Publicaciones de la Sección Oficial de 02 de Diciembre de 2016

A U TO R I D A D E S
Sr. Ministro de Gobierno Dr. Federico Salvai
Sr. Subsecretario
de Coordinación Gubernamental Lic. Juan Pablo Becerra
Sr. Director Provincial de Impresiones
del Estado y Boletín Oficial Lic. Claudio Rodolfo Prieu
Sra. Directora de Boletín Oficial Dra. Selene López de la Fuente
Sra. Directora de Impresiones
y Publicaciones del Estado Dra. Silvia Noemí López
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Ciudad de La Plata (C.P. 1900) Provincia de Buenos Aires
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desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Nº 27.921
AÑO CVII/ LA PLATA, VIERNES 2 DE DICIEMBRE DE 2016
D E L A P R O V I N C I A D E B U E N O S A I R E S
Edición de 40 páginas
SUMARIO
SECCIóN OFICIAL
Resoluciones ----------------------------------------------------------------- 9946
Disposiciones ----------------------------------------------------------------- 9946
Licitaciones ----------------------------------------------------------------- 9947
Varios ----------------------------------------------------------------- 9958
Transferencias ----------------------------------------------------------------- 9963
Convocatorias ----------------------------------------------------------------- 9964
Colegiaciones ----------------------------------------------------------------- 9966
SECCIóN JUDICIAL
Remates ----------------------------------------------------------------- 9967
Varios ----------------------------------------------------------------- 9968
Sucesorios ----------------------------------------------------------------- 9979
SECCIóN JURISPRUDENCIA
Nómina de Diarios Inscr iptos
en la Suprema Corte de Justicia ----------------------------------------------------------------- 9983
Sección Oficial
LA PLATA, VIERNES 2 DE DICIEMBRE DE 2016
PÁGINA 9946 BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Resoluciones
_________________________________________________
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Resolución N° 144
La Plata, 21 de noviembre de 2016.
VISTO el expediente Nº 22500-35121/16, por intermedio del cual se gestiona el reco-
nocimiento oficial de la nueva conformación de la “Comisión de Lucha Contra las Plagas”
del Partido de Saladillo, y
CONSIDERANDO:
Que la acción contra las plagas en el ámbito provincial, forma una parte relevante de
la política agropecuaria formulada por esta Secretaría de Estado;
Que en la planificación que a tales efectos se realiza, resulta de suma utilidad la par-
ticipación y apoyo de los propios productores;
Que se estima oportuno materializar el reconocimiento oficial de la aludida Comisión,
en virtud de la significativa cooperación que prestan las mismas, en la coordinación y eje-
cución de los planes previstos para combatir las diversas plagas agrícolas;
Que el último reconocimiento a la Comisión de referencia fue dispuesto por
Resolución del Exministerio de Asuntos Agrarios N° 25/12;
Que a fojas 8 toma conocimiento y presta conformidad la Subsecretaría de Calidad
Agroalimentaria y Uso Agropecuario de los Recursos Naturales;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución
del Exministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación N° 156, del 16 de julio de 2001;
Por ello,
EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA; RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Reconocer oficialmente la “COMISIÓN DE LUCHA CONTRA LAS PLA-
GAS” del Partido de Saladillo, la que se integrará de la siguiente manera:
PRESIDENTE Darío MAGGI D.N.I. 17.585.842
VICE-PRESIDENTE José TRENTINO D.N.I. 12.361.971
SECRETARIO Roberto SPINELLI D.N.I. 21.644.121
TESORERO Alejandro REPETTO D.N.I. 20.592.833
VOCALES Marcos BUSTAMANTE D.N.I. 28.215.586
Roberto DE ROCCO D.N.I. 11.821.701
Diego MURUA D.N.I. 27.605.335
Adrián FILGUEIRA D.N.I. 20.037.981
Hernán DONOFRIO D.N.I. 18.457.028
ASESOR TÉCNICO Verónica Cecilia MARCONI D.N.I. 28.154.246
Legajo 901.712
ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Leonardo J. Sarquís
Ministro de Agroindustria
C.C. 216.984
Disposiciones
_________________________________________________
Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
GERENCIA DE ESTUDIOS Y EVALUACIÓN TRIBUTARIA
Disposición Delegada PC N° 620
La Plata, 23 de noviembre de 2016.
VISTO que mediante expediente N° 22700-0006840-2016 se propicia determinar los
índices de liquidación previstos en los artículos 96 y 104 del Código Fiscal (Ley Nº 10.397
- T.O. 2011 y modificatorias), conforme lo establecido en la Resolución Normativa Nº
03/14 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires para los meses de
enero, febrero y marzo de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 96 del citado Código (texto según Ley Nº 14.394), establece en su
parte pertinente, que la falta total o parcial de pago de las deudas por Impuestos, Tasas,
Contribuciones u otras obligaciones fiscales, como así también las de anticipos, pagos a
cuenta, retenciones, percepciones y multas, que no se abonen dentro de los plazos esta-
blecidos al efecto, devengarán sin necesidad de interpelación alguna, desde sus respec-
tivos vencimientos y hasta el día de pago, de otorgamiento de facilidades de pago o de
interposición de la demanda de ejecución fiscal, un interés anual que no podrá exceder,
en el momento de su fijación, el de la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia
de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementa-
da en hasta un ciento por ciento (100%);
Que, por su parte, el artículo 104 del Código Fiscal (texto según Ley Nº 14.394), refi-
riéndose a las obligaciones fiscales sujetas a proceso de apremio, establece que se deven-
gará, desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago, un
interés anual que no podrá exceder, en el momento de su fijación, el de la tasa vigente que
perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuen-
ta corriente bancaria, incrementada en hasta un ciento cincuenta por ciento (150%);
Que, en todos los casos, las normas disponen que el interés será establecido por el Poder
Ejecutivo a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, facultándo-
la además para determinar la forma en que el interés anual fijado será prorrateado;
Que mediante Resolución Nº 03/14, la cual modifica a la Resolución N° 61/12, la
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos fijó la tasa de interés en un cuatro por
ciento (4%) mensual, no acumulativo, para los casos de falta de pago de las obligaciones
fiscales en estado prejudicial; y en el cinco por ciento (5%) mensual, no acumulativo, para
los casos de falta de pago de obligaciones fiscales en estado de ejecución judicial, todo
ello con vigencia a partir del 3 de marzo de 2014;
Que en orden a ello, la Gerencia de Estudios y Evaluación Tributaria, a través del
Departamento de Estadísticas Tributarias, ha elaborado los “índices de Liquidación”
correspondiente para los meses de enero, febrero y marzo de 2017;
Que en virtud de lo expuesto, deviene oportuno y conveniente proceder a la aproba-
ción de los “índices de Liquidación” aludidos ut supra;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 96
–segundo párrafo– y 104 del Código Fiscal (Ley N°10.397 - T.O. 2011 y modificatorias), y
la Resolución Normativa N° 21/11;
Por ello,
EL GERENTE DE ESTUDIOS Y EVALUACIÓN TRIBUTARIA, DISPONE:
ARTÍCULO 1º. Determinar los índices de liquidación para los meses de enero, febre-
ro y marzo de 2017, aplicables en virtud de lo dispuesto por el artículo 96 del Código
Fiscal (Ley Nº 10.397 - T.O. 2011 y modificatorias), conforme lo establecido en la
Resolución Normativa N° 3/14 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos
Aires, según el detalle que como Anexo Único, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Alejandro Onofri
Gerente de Estudios y Evaluación Tributaria
ANEXO ÚNICO
Índices de liquidación para el mes de enero, febrero y marzo de 2017, aplicables en
virtud de lo dispuesto por el artículo 96 y 104 del Código Fiscal (Ley Nº 10.397 - T.O. 2011
y modificatorias).
Contenido del archivo digital adjunto:
Enero 2017:
·JUDI_Enero17_ Predet_CONTOPE.xls
·JUDI_ Enero17_ Predet_SINTOPE.xls
·JUDI_ Enero17_Autodet_CONTOPE.xls
·JUDI_ Enero17_Autodet_SINTOPE.xls
·PREJUD_ Enero17_Autodet_CONTOPE.xls
·PREJUD_ Enero17_Autodet_SINTOPE.xls
·PREJUD_ Enero17_ Predet_CONTOPE.xls
·PREJUD_ Enero17_ Predet_SINTOPE.xls
Febrero 2017:
·JUDI_ Febrero17_ Predet_CONTOPE.xls
·JUDI_ Febrero17_ Predet_SINTOPE.xls
·JUDI_ Febrero17_Autodet_CONTOPE.xls
·JUDI_ Febrero17_Autodet_SINTOPE.xls
·PREJUD_ Febrero17_Autodet_CONTOPE.xls
·PREJUD_ Febrero17_Autodet_SINTOPE.xls
·PREJUD_ Febrero17_ Predet_CONTOPE.xls
·PREJUD_ Febrero17_Predet_SINTOPE.xls
Marzo 2017:
·JUDI_ Marzo17_ Predet_CONTOPE.xls
·JUDI_ Marzo17_ Predet_SINTOPE.xls
·JUDI_ Marzo17_Autodet_CONTOPE.xls
·JUDI_ Marzo17_Autodet_SINTOPE.xls
·PREJUD_ Marzo17_Autodet_CONTOPE.xls
·PREJUD_ Marzo17_Autodet_SINTOPE.xls
·PREJUD_ Marzo17_ Predet_CONTOPE.xls
·PREJUD_ Marzo17_ Predet_SINTOPE.xls
C.C. 216.954

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