Publicaciones de la Sección Oficial de 12 de Abril de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
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desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.760
AÑO CVII/ LA PLATA, mARTES 12 DE ABRIL DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 40 páginas
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 2586
Disposiciones ----------------------------------------------------------------- 2587
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 2587
Varios ----------------------------------------------------------------- 2591
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 2594
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 2595
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 2600
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 2600
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 2606
Varios ----------------------------------------------------------------- 2607
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 2618
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de diarios inscr iptos en la
Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 2623
Sección Oficial
LA PLATA, MARTES 12 DE ABRIL DE 2016
PÁGINA 2586 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución Nº 20 Ensenada, 1° de abril de 2016.
VISTO el expediente administrativo 22400-32036/16, que versa sobre la sanción de la
Ley Provincial N° 14.808 de la Provincia de Buenos Aires por la cual se introducen modi-
ficaciones a la tasas por uso de vías navegables, en el ámbito de la Subsecretaría de
Actividades Portuarias, y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 138 de la Ley N° 14.653 creó la tasa por uso de vías navegables, la
cual resulta de aplicación a todo buque que transite aquellas vías navegables cuya ope-
ratividad se encuentre a cargo de la Provincia de Buenos Aires;
Que con la sanción de la Ley N° 14.808 (artículo N° 103), se modificaron las formulas
a aplicar para el cálculo de la tasa en cuestión;
Que la Delegación Portuaria Dock Sud, mediante Nota DPDS N° 126/16, solicita la
aplicación de bonificaciones en el marco de lo normado por el artículo 141 de la Ley N°
14.653, basadas fundamentalmente en razones de competitividad, y efectuando distin-
ciones según el tipo de carga, coeficiente de carga y coeficiente de capacidad del buque;
Que el referenciado artículo 141 de la Ley N° 14.653, faculta a la Autoridad Portuaria
Provincial, por razones fundadas en los dictámenes de las Delegaciones Portuarias, a
modificar el valor a cobrar por tonelada de registro neto para cada puerto, por tipo de trá-
fico y/o por tipo de carga, como así también los coeficientes a aplicar, todo ello hasta en
un cincuenta por ciento (50%) como máximo, en más o en menos;
Que Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención de su competencia (fs.
22), dictaminando acerca de la aplicabilidad del artículo 141 de la Ley N° 14.653, por lo
que correspondería entonces a la Autoridad Portuaria la determinación de la fecha de
entrada en vigencia para la implementación de las nuevas tasas, y si correspondiere, y
por razones fundadas en virtud de los dictámenes de las Delegaciones Portuarias, anali-
zar cualquier modificación en los valores a cobrar;
Que la presente medida se toma en uso de las competencias conferidas por la Ley N°
11.206, su Decreto Reglamentario N° 1579/92, Ley N° 14.653 y su modificatoria Ley N°
14.808, Ley N° 14.803, Decreto N° 51/15B, y Decreto N° 220/16;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE ACTIVIDADES PORTUARIAS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Establecer que en el marco de lo normado por el artículo 141 de la Ley
N° 14.653, se aplicara en el ámbito de la Delegación Portuaria Dock Sud, a partir del día
1 de abril de 2016, los ajustes a la tasa por uso de vías navegables en Puerto Dock Sud,
contemplados en el Anexo único, que pasa a formar parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2. Dejar sin efecto el Anexo I de Ia Resolución N° 36/15 de esta
Subsecretaría de Actividades Portuarias.
ARTÍCULO 3. Registrar, notificar a la Delegación Portuaria Dock Sud, comunicar,
publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
ANEXO ÚNICO
AJUSTES A LA TASA POR USO DE VÍAS NAVEGABLES EN PUERTO DOCK SUD
ARTÍCULO 1°. Las embarcaciones de quince (15) pies de calado o menores, dedica-
das al transporte de arena exclusivamente, abonaran la tasa de vía navegable con un
reducción del 50% en el coeficiente de calado que correspondiere.
ARTÍCULO 2°. Las embarcaciones que transporten mercaderías de carga general
recibirán una reducción de un cincuenta porciento (50%) en el coeficiente por capacidad
del buque cuando se encuentren en las siguientes categorías: a) de tres mil (3.000) a vein-
te mil (10.000) TRN, y b) de diez mil (10.000) a veinte mil (20.000) TRN.
ARTÍCULO 3°. Las embarcaciones que transporten graneles líquidos tendrán una
reducción de un cincuenta por ciento (50%) en el coeficiente por capacidad del buque
cuando se encuentren comprendidas en las siguientes categorías: a) de diez mil (10.000)
a veinte mil (20.000) TRN, y b) mayores a veinte mil (20.000) TRN.
ARTÍCULO 4°. Las embarcaciones que transporten contenedores recibirán una
reducción de un cincuenta porciento (50%) en el coeficiente por capacidad del buque a
los que posean un TRN mayor a veinte mil (20.000). Héctor Marcelo Lobbosco
Subsecretario de Actividades Portuarias
C.C. 3.994
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 59 La Plata, 9 de marzo de 2016.
VISTO el expediente Nº 4091-12393-B-2009 por el que tramita la adjudicación a sus
actuales ocupantes y a título oneroso del inmueble identificado catastralmente como
Circunscripción VIII, Sección A, Manzana 62, Parcela 3 del barrio “Ex IAPI” del partido de
Quilmes, en el marco de lo prescripto por el Decreto Ley Nº 10061/83, modificado por las
Leyes Nº 10.244 y Nº 10.301, y
CONSIDERANDO:
Que Héctor Orlando Banegas, DNI 14.557.498 y Elsa Dorlicia Lazarte, DNI 12.442.753
solicitan la adjudicación del inmueble identificado ut supra;
Que el citado bien fue generado por el plano de mensura y división N° 86-104-1985
e inscripto en la matrícula N° (86) 69.638 de donde surge que la titularidad del dominio la
detenta la Provincia de Buenos Aires, agregado en copia a fojas 26/27 y 34/38);
Que el Departamento Social de la Dirección de Regularización Urbano y Dominial
efectuó relevamiento socio-ocupacional del que surge que los solicitantes ocupan el
inmueble mencionado, agregándose a fojas 45 el pertinente censo ocupacional;
Que a fojas 55 se ha procedido a la actualización del correspondiente precio de com-
pra, el cual ha sido consentido por los solicitantes conforme surge del compromiso de
compra obrante a fojas 56;
Que toma la intervención de su competencia la Dirección de Regularización Urbana y
Dominial- Dirección Provincial de Tierras, dependiente de la Subsecretaría de Tierras,
Urbanismo y Vivienda, manifestándose en sentido favorable a la gestión planteada;
Que en este estado corresponde adjudicar el lote de terreno a sus actuales ocupan-
tes, verificándose que cumplen con los requisitos legales exigidos por el Decreto Ley N°
10061/83 modificado por las leyes N° 10.244 y N° 10.301 y dar oportuna intervención a
Escribanía General de Gobierno a fin de extender a los beneficiarios, la correspondiente
escritura traslativa de dominio con las prescripciones del artículo 7° del Decreto Ley N°
10061/83 modificado por las leyes N° 10.244 y N° 10.301;
Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno (fojas 51 y vuelta),
Contaduría General de la Provincia (fojas 52) y Fiscalía de Estado (fojas 53 y vuelta);
Que la presente medida se dicta en el marco de las facultades conferidas en el artí-
culo 21 inciso 10 de la Ley Nº 14.803;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Adjudicar en venta a favor de Héctor Orlando BANEGAS DNI
14.557.498 y de Elsa Dorlicia Lazarte DNI 12.442.753, el inmueble que ocupan identifica-
do catastralmente como: Circunscripción VIII, Sección A, Manzana 62, Parcela 3, del
Barrio “Ex IAPI”, inscripto en la Matrícula 69.638 del partido de Quilmes, por la suma de
pesos tres mil seiscientos treinta y uno ($ 3.631).
ARTÍCULO 2°. Dar oportuna intervención a Escribanía General de Gobierno, una vez
cancelado dicho precio, a extender a favor de los adjudicatarios que se disponen en el
artículo anterior, la respectiva escritura traslativa de dominio, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 7º del Decreto Ley N° 10061/83.
ARTÍCULO 3º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, a Héctor Orlando Banegas y a
Elsa Dorlicia Lazarte, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y girar a la Subsecretaría
de Tierras, Urbanismo y Vivienda. Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón
Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos
C.C. 3.964
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 47
La Plata, 9 de marzo de 2016.
VISTO el expediente N° 4068-34014/2008, por el que tramita la adjudicación a sus
actuales ocupantes y a título oneroso del inmueble identificado catastralmente como:
Circunscripción 12, Sección A, Manzana 21, Parcela 14 del Barrio Villa Fiorito del partido
de Lomas de Zamora, en el marco de lo dispuesto por las Leyes Nº 10.337 y Nº 10.736,
y
CONSIDERANDO:
Que las señoras Isabel del Valle López y Antonia Rita Díaz, solicitan la regularización
dominial del inmueble identificado ut supra;
Que a fojas 3 y 4 lucen agregadas en copias fiel, los comprobantes de pago, de dicho
bien;
Que dicho inmueble generado por el plano 63-178-82 fue adjudicado por Resolución
Nº 173/88 a las citadas solicitantes y al señor Julio Alberto Anrique (fojas 12/14)
encontrándose inscripto aun a nombre de la provincia de Buenos Aires en el folio 29/73
del partido de Lomas de Zamora (fojas 31/34);
Que personal del Departamento Social de la Dirección de Regularización Dominial
efectuó relevamiento socio-ocupacional del que surge que las solicitantes ocupan el
inmueble mencionado, agregándose a fojas 38 el correspondiente censo ocupacional;
Que a fojas 41 se acompaña certificado de defunción del citado coadjudicatario;
Que a fojas 44 el correspondiente certificado de cancelación de precio;

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