Publicaciones de la Sección Oficial de 07 de Octubre de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
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Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deban producir
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.883
AÑO CVII/ LA PLATA, VIERNES 7 DE OCTUBRE DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 56 páginas
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 8050
Compras (Ley N° 14.815) ----------------------------------------------------------------- 8051
Disposiciones ----------------------------------------------------------------- 8051
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 8051
Varios ----------------------------------------------------------------- 8058
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 8079
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 8080
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 8084
Sociedades ----------------------------------------------------------------- 8084
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 8087
Varios ----------------------------------------------------------------- 8089
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 8099
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 8103
Sección Oficial
LA PLATA, VIERNES 7 DE OCTUBRE DE 2016
PÁGINA 8050 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
_________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N° 526
La Plata, 26 de julio de 2016.
VISTO el expediente Nº 2440-39/16, a través del cual se propicia que el Ministerio de
Infraestructura y Servicios Públicos instruya a la sociedad con participación estatal mayorita-
ria AUTOPISTAS DE BUENOS AIRES S.A. a instar los actos jurídicos societarios tendientes
a perfeccionar el aumento de capital a partir de la capitalización de los aportes resueltos y
efectivizados en el marco de los Decretos Nº 331/14, Nº 388/14 y Nº 1.141/14, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 409/13 se creó AUTOPISTAS DE BUENOS AIRES S.A.
(AUBASA), cuyo objeto social es la construcción, conservación y explotación de rutas y
autopistas bajo el régimen de concesión mediante el cobro de tarifas o peaje en la
Provincia de Buenos Aires, en el marco de la autorización conferida por el artículo 5º del
Decreto Ley Nº 9.254/79;
Que AUBASA, conforme a su Estatuto Societario, se compone de un noventa y tres por
ciento (93%) del capital accionario de titularidad de la Provincia de Buenos Aires y un siete
por ciento (7%) que pertenece a los empleados que adhieren al Programa de Propiedad
Accionaria del Personal que establezca la Autoridad de Aplicación;
Que el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, a través de la Subsecretaría
de Servicios Públicos, resulta ser el tenedor del paquete accionario de propiedad de la
Provincia de Buenos Aires, teniendo a su cargo todos los actos que resulten necesarios
para coadyuvar al desarrollo de su actividad;
Que mediante el artículo 9º del Decreto Nº 409/13 se resolvió facultar al Ministro de
Economía a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes y los aportes de
capital necesarios para el funcionamiento de la sociedad AUTOPISTAS DE BUENOS
AIRES S.A. – AUBASA, destinados a cubrir eventuales déficit de funcionamiento o a incre-
mentar la solidez patrimonial de dicha Sociedad;
Que en función de ello, mediante Decreto Nº 331/14, se dispuso el otorgamiento de
capital a favor de AUBASA, que permita el cumplimiento de sus fines estatutarios, por la
suma de hasta pesos catorce millones cuarenta y tres mil novecientos cincuenta con cinco
centavos ($ 14.043.950,05), para ser imputado por dicha sociedad de la siguiente manera:
a) el 93% como integración de la propiedad accionaria y/o patrimonial de la Provincia de
Buenos Aires y b) 7% restante en calidad de subsidio con destino a la integración del capi-
tal social o de sus incrementos, para quienes revistan la calidad de accionistas minorita-
rios al que se refiere el estatuto social;
Que en idéntico sentido y mediante Decreto Nº 388/14 se dispuso el otorgamiento de
un aporte de capital a favor de AUBASA, por la suma de hasta pesos noventa millones ($
90.000.000), suma a imputar en el mismo modo que en el precitado Decreto;
Que finalmente y mediante Decreto Nº 1.141/14 se dispuso el otorgamiento de un
aporte de capital a favor de AUBASA por la suma de hasta pesos setenta y tres millones
trescientos cincuenta mil ($ 73.350.000) para afrontar los gastos emergentes de la carpeta
asfáltica F10 de la traza de la autopista bajo la concesión de AUBASA, en los kilómetros
que van del 12 al 30 respectivamente. Dicho aporte es considerado en igual sentido que lo
establecido por los Decretos Nº 331/14 y Nº 388/14;
Que los aportes societarios de capital son una práctica societaria habitual para res-
ponder a las necesidades de urgencia que pueden tener las sociedades de contar con
recursos líquidos para su financiamiento interno y que tiene como finalidad la de fortalecer
el capital social mediante los respectivos aumentos de capital y posterior emisión de accio-
nes a entregar a los aportantes en la forma de imputación en la que se registraron los diver-
sos aumentos;
Que, por ende, el destino y la imputación de los fondos aportados por el Estado
Provincial conforme al destino e imputación efectuada no pueden tener otro destino legal
y pertinente que la capitalización de los mismos por parte de AUTOPISTAS BUENOS
AIRES S.A. por medio de los actos societarios respectivos de acuerdo a su estatuto social
vigente a la fecha;
Que el Directorio de AUBASA deberá por ende convocar a Asamblea Ordinaria y
Extraordinaria para efectuar el tratamiento de los aportes aprobados por los Decretos cita-
dos y proceder a aprobar el aumento de capital y posterior emisión de las nuevas accio-
nes en los porcentajes y formas de ley;
Que asimismo y en virtud del artículo 18 del Estatuto Social de AUBASA aprobado por
Decreto Nº 409/13, toda modificación del Estatuto de la Sociedad y/o aumento del capital social
debe ser previamente aprobado por Resolución emanada de la Autoridad de Aplicación;
Que de conformidad con lo dispuesto por Decreto Nº 74/13, este Ministerio de
Infraestructura y Servicios Públicos resulta ser la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº
14.443, sobre la Autopista Buenos Aires – La Plata;
Que en esta instancia deviene imprescindible autorizar el aumento de capital a favor de
AUTOPISTAS DE BUENOS AIRES S.A. – AUBASA – que le permita el cumplimiento de sus
fines estatutarios en las proporciones establecidas por el artículo 3º del Decreto Nº 409/13
y el artículo 5º del Estatuto Social, procediendo como consecuencia de ello a modificar el
estatuto en el artículo mencionado;
Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno (fojas 20),
lo informado por Contaduría General de la Provincia (fojas 23) y la vista de Fiscalía de
Estado (fojas 24), procede el dictado del pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21
de la Ley Nº 14.803 y los Decretos Nº 74/13 y Nº 409/13, convalidados por Ley Nº 14.552;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Autorizar AUTOPISTAS DE BUENOS AIRES S.A. (AUBASA), a aumen-
tar el capital social por la suma de pesos ciento veintidós millones cuarenta y tres mil nove-
cientos cincuenta con cinco centavos ($ 122.043.950,05), como aporte destinado a afron-
tar los gastos de funcionamiento e inversiones en obras conforme a lo dispuesto por los
Decretos Nº 331/14, Nº 388/14 y Nº 1.141/14, de forma tal que el capital de la sociedad
ascienda a la suma de pesos ciento cuarenta y dos millones ciento cuarenta y tres mil
novecientos cincuenta con cinco centavos ($ 142.143.950,05), debiendo mantener las pro-
porciones establecidas en el artículo 5º del Estatuto Social.
ARTÍCULO 2°. Autorizar la modificación del artículo 5º del Estatuto Social aprobado por
Decreto Nº 409/13 en función del precitado aumento de capital por capitalización de aportes.
ARTÍCULO 3°. Registrar, notificar al señor Fiscal de Estado y a AUTOPISTAS DE BUE-
NOS AIRES S.A. (AUBASA), publicar, dar al Boletín Oficial y girar a la Subsecretaría de
Servicios Públicos. Cumplido, archivar.
Edgardo David Cenzón
Ministro de Infraestructura y Servicios Públicos
C.C. 13.435
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N° 210
La Plata, 27 de septiembre de 2016.
VISTO el expediente Nº 2200-2833/16, mediante el cual la Subsecretaría de Gobierno
y Asuntos Municipales propicia, en el marco de lo solicitado por diversos Municipios de la
Provincia, declarar no laborables y feriados los días en los cuales se celebren festividades
locales, y
CONSIDERANDO:
Que los municipios requirentes han planificado, para los días en los cuales se conmemo-
ren aniversarios o fiestas patronales, actos y festejos que contarán con masiva concurrencia;
Que con el fin de fomentar dichas celebraciones y facilitar una mayor participación de
la comunidad, corresponde acceder a lo solicitado, dictando el pertinente acto administra-
tivo que declare no laborables, para la Administración Pública y Banco de la Provincia de
Buenos Aires y feriados optativos para la industria, el comercio y restantes actividades,
los días en los cuales se desarrollen dichas festividades;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
2° del Decreto Nº 230/16;
Por ello;
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO N° 230/16, EL
MINISTRO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Declarar no laborables para la Administración Pública y Banco de la
Provincia de Buenos Aires, y feriados optativos para la industria, el comercio y restantes
actividades, los días en los cuales se desarrollen festividades, en los distintos partidos y
localidades de la Provincia de Buenos Aires, conforme se detalla en los Anexos I y II que
forman parte integrante de la presente Resolución, compuestos de una (1) y dos (2) fojas
respectivamente.
ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar al
Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.
Federico Salvai
Ministro de Gobierno
ANEXO I
PARTIDOS
MORÓN 3 de Octubre Patronal
ROJAS 4 de Octubre Patronal
ALBERTI 7 de Octubre Patronal
VEINTICINCO DE MAYO 7 de Octubre Patronal
MAIPÚ 7 de Octubre Patronal
ESCOBAR 8 de Octubre Aniversario
SAN ANDRÉS DE GILES 8 de Octubre Fundación
TORDILLO 12 de Octubre Patronal
PILAR 12 de Octubre Patronal
LANÚS 15 de Octubre Patronal
TRES DE FEBRERO 15 de Octubre Aniversario
BRAGADO 17 de Octubre Creación
LUJÁN 17 de Octubre Creación
EZEIZA 20 de Octubre Fundación y Creación
JOSÉ C. PAZ 20 de Octubre Autonomía
BRANDSEN 21 de Octubre Aniversario
CHIVILCOY 22 de Octubre Aniversario
GENERAL PINTO 23 de Octubre Fundación
SAN CAYETANO 24 de Octubre Autonomía
SAN ANTONIO DE ARECO 24 de Octubre Fundación
LA PLATA, VIERNES 7 DE OCTUBRE DE 2016
PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 8051
GENERAL LAS HERAS 24 de Octubre Fundación
RAMALLO 24 de Octubre Fundación
SUIPACHA 24 de Octubre Creación
MORENO 24 de Octubre Fundación
GENERAL RODRÍGUEZ 25 de Octubre Creación
ALBERTI 27 de Octubre Fundación
LEANDRO N. ALEM 28 de Octubre Aniversario
MARCOS PAZ 28 de Octubre Creación
COLÓN 31 de Octubre Fundación
BENITO JUÁREZ 31 de Octubre Fundación
ANEXO II
LOCALIDADES
HENDERSON HIPÓLITO YRIGOYEN 1 de Octubre Patronal
COMANDANTE GENERAL ALVARADO 1 de Octubre Patronal
NICANOR OTAMENDI
MAR DEL SUD GENERAL ALVARADO 1 de Octubre Patronal
CARLOS SALAS LINCOLN 1 de Octubre Aniversario
SANTA ELEODORA GENERAL VILLEGAS 1 de Octubre Patronal
CASBAS GUAMINÍ 1 de Octubre Patronal
RAMÓN SANTAMARINA NECOCHEA 2 de Octubre Fundación
BANDERALÓ GENERAL VILLEGAS 4 de Octubre Patronal
ARRIBEÑOS GENERAL ARENALES 4 de Octubre Patronal
DARREGUEIRA PUÁN 5 de Octubre Fundación
ARRECIFES CIUDAD ARRECIFES 7 de Octubre Patronal
J. A. DE LA PEÑA PERGAMINO 7 de Octubre Patronal
MARÍA IGNACIA TANDIL 7 de Octubre Patronal
ESTACIÓN VELA
JUAN JOSÉ PASO PEHUAJÓ 7 de Octubre Patronal
PELICURÁ TORNQUIST 8 de Octubre Fundación
SALAZAR DAIREAUX 11 de Octubre Fundación
RANCHOS GENERAL PAZ 12 de Octubre Patronal
NECOCHEA CIUDAD NECOCHEA 12 de Octubre Fundación
CHASICÓ TORNQUIST 12 de Octubre Fundación
LOS TOLDOS GENERAL VIAMONTE 12 de Octubre Patronal
GARRÉ GUAMINÍ 13 de Octubre Patronal
URQUIZA PERGAMINO 13 de Octubre Patronal
GAHAN SALTO 13 de Octubre Patronal
SAN MANUEL LOBERÍA 13 de Octubre Patronal
GARRÉ GUAMINÍ 15 de Octubre Fundación
ACEVEDO PERGAMINO 15 de Octubre Patronal
LAGUNA ALSINA GUAMINÍ 16 de Octubre Patronal
BAHÍA SAN BLAS PATAGONES 18 de Octubre Fundación
VILLA CACIQUE BENITO JUÁREZ 18 de Octubre Fundación
BARKER BENITO JUÁREZ 18 de Octubre Fundación
PIROVANO BOLÍVAR 20 de Octubre Fundación
NUEVA PLATA PEHUAJÓ 24 de Octubre Patronal
ITUZAINGÓ CIUDAD ITUZAINGÓ 24 de Octubre Fundación
PUNTA DEL INDIO PUNTA INDIO 25 de Octubre Fundación
NUEVE DE JULIO NUEVE DE JULIO 27 de Octubre Fundación
CIUDAD Compras
(Ley N° 14.815)
________________________________________________
CIRCULAR N° 1SIN CONSULTA
-PRÓRROGA-
Compra Superior N° 06/16 para la Adquisición de Servidores para el Centro de
Procesamiento de Datos de la Provincia de Buenos Aires (Expediente Nº 24000-1057/16)
En el marco del procedimiento de compra de referencia, la Dirección General de
Administración del Ministerio de Coordinación y Gestión Pública, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 4° de la Resolución MCGP N° 62/16, informa que se ha resuelto:
1) Prorrogar la fecha límite para la recepción de ofertas y la apertura de sobres previstas
originalmente, para el día 19 de octubre de 2016, a las 14:00 hs.
2)Registrar, comunicar, publicar. Cumplido, archivar.
Se info rma que la pres ente CIR CULAR SI N CONSULTA N º 1 fo rma parte de
laDocumentación licitatoria y deberá ser presentada conjuntamente con la misma.
LA PLATA, 06 de octubre de 2016.
C.C. 13.584
Disposiciones
_________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN PECUARIA Y ALIMENTARIA
Disposición N° 853
La Plata, 9 de diciembre de 2015
POR 5 DÍAS - VISTO el expediente Nº 2567-1968/06 mediante el cual tramita la ins-
cripción y habilitación del establecimiento avícola productor de aves de carne propiedad
de Jaime GUARDIA, ubicado en la Localidad y Partido de Pilar, conforme a la Resolución
Nº 81/00 del ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y
CONSIDERANDO:
Que por Certificado de Habilitación de la Dirección Contralor Agropecuario, Forestal y
Agroalimentario Nº 209 del 25 de abril de 2008 se inscribió a la granja sita en Ruta 25 Km.
11,500, Circunscripción V, Sección E, Fracción 5, Parcelas 13, 14, 15, de la Localidad y
Partido de Pilar en el Registro Provincial de Explotaciones Avícolas y se le otorgó la habi-
litación provincial para funcionar como productor de aves de Carne;
Que por Acta de Comprobación e Imputación Serie A 44282 de fecha 12 de noviem-
bre de 2013 juntamente con autoridades del Municipio de Pilar se constató que se retiró
de la actividad, despoblando totalmente las aves los dos (2) galpones quedando la granja
sin ningún tipo de actividad;
Que por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por Ley N° 13.881 y
Decretos Nº 745/14;
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN AGROPECUARIA Y ALIMENTARIA,
DISPONE:
ARTÍCULO 1°: Dar de baja en el Registro Provincial de Explotaciones Avícolas a la
granja avícola productora de aves de carne, propiedad de Jaime GUARDIA, sito en Ruta
25 Km. 11,500, Circunscripción V, Sección E, Fracción 5, Parcelas 13, 14, 15, Localidad y
Partido de Pilar y dejar sin efecto la habilitación provincial otorgada oportunamente por
Certificado de Habilitación de la Dirección de Contralor Agropecuario, Forestal y
Agroalimentario Nº 209 del 25 de abril de 2008, por las razones expuestas en los conside-
randos precedentes.
ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar y pasar a la Dirección de Fiscalización Pecuaria y
Alimentaría, Área avícola. Cumplido, archivar.
Viviana Miceli
Directora de Fiscalización Pecuaria y Alimentaria
C.C. 13.248 / oct. 6 v. oct. 13
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN PECUARIA Y ALIMENTARIA
Disposición N° 860
La Plata, 9 de diciembre de 2015
POR 5 DÍAS - VISTO el expediente Nº 2567-1961/06 mediante el cual tramita la ins-
cripción y habilitación del establecimiento avícola productor de aves para huevo de con-
sumo propiedad de AGRARIA SEGUÍ SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, ubi-
cado en la Localidad y Partido de Exaltación de la Cruz, conforme a la Resolución Nº 81/00
del ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición de la Dirección Contralor Agropecuario, Forestal y Agroalimentario
Nº 645 del 23 de julio de 2008 se inscribió a la granja sita en Circunscripción III, Sección
Rural, Parcela 345, de la Localidad y Partido de Pilar en el Registro Provincial de
Explotaciones Avícolas y se le otorgó la habilitación provincial para funcionar como pro-
ductor de aves para huevo de consumo;
Que por Acta A 44249 de fecha 26 de junio de 2013 juntamente con autoridades del
Municipio constató que, se retiró de la actividad y ha dejado finalizado con la titularidad la
empresa AGRARIA SEGUI SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES en la explotación
comercial y productiva de la granja, retirándose y otorgándose la baja de dicha actividad;
Que por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por Ley N° 13.881 y
Decretos Nº 745/14;
Por ello,
EL DIRECTOR DE FISCALIZACIÓN PECUARIA Y ALIMENTARIA, DISPONE:
ARTÍCULO 1°: Dar de baja en el Registro Provincial de Explotaciones Avícolas a la
granja avícola productora de aves de huevo para consumo, propiedad de AGRARIA SEGUÍ
SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACACIONES, sito en Circunscripción III, Sección Rural,
Parcela 345, Localidad y Partido de Pilar y dejar sin efecto la habilitación provincial otor-
gada oportunamente por Disposición de la Dirección de Contralor Agropecuario, Forestal
y Agroalimentario Nº 645 del 23 de julio de 2008, por las razones expuestas en los consi-
derandos precedentes.
ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar y pasar a la Dirección de Fiscalización Pecuaria y
Alimentaría, Área avícola. Cumplido, archivar.
Viviana Miceli
Directora de Fiscalización Pecuaria y Alimentaria
C.C. 13.247 / oct. 6 v. oct. 13
Licitaciones
_________________________________________________
República Argentina
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Licitación Pública N° 41/16
POR 15 DÍAS - (Obra Pública). Expediente N° 024-99-81469229-5-123.
Objeto: Provis ión, montaje, instalación y puesta en ser vicio de una Cámara
Transformadora de baja tensión para el edificio de la UDAI Berazategui, sito en la calle
Sarmiento (148) N° 750 de la localidad de Berazategui, Provincia de Buenos Aires.
Presupuesto Oficial Total: $ 2.001.392,00
Garantía de Oferta (1 % del valor del P.O.): $ 20.013,92.
NOTA:
El contenido de las publicaciones de Compras (Ley Nº 14.815), es
transcripción literal de los archivos recibidos oportunamente de
cada Jurisdicción, conforme Resolución Nº 4/16 de la Subsecretaría
de Coordinación Gubernamental .

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