Publicaciones de la Sección Oficial de 02 de Febrero de 2017

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Joaquín de la Torre
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
Domicilio legal: Calle 3 y 523
Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
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Los documentos serán tenidos por auténticos a los efectos que deban producir
desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.963
AÑO CVIII/ LA PLATA, JUEVES 2 DE FEBRERO DE 2017
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 40 páginas
y Suplemento de 32 páginas de Decretos y Resoluciones
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Leyes ----------------------------------------------------------------- 666
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 666
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 677
Varios ----------------------------------------------------------------- 686
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 699
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 700
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 701
Varios ----------------------------------------------------------------- 701
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscr iptos
en la Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 703
Sección Oficial
LA PLATA, JUEVES 2 DE FEBRERO DE 2017
PÁGINA 666 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Leyes
________________________________________________
LEY 14.902
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con
fuerza de Ley
ARTÍCULO 1°. Procédase a la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble
bajo el dominio de la Provincia de Buenos Aires, de los inmuebles ubicados en los deno-
minados Barrios Argentino I y Argentino II, partido de Merlo, expropiados mediante las
Leyes N° 10.884 y N° 11.706.
ARTÍCULO 2°. Procédase a regularizar la situación dominial de los Barrios Argentino
I y Argentino II de la localidad de Merlo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° de
las Leyes N° 10.884 y N° 11.706.
ARTÍCULO 3°. Procédase a llevar adelante las acciones legales pertinentes, a fin que
cumplimenten con las costas del juicio sucesorio los titulares de dominio expropiados.
ARTÍCULO 4°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos
Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil dieciséis.
Manuel Mosca Daniel Marcelo Salvador
Presidente Presidente
Honorable Cámara de Diputados Honorable Senado
Cristina Tabolaro Mariano Mugnolo
Secretaria Legislativa Secretario Legislativo
Honorable Cámara de Diputados Honorable Senado
REGISTRADA bajo el número CATORCE MIL NOVECIENTOS DOS (14.902).
La Plata, 26 de enero de 2017.
María Fernanda Inza
Secretaria Legal y Técnica
Resoluciones
________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N° 29
La Plata, 24 de enero de 2017.
VISTO el expediente Nº 2400-1548/16 mediante el cual se gestiona efectuar un lla-
mado a Licitación Pública Internacional en el marco del Programa de Saneamiento
Ambiental de la Cuenca del Río Reconquista, para la realización de la obra: “Red Primaria
Acueducto Nexo Cuenca Reconquista”, en los partidos de Tigre y General San Martín, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Agua y Cloaca ha elaborado la documentación técnica
y la Dirección de Compras y Contrataciones ha confeccionado la documentación legal,
que regirán el llamado y ejecución de la obra referida con su respectivo presupuesto ofi-
cial, que se llevará a cabo con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo
(B.I.D.), en el marco del Programa de Saneamiento Ambiental de la Cuenca del Río
Reconquista, mediante préstamo BID 3256 OC-AR, aprobado por Decreto N° 965/14;
Que la contratación se regirá por la Ley de Presupuesto N° 14.879, las normas del
Banco Interamericano de Desarrollo y en forma supletoria la normativa nacional, provin-
cial y municipal vigente en la República Argentina, siendo asimismo de aplicación suple-
toria, entre otras, la Ley N° 6.021, y sus modificatorias, el Decreto Ley N° 7.764/71 y su
reglamentación, el Decreto Ley N° 7.647/70 y la Ley Nº 14.812 y su reglamentación;
Que el sistema de contratación es por Unidad de Medida, correspondiéndole a la obra
un presupuesto oficial de pesos doscientos veinte millones seiscientos sesenta y seis mil
nueve ($220.666.009) a la que agregándole la suma de pesos nueve millones setecientos
cincuenta y siete mil trescientos cincuenta con sesenta y cuatro centavos ($9.757.350,64)
para ampliación e imprevistos, la suma de pesos dos millones doscientos seis mil seis-
cientos sesenta con nueve centavos ($2.206.660,09) para pago de proyecto, dirección e
inspección (artículo 8° Ley Nº 6.021) y la suma de pesos seis millones seiscientos dieci-
nueve mil novecientos ochenta con veintisiete centavos ($6.619.980,27) para la reserva
establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021, hace un
total de pesos doscien tos trein ta y nue ve mi llones d oscientos cincuent a mi l
($239.250.000), y un plazo de ejecución de quinientos cuarenta (540) días corridos;
Que entre sus cláusulas el Documento especifico de Licitación prevé el otorgamiento
de un anticipo financiero máximo del diez por ciento (10%), del monto del contrato, con-
forme lo indican las Cláusulas IAO 36.1 (Sección II. Datos de la Licitación) y CGC 51.1
(Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato), hallándose dicho valor dentro de lo
establecido por el artículo 48 de la Ley N° 6.021 y su reglamentación, normativa que resul-
ta de aplicación supletoria;
Que la presente gestión se encuadra en las previsiones establecidas en la Ley Nº
14.812, reglamentada por el Decreto Nº 443/16 que declara la emergencia en materia de
infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de
Buenos Aires, con la finalidad de paliar el déficit existente y posibilitar la realización de las
acciones tendientes a la promoción del bienestar general;
Que ha tomado intervención la Dirección Provincial de Agua y Cloaca;
Que a fojas 323/324 el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.) ha otorgado la no
objeción al Documento Específico de Licitación;
Que a fojas 332 el Consejo de Obras Públicas se expide en el marco de su competencia;
Que a fojas 349 el Comité de Cuenca del Río Reconquista agrega planilla de asigna-
ción presupuestaria;
Que a fojas 351 la Dirección de Control Presupuestario informa que la obra fue pre-
vista en el Ejercicio 2017, Ley Nº 14.879, previéndose para el presente ejercicio la suma
de pesos sesenta y tres millones trescientos treinta mil ochocientos ochenta y dos
($63.330.882), para el primer diferido la suma de pesos ochenta y cuatro millones cuatro-
cientos cuarenta y un mil ciento setenta y ocho ($84.441.178), para el segundo diferido la
suma de pesos ochenta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y un mil ciento setenta
y seis ($84.441.176) y para futuros diferidos la suma de siete millones treinta y seis mil
setecientos sesenta y cuatro ($7.036.764);
Que en consecuencia corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21
de la Ley N° 14.853 y la Ley de Emergencia N° 14.812 y su Decreto Reglamentario N° 443/16;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprob ar la documentación técnica elaborada po r la Dirección
Provincial de Agua y Cloaca y el Documento Específico de Licitación y su respectivo
Llamado de Licitación, confeccionados por la Dirección de Compras y Contrataciones
correspondientes a la Licitación Pública Internacional N° 2/17 (BID) para la ejecución de
la obra: “Red Primaria Acueducto Nexo Cuenca Reconquista”, en los partidos de Tigre y
General San Martín, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos doscientos
veinte millones seiscientos sesenta y seis mil nueve ($ 220.666.009) a la que agregándo-
le la suma de pesos nueve millones setecientos cincuenta y siete mil trescientos cincuenta
con sesenta y cuatro centavos ($9.757.350,64) para ampliación e imprevistos, la suma de
pesos dos millones dosc ientos seis mil seiscientos sesenta con nueve centavos
($2.206.660,09) para pago de proyecto, dirección e inspección (artículo 8° Ley Nº 6.021)
y la suma de pesos seis millones seiscientos diecinueve mil novecientos ochenta con
veintisiete centavos ($6.619.980,27) para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modi-
ficatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021, hace un total de pesos doscientos treinta y
nueve millones doscientos cincuenta mil ($239.250.000), y un plazo de ejecución de qui-
nientos cuarenta (540) días corridos, que agregada como Anexo Único que consta de
trescientos cincuenta y cuatro (354) fojas, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones para que de con-
formidad con la documentación y presupuesto aprobados por el artículo 1º, proceda a efec-
tuar un llamado a Lici tación Pública Internacional para la ejecución de la obra de referencia,
debiendo publicar los avisos respectivos con una anticipación de cuarenta y dos (42) días
corridos y por el término de cinco (5) días en el Boletín Oficial, por un (1) día en un diario de
circulación nacional, conforme lo establecido en el Reglamento Operativo del Programa, y
hasta la fecha de la apertura en la página www.gba.gov.ar, conforme lo establecido en el
artículo 3° de la Ley de Emergencia N° 14.812 y su Decreto Reglamentario N° 443/16.
ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que la obra mencionada en el artículo 1° será finan-
ciada con aportes del Banco Interamericano de Desarrollo Préstamo BID 3256/OC-AR,
aprobado por Decreto N° 965/14 y la presente gestión se atenderá con cargo a la siguien-
LA PLATA, JUEVES 2 DE FEBRERO DE 2017
PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 667
te imputación: Presupuesto Ejercicio 2017 – Ley 14.879 – EN 70 – CAT PRG - NRO 2 –
SPRG 3 – PRY 1462 – FI 3 – FU 8 – S 1 – FF 11 – PP 4 – PS 2 – PAR 2 – UG 675.
ARTÍCULO 4°. Aprobar el otorgamiento de un anticipo financiero del diez por ciento
(10%), del monto del contrato, de conformidad con lo previsto por el Documento
Específico de Licitación en sus Cláusulas IAO 36.1 (Sección II. Datos de la Licitación) y
CGC 51.1 (Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato), valor que se ajusta a lo esta-
blecido por el artículo 48 de la Ley N° 6.021 y su reglamentación, normativa que resulta
de aplicación supletoria.
ARTÍCULO 5°. Designar como integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas a
Daniela Julieta GASTAÑAGA (D.N.I. 34.887.986), Carlos Santiago MAYANS (D.N.I.
33.862.858) y María Noel FERRER (D.N.I. 34.173.926), que intervendrán sólo y especial-
mente en el proceso licitatorio correspondiente a la Licitación Pública Internacional cita-
da en el Artículo 1°.
ARTÍCULO 6°. Remitir al Honorable Tribunal de Cuentas copia de la presente, en
cumplimiento de su Acordada de fecha 8 de mayo de 1961.
ARTÍCULO 7°. Registr ar, co municar y girar a la Direc ción d e Comp ras y
Contrataciones. Cumplido, archivar.
Roberto Gigante
Ministro de Infraestructura
y Servicios Públicos
C.C. 1.166
Provincia de Buenos Aires
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA
Resolución N° 923
La Plata, 29 de diciembre de 2016.
VISTO el expediente N° 5800-1579027/16 de la Dirección General de Cultura y
Educación, en cuyas actuaciones se gestiona la contratación de RODRÍGUEZ, Alan
Ezequiel; BAUM, Natalia Alejandra; TANGARO CENTAURE, Cristian y VISMARA, Lara
Marina, en el marco de la Ley de Emergencia Administrativa y Tecnológica N° 14.815 y su
Decreto Reglamentario N° 592/16 en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1, 16, 26 y 39 la Directora Provincial de Gestión de Recursos Humanos soli-
cita la contratación de RODRÍGUEZ, Alan Ezequiel (DNI Nº 33.576.144 – Clase 1989);
BAUM, Natalia Alejandra (DNI Nº 23.390.332 – Clase 1973); CENTAURE TANGARO, Cristian
(DNI Nº 36.512.602 – Clase 1991) y VISMARA, Lara Marina (DNI Nº 37.229.257 – Clase
1992), desde el 01 de noviembre al 31 de diciembre de 2016 inclusive, respectivamente;
Que se torna indispensable contar con los servicios de los contratistas, quienes reú-
nen los requisitos legales de idoneidad, mérito y aptitud necesarios para el desempeño de
las tareas para los que han sido contratados;
Que a los fines consignados la Jurisdicción cuenta con los cargos necesarios para la
presente gestión, contemplado dentro del Presupuesto General Ejercicio 2016 la suma de
Ley 14.807;
Que a foja 53 ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de
Administración del Capital Humano dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano
del Ministerio de Coordinación y Gestión Pública, sin formular observaciones;
Que a fojas 57/58 la Dirección de Contabilidad, imputa preventivamente el importe
correspondiente;
Que los contratos que se propician, se encuadran en los términos de la Ley N° 14.815,
el Decreto Reglamentario N° 592/16 y la Resolución del Ministerio de Coordinación y
Gestión Pública N° 23/16;
Por ello,
EL SUBSECRETARIO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Aprobar la contratación de RODRIGUEZ, Alan Ezequiel (DNI Nº
33.576.144 – Clase 1989), quien percibirá en concepto de honorarios la suma de PESOS
TREINTA MIL, ($ 30.000), en DOS, (2) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS QUIN-
CE MIL, ($ 15.000); BAUM, Natalia Alejandra (DNI Nº 23.390.332 – Clase 1973), quien per-
cibirá en concepto de honorarios la suma de PESOS VENTISÉIS MIL CUATROCIENTOS,
($ 26.400), en DOS, (2) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS TRECE MIL DOS-
CIENTOS, ($ 13.200); CENTAURE TANGARO, Cristian (DNI Nº 36.512.602 – Clase 1991),
quien percibirá en concepto de honorarios la suma de PESOS VENTISEIS MIL CUATRO-
CIENTOS, ($ 26.400), en DOS, (2) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS TRECE
MIL DOSCIENTOS, ($ 13.200); y VISMARA, Lara Marina (DNI Nº 37.229.257 – Clase 1992),
quien percibirá en concepto de honorarios la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL, ($
33.000), en DOS, (2) cuotas mensuales y consecutivas de PESOS DIECISÉIS MIL QUI-
NIENTOS, ($ 16.500); desde el 01 de noviembre al 31 de diciembre de 2016, conforme a
los contratos que se agregan como Anexos I, II, III y IV que forman parte integrante de la
presente y por los argumentos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
1° será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General Ejercicio 2016
–Ley N° 14.807 - Decreto N° 21/16, Jurisdicción 11220, Jurisdicción auxiliar 00, entidad
050, ACE 006, Finalidad 3, Función 4, Subfunción 1, Fuente Financiamiento 1.1, Partida
Principal 3, Subprincipal 4, Parcial 9. Por la suma total de PESOS CIENTO QUINCE MIL
OCHOCIENTOS ($ 115.800,00).
ARTÍCULO 3°. La presente Resolución, será refrendada por el Director General de
Administración.
ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar a los contratistas, comunicar a la Dirección
Provincial de Administración del Capital Humano, Directora Provincial de Gestión de
Recursos Humanos, a la Dirección General de Administración, a la Subsecretaría
Administrativa, a Contaduría General de la Provincia, y a la Dirección Provincial de
Presupuesto Público del Ministerio de Economía, publicar, dar al Boletín Oficial.
Cumplido, archivar.
Miguel Ángel Sola Germán T. Lovrencic
Director General de Administración Subsecretario Administrativo
ANEXO I
CONTRATO DE SERVICIOS
Entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Miguel
Ángel Sola Director General de Administración de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTU-
RA Y EDUCACIÓN (C.U.I.T. N° 30-62739371-3), en virtud de lo dispuesto por La Ley de
Emergencia Administrativa y Tecnológica –Ley N° 14.815- con domicilio en CALLE 13 e/
56 y 57 Provincia de Buenos Aires, en adelante “ LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTU-
RA Y EDUCACIÓN” , por una parte y el Sr., RODRÍGUEZ Alan Ezequiel, DNI
33.576.144, por otra parte, quien acredita su Clave Única de Identificación Tributaria
(C.U.I.T.) con el N° 20-33576144-9, con domicilio en Av. 60 Nº 691, piso 5 departamento
A, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, constituyendo domicilio en Av. 60 Nº
691, piso 5 departamento A, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, en adelante
“EL CONTRATISTA”, convienen en celebrar el presente Contrato de Servicios, el que
queda sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN contrata a EL
CONTRATISTA con el fin de prestar servicios en el ámbito de la Dirección Provincial de
Gestión de Recursos Humanos, por el plazo comprendido entre el 1 de noviembre de
2016 y el 31 de diciembre de 2016.
SEGUNDA: OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA
2.1 EL CONTRATISTA desarrollará la prestación de sus servicios en el lugar que le
indique LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS. Los ser-
vicios a prestar consistirán en desempeñar tareas, en el ámbito de la Dirección General
de Cultura y Educación.
2.2 En todos los casos, los servicios deberán prestarse de acuerdo con las necesida-
des de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN.
2.3 Estará a cargo de EL CONTRATISTA el pago de las obligaciones fiscales y previ-
sionales emergentes de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, pudien-
do la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN exigirles la acreditación del
pago de las mismas a efectos de controlar el cumplimiento de todas y cada una de las
obligaciones a su cargo.
2.4 Cuando la naturaleza del servicio prestado lo requiera la DIRECCIÓN GENERAL
DE CULTURA Y EDUCACIÓN podrá solicitar a EL CONTRATISTA, la constitución de los
seguros que correspondieren.
2.5 El presente Contrato de Servicio no generará ninguna clase de subordinación ni
relación laboral de dependencia entre EL CONTRATISTA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE
CULTURA Y EDUCACIÓN. No resultarán aplicables al presente, las previsiones conteni-
das en la Ley N° 10.430 y modificatorias -Estatuto y Escalafón para el Personal de la
Administración Pública-, ni norma alguna de carácter laboral.
TERCERA:
3.1 Como contraprestación por los servicios prestados, la DIRECCIÓN GENERAL DE
CULTURA Y EDUCACIÓN abonará a EL CONTRATISTA en concepto de honorarios la
suma de PESOS TREINTA MIL, ($ 30.000), en DOS, (2) cuotas mensuales y consecutivas
de PESOS QUINCE MIL, ($ 15.000).
ANEXO II
CONTRATO DE SERVICIOS
Entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Miguel
Ángel Sola Director General de Administración de la DIRECCIÓN GENERAL DE CULTU-
RA Y EDUCACIÓN (C.U.I.T. N° 30-62739371-3), en virtud de lo dispuesto por La Ley de
Emergencia Administrativa y Tecnológica –Ley N° 14.815- con domicilio en CALLE 13 e/
56 y 57 Provincia de Buenos Aires, en adelante “LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA
Y EDUCACIÓN” , por una parte y la Sra., BAUM, Natalia Alejandra, DNI Nº 23.390.332,
por otra parte, quien acredita su Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) con el
N° 27-23390332-4, con domicilio en Calle 89 esquina 5 Torre D departamento Nº 16, par-
tido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, constituyendo domicilio en Calle 89 esquina
5 Torre D departamento Nº 16, partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, en ade-
lante “LA CONTRATISTA”, convienen en celebrar el presente Contrato de Servicios, el
que queda sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN contrata a LA
CONTRATISTA con el fin de prestar servicios como asistente de carga en el ámbito de la
Dirección Provincial de Gestión de Recursos Humanos, por el plazo comprendido entre
el 1 de noviembre de 2016 y el 31 de diciembre de 2016.

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