci tacio nes
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Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN Y DEPORTES,
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
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Localidad: Gral. Villegas.
Distrito: Gral. Villegas.
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Financiamiento: Ministerio de Educación y Deportes de la Nación.
Lugar de Apertura, Recepción de Ofertas, Consulta y Adquisición de Pliegos:
U.E.P.P.F.E. -Unidad Ejecutora Provincial de Programas con Financiamiento Externo /
Calle 8 N° 713 / 1900 La Plata Tel./fax. 0221.4262700 / Valor del Pliego: $ 6.800,00. La
Adquisición del Pliego se hará contra presentación de constancia de depósito en la Cuenta
Corriente Nº 53150/6 del Bco. de la Provincia de Buenos Aires – sucursal 2000 – sita en
Av. 7 N° 726 entre 46 y 47 – La Plata (1274)
C.C. 3.822 / abr. 8 v. abr. 21
Provincia de Buenos Aires
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL DE PROGRAMAS
CON FINANCIAMIENTO EXTERNO
Licitación Pública Nacional N° 2/16
POR 10 DÍAS - En el marco del Programa Nacional de Refacción Integral de Edificios
de Educación Técnico Profesional se anuncia el llamado a Licitación.
Objeto: Ampliación y/o Rehabilitación del siguiente establecimiento:
Escuela: E.E.T. N° 1
Localidad: San Pedro.
Distrito: San Pedro.
Presupuesto Oficial: $ 12.359.000,05.
Fecha apertura: 12/05/2016, 10:30 hs.

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