Publicaciones de la Sección Judicial de 07 de Septiembre de 2016

BOLETÍN OFICIAL | PROVINCIA DE BUENOS AIRES
PÁGINA 7072 LA PLATA, MIÉRCOLES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2016
Sección Judicial
Remates
___________________________________________________
ABEL OSCAR CAGNONE
POR 3 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N° 5 de
Mercedes (B), sito en calle 27 N° 576, piso, de
Mercedes, Secretaría Única, hace saber por tres días que
el Martillero Abel Oscar Cagnone (Tel. 02324-421008),
rematará EL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DE 2016, A LAS 10
HS., en Salón de Av. 40 N° 833 de Mercedes, inmueble,
lote 21, Manzana 136-a de Mercedes, frente a calle 1 entre
2 y 102. Superficie 335,85 m.2, con edificación de galpón
y pequeño departamento. NC. Circ. II, Sección B. Chacra
136, Manzana 136-a, Parcela 21. Venta al contado. Base $
438.750, de no existir ofertas, pasada la media hora se
rematará nuevamente con la base reducida en un 25 %.
Seña 30%, Comisión 4%, Sellado 1,2 %. Según diligencia
de fs. 499/501: el galpón ocupado por el Sr. Alejandro
Donofrio como depósito de cerámicos y revestimientos de
pisos, en calidad de inquilino sin documentación que así lo
acredite; y el departamento ocupado como vivienda por la
Sra. Débora Jaime, Mariano Debia y la hija menor de
ambos, dicen ser inquilinos sin presentar documentación.
Títulos en autos. Se admiten ofertas bajo sobre cerrado
hasta las 10 horas del último día hábil antes de la subasta,
las que deberán presentarse en la Secretaría Única del
Juzgado y cumplimentar lo que dispone el auto de fs.
78/79. No se admite la compra en comisión. Impuestos
provinciales y municipales adeudados a cargo del adqui-
rente. Arba: fs . 485 /489 $ 2 .168.60 al 4/01/16; y
Municipales: de fs. 468/472, ALC.: $ 9.774.50; servicios
sanitarios $ 5.269.50 ambos al 15/12/15. El comprador
debe constituir domicilio en radio asiento del Juzgado bajo
apercibimiento y se hará constar en el boleto (art. 580
CPCC). Reconoce hipoteca que se ejecuta. Visitar días 19
y 20 de septiembre/16, de 10 a 11:30 hs. Los asistentes al
acto deberán identificarse en planilla y no podrán retirarse
hasta terminado el remate y/o a indicación del martillero. El
martillero puede disponer la forma de ubicación de los
asistentes. La oferta mínima será de $ 1.000. Venta en
Banco de la Nación Argentina c/ Flores Roberto Manuel y
otra s/ Ejecución Hipotecaria", Exp. 46.748. Mercedes, 26
de agosto de 2016. Silvia H. Fernández, Secretaria.
Mc. 67.551 / sep. 6 v. sep. 8
_________________________________________________
JUAN CARLOS BRUNO
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Prim. Inst. en lo Civil y
Comercial Nº 4, del Depto. Jud. de La Matanza, a cargo
del Juez Dr. Norberto Luis Valentini, Secretaría Única,
hace saber por tres (3) días en los autos caratulados
“BBVA Banco Francés c/ Herrera Eleazar Antonio (sus
herederos) s/ Ejec. Hipotecaria”, Expte. Reservado Nº
18913, que el Martillero Público Juan Carlos Bruno (Tel.
4651-2960), Col. Matanza 153, CUIT 20-16126179-4,
Rematará EL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DE 2016, A LAS
11:30 H S. en el Salón de Rema tes del Colegio de
Martilleros de La Matanza, sito en Dr. Eizaguirre
1935/43 de San Justo, Bs. Aires; un Departamento ubica-
do en Gral. Paz Nº 16449, Edificio 7, 4º Piso, Villa Celina,
Pdo. de La Matanza, Bs. Aires; designado catastralm.
como: Circ. VIII, Secc. A, Fracción I, Parcela 3, Subparcela
37, Polígono 04-07, Partida 327526, Matrícula 769/37. s/
Mandamiento de Constatación de Fs. 588/9 el inmueble
se halla desocupado. Deuda Imp. Munic. fs. 469/485 $
9.526,65 al 10-02-15; Imp. Inmobiliario (Arba) Fs. 518/525
$ 419,70 al 31-07-15; O. Sanitarias Fs. 500 sin deuda al
16-07-2015; Aguas Argentinas fs. 436/437 $ 3.120,82 al
21-11-2014 y Expensas fs. 602 $ 76.479,66 a marzo de
2016. Se aclara con respecto a las deudas que se libera al
adquirente hasta la oportunidad de quedar firme la orden
de entregar la posesión y de no ser posible el pago en
todo o en parte por falta de fondos, de toda la deuda de
impuestos, tasas y contribuciones que afecten al inmue-
ble posterior a la constitución de la obligación, operándo-
se una subrogación real de los privilegios respectivos que
se trasladarán al precio obtenido. En el caso de la deuda
de expensas de no ser posible el pago en todo o en parte
por falta de fondos, el comprador asumirá el pago de la
misma como obligaciones “proper rem”. Más datos en
autos. Base $ 381.917. Seña 10%; Comisión 3% c/parte
más el 10% por aportes a cargo del comprador; Sellado
del Boleto doce por mil, Imp. a la Transferencia de
Inmueble 1,5%, todo a cargo del comprador, al contado,
en dinero efectivo y al mejor postor a abonarse al momen-
to de la firma del boleto. Para la compra en comisión, el
comprador deberá indicar el nombre del comitente en el
momento mismo de la realización del remate, debiendo
ser ratificado por escrito firmado por ambos dentro del
plazo previsto por el art. 581 Proc. en su defecto se lo
tendrá por adjudicatario definitivo. El comitente constituirá
domicilio en esta presentación, bajo el apercibimiento que
contienen los arts. 41 y 580 CPC (art. 582 Proc., seg. Ley
11.909). Visitar el día 26 de septiembre de 2016 de 13 a 14
hs. bajo responsabilidad de la parte demandada. El com-
prador deberá constituir domicilio dentro del radio del
Juzgado. Se informa al comprador que dentro de los
cinco días de aprobada la subasta, deberá depositar el
saldo de precio en el Bco. Pcia. de Bs. As., Sucursal San
Justo, en la cuenta de autos y a la orden del infrascripto,
y/o transferir electrónicamente los fondos a dicha cuenta,
la cual deberá ser suministrada en ocasión del remate con
el CBU correspondiente, pudiendo requerir su indisponibi-
lidad hasta que se otorgue la escritura correspondiente, o
se inscriba el bien a su nombre si se prescindiere de aque-
lla, salvo que la demora en la realización de estos trámites
le fueren imputables. Asimismo la indisponibilidad no
regirá respecto de los gastos de escrituración y pago de
impuestos (art. 581 CPC). En el caso del postor remiso si
no se alcanzare el perfeccionamiento de la venta por su
culpa y se ordenare un nuevo remate, será responsable de
la disminución del precio que se obtuviere en la segunda
subasta, de los intereses acrecidos y las costas causadas
por ese motivo (art. 585 Proc.). San Justo, 26 de agosto
de 2016. Laura S. Pennacchio, Auxiliar Letrada.
L.M. 197.235 / sep. 6 v. sep. 8
___________________________________________________
ROLANDO MARILINA
POR 3 DÍAS – El Juzgado de Primera Instancia Civil y
Comercial N° 13, Departamento Judicial de Lomas de
Zamora, hace saber que la martillera Rolando Marilina
subastará en forma ordenada y progresiva los seis inmue-
bles ubicados en Avenida Alsina N° 1948 correspondientes
a las unidades funcionales N° 24, 23 22, 21, 15 y 11,
Partida de Lomas de Zamora, EL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE
DE 2016 A LAS 10,00 HS., en el Salón de subastas Edificio
Bicentenar io del Col egio Público de Mart illeros y
Corredores del Depto. Judicial de Lomas de Zamora, sito
en la calle Enriqueta Díaz Tezanos N° 1502 entre Vicente
Barbieri y predio Edificio Tribunales, comenzando por el
inmueble de mayor valor y así sucesivamente hasta llegar
al de menor valor, suspendiéndose los remates cuando el
precio obtenido alcanzare a cubrir el crédito en ejecución
con más las sumas correspondientes a intereses, costos y
costas, las que se presupuestan provisoriamente en la
suma de $ 4.000.000. U.F. N° 24 piso 13 “B”. Circ. II, Secc.
A, Manz. 56, Parcela 15ª, sub-parc. 13-02, UF 24, mide
aprox. 51 m2. Base $ 633.800, deuda de expensas $
4.068, deuda de Arba $ 4.591,30. UF N° 23 piso 13 “A”:
Circ. II, Secc. A, Manz. 56, Parcela 15ª, sub parc. 13-01,
UF 23, mide aprox. 53 m2. Base $ 649.600, deuda de
expensas no posee, deuda Arba $ 5.420. UF N° 22 piso 12
“B”: Circ. II, Secc. A, Manz 56, Parcela 15ª, sub-parc 12-
02 UF 22, mide aprox. 51m2, Base $ 628.700, deuda de
expensas: no posee, deuda ARBA $ 5.343, UF 21 Piso 12
“A”: Circ. II, Secc. A, Manz. 56, Parc. 15ª, Sub-parc. 12-01;
UF 21, mide aprox. 51 m2. Base: $ 624.100, deuda de
expensas $ 4.118, deuda de Arba $ 5.420. UF N° 15 piso 9
“A”: Circ. II, Secc. A, Manz. 56, Parcela 15ª, sub-parc. 09-
01, UF 15, mide aprox. 52 m2, Base $ 618.900, deuda de
expensas $ 4.612, deuda de Arba $ 5.408. UF N° 11 piso 7
“A”: Circ. II, Secc. A, Manz 56, Parcela 15ª, sub-parc. 07-
01, UF 11 mide aprox: 52m2, Base $ 613.800, deuda de
expensas $ 406, deuda de Arb $ 5.408. Dichas expensas
deberán ser afrontadas por el adquirente en subasta
donde quedará obligado al pago de expensas devengadas
incluyendo las anteriores a su adquisición y en el supues-
to de que las mismas no sean satisfechas con el produci-
do del remate (Arts. 2685 y conc. CC, Art. 17 Ley 13.512,
Art. 568 del CPCC) (Ac.SCJPBA 2078). Ocupados según
Mandamiento de Constatación por inquilinos. Venta al
mejor postor, se exige de quien resulte comprador el 30%
del precio como seña, deberá exigir de quien resulte com-
prador el 1,2% del Sellado fiscal (Art. 24 Ley 14.357) y la
constitución –en el acto de la firma del boleto- de domici-
lio procesal en el radio de asiento del Juzgado, bajo aper-
cibimiento de que las sucesivas providencias se le darán
por notificadas automáticamente conforme lo dispuesto
por el Art. 133 del C.P.C., Comisión 3% cada parte más el
10% de los honorarios en concepto de aporte previsional
a cargo del comprador. Todo en dinero efectivo en el acto
de la subasta. Visita: martes 20 de septiembre de 2016 de
9,00 a 10,30 hs. Venta decretada en autos “Fevre Eduardo
y otro c/ Gil Máximo y otro s/ Ejecución de sentencia”
Expte. 72901. Lomas de Zamora, 31 de agosto de 2016.
Laura Graciela Botta, Auxiliar Letrada.
L.Z. 48.507 / sep. 7 v. sep. 9
_________________________________________________
MARIANO ESPINA RAWSON
POR 3 DÍAS - El Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y
Comercial N° 7, a cargo de la Dra. Fernanda Lombardi;
Secretaría Única, a cargo del Dr. Emiliano Ariel Filippelli,
sito en Larroque y 11 de Septiembre P:2°, Banfield, hace
saber que el martillero Mariano Espina Rawson, (Matrícula
N° 3292 L° VII – F° 3282, CPDJ, Mercedes - CUIT: 20-
13407112-6 IVA Resp. Insc. tel. 4371.2309) rematará EL
DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DE 2016, A LAS 11:00 HS., en el
salón de ventas del Colegio de Martilleros y Corredores
Públicos de Lomas de Zamora, sito en la calle Enriqueta
Díaz Tezano 1502, entre la calle Vicente Barbieri y el
Predio de Tribunales de Banfíeld, de dicha localidad
Partido de Lomas de Zamora "Ad Corpus" al contado
mejor Postor, el 100% del inmueble sito en la calle
Cordero N° 2914 (entere las calles Paunero y Tte. Cnel.
Magán) Pdo. de Avellaneda, Pcia. de Buenos Aires. Mide
5,78 metros de frente 81 SO por 10,43 metros de fondo.
Superficie: 60,28mts. Nomenclatura Catastral: Circ. II,
Secc. E; Manz. 58; Parcela 21ª. Matrícula 28948. Según
acta de constatación de fs. 271 el inmueble está ocupado
por Alejandra Amundarrey (DNI 22.479.690). Se trata de
una casa de material, se compone de un living-comedor
(al frente) con piso de parquet de madera, cocina, 1 habi-
tación, un baño, cuenta con otra habitación en una planta
alta a la cual se accede por escalera de material que se
levanta en el patio, debajo de la escalera hay una pileta de
lavar, en estado de conservación que presenta es bueno,
contando la casa con servicios de agua corriente y gas
natural. Deudas: ARBA (fs. 311) al 20.04.15 $ 757 50,
Municipalidad de Avellaneda (fs. 329): $ 13.780,92 al
20.05.15. Ag, Arg. S.A. (fs. 321), no registra deuda al
14.05.15. AySA (fs. 288/89) no registra deuda al 16.03.15.
Base: $ 31.907,33. Para el caso de compra "en comisión”,
comprador deberá indicar en el momento de la firma del
boleto, el nombre de su comitente, debiendo ser ratifica-
do por escrito firmado por ambos interesados dentro del
plazo de cinco días de aprobado la subasta pública, bajo
apercibimiento de tenerlo de adjudicatario definitivo al
oferente, quien deberá constituir domicilio en esa presen-
tación, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en
PÁGINA 7073
PROVINCIA DE BUENOS AIRES | BOLETÍN OFICIAL LA PLATA, MIÉRCOLES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2016
los estrados del Juzgado (Art. 41, 580 del CPCC y 581 del
Decreto 7.425/68-Código Procesal Civil y Comercial). A
los fines de la realización de la subasta pública, el Sr.
Martillero interviniente deberá el día del remate proceder a
identificar a las personas que concurran a dicho acto, con
el auxilio de la fuerza pública. El postor a quien se adjudi-
que el bien como comprador deberá abonar en el acto de
la firma del boleto, como seña el 10 % del precio, con más
el 1,2% de sellado fiscal y la comisión del martillero que
se fija en el 3 para cada una de las partes con más el 10%
en concepto de aportes previsionales. El saldo de precio
se abonará dentro del término de 5 días de aprobada la
operación de venta (Art. 581 del Cód. Proc.) Asimismo
deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado,
bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se
le darán por notificadas automáticamente conforme al Art.
133 del Cód. Proc. Exhibición: El inmueble puede visitar-
se los días 12 y 13 de septiembre en el horario 12,30 a
14,00. Informes en el Juzgado citado o en las oficinas del
martillero. Titulares de dominio: Gaglioli, María Rosa (L.C.
N° 2.215.077). Venta ordenada en los autos “Haddad,
Clemente Antonio c/ Herederos de María Rosa Gaglioli s/
Ejecución Hipotecaria” (Reservado) Expte. N° 50.415.
Lomas de Zamora, 30 de agosto de 2016. Bárbara
Lugones, Auxiliar letrada.
L.P. 25.464 / sep. 7 v. sep. 9
_________________________________________________
CLAUDIA MARCELA GARZILLO
POR 5 DÍAS - El Juzgado C. y C. N°2 a cargo del Dr.
Rodolfo Sheehan hace saber que la martillera Claudia
Marcela Garzillo Cuit N° 27-16980826-6 rematará en
pública subasta EL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2016, A
LAS 10 HS., en el Colegio de Martilleros Junín, Belgrano
N° 74 conforme a la venta decretada en autos caratula-
dos: Gargaglione Hugo Rubén (LE N° 4.958.067) y Manuel
Norma Haydee (DNI N° 4.709.305) s/Quiebra" Expte. N°
37581 los inmuebles que a continuación se detallan: 1)
33,33% Nom. cat. Circ.1 Secc J, Mza 677, Parcela 6a y 6b
Pdo. de Chacabuco ocupado por la fallida Norma Haydee
Manuel, Base $ 35.555,55. 2) 100% Nom. Cat. Circ. 1,
Secc. M, Qta. 973 Parc.1 Matr.12005. Desocupado. Base
$44.444,44. 3) 100% Nom. Cat. Circ. 1, Secc. M, Qta. 973,
Parc. 2, Matr. 12006, Desocupado. Base $ 44.444,44. 4)
100%. Nom. Cat. Circ. 1, Secc. M. Qta. 973. Parc. 3, Matr.
12004, desocupado por la fallida Norma Haydee Manuel.
Base $ 44.444,44 todos del Pdo. de Chacabuco. Día de
visita: martes 13/09/2016 de 10:30 a 12 hs, previa confir-
mación con el martillero. Seña 10% del precio, 1 % sella-
do boleto de compraventa, 5% a la parte compradora por
comisión de martillero y la constitución en caso de firmar
boleto de domicilio procesal en el radio de asiento del
Juzgado, de no hacerlo el comprador se aplicará el Art.
41. del CPC. Condiciones de venta al contado, mejor por-
tor y ofertas en sobre cerrado, podrán presentarse indivi-
dualizado el/los inmuebles a subastar indicando el ofer-
tante carátula del expediente y nombre de quien efectúa la
propuesta, en Secretaría del Juzg. Hasta el día 15/09/16
hasta las 14 hs. Se abrirán los sobres en la audiencia del
16/9/2016 10 hs., en presencia del Juez, el secretario y el
martillero, labrándose acta, que será entregada al martille-
ro en copia certificada por el actuario. La propuesta
deberá ser redactada por triplicado en castellano y con-
tendrá: nombre completo del oferente, tipo y N° de docu-
mento, CUIT, en caso de sociedad: N° de matrícula o
datos de Inscripción y copias del contrato social certifica-
das por escribano público, del acta de designación de
cargo de quien firma la propuesta y del acta por el cual la
autoridad societaria decide efectuarla, b)domicilio real del
oferente y constitución de domicilio procesal en Junín, c)
el precio que se ofrece, d) la aceptación de la obligación
de mantener la propuesta durante 15 días hábiles poste-
riores a la apertura de sobres e) Realizar un depósito en
garantía en el 10 % del precio ofertado en la cuenta N°
6662-027-0515041/3 CBU 0140301327666251504138,
acreditando el depósito en el sobre que contiene la oferta
del comprobante original, que será devuelto a quienes no
resulten adjudicatarios luego de vencido el plazo estable-
cido en el punto d) y se tomará a cuenta del precio para
quien resulte adjudicatario. f) Las enmiendas o raspaduras
deberán ser salvadas al pie de la propuesta. El día de la
subasta se dará lectura al edicto y se comunicará la exis-
tencia de ofertas bajo sobre indicando el contenido de la
más alta la que constituirá la base con la que saldrá la puja
el bien, a subastarse. Acto seguido se recibirán las ofertas
que mejoren las posturas bajo sobre y se efectúen a viva
voz, pudiendo los oferentes bajo sobre mejorar su pro-
puesta por sí o por apoderado. En caso de compra en
comisión el comprador debe indicar a la firma del boleto,
nombre y dirección de su comitente en su defecto se lo
tendrá por adjudicatario definitivo, debiendo constituir
domicilio. Dentro de los 5 días de aprobada la subasta el
comprador deberá depositar el saldo de precio en el
Banco Pcia de Bs. As., a cuenta de autos, pudiendo
requerir su indisponibilidad hasta la firma de la escritura o
se inscriba el bien a su nombre a excepción de los gastos
de escrituración y pago de impuestos. En caso de postor
remiso, si por su culpa se ordenare un nuevo remate, será
responsable de la disminución del precio que se obtuvie-
ra en la segunda subasta, de los intereses acrecidos y las
costas. EI comprador puede optar por la inscripción direc-
ta o designar escribano, estando los gastos de escritura-
ción a su carqo. Deudas- Inmobiliarias Part. 10714 $
5078,90 al 19/8/16, Part. 1647 $ 2536,30 al 18/8/16, Part.
1590 $2855,60 al 18/8/16 Part. 20368 $ 2433,50 al
18/8/16 Part. 208,13 $ 17213.10 al 18/8/16 Municipales:
Part. 10714 $34.047,19 al 22/8/16, Part. 1647, $ 2339,45
al 23/8/16, Part. 1590 $ 1170 al 23/8/16, Part. 20368 $
1170,12 al 23/8/16, Part. 20813 $14.788,79 al 22/8/16. La
publicación se efectúa sin previo pago (Art. 89 Ley 24.522)
Fdo Rodolfo Sheehan Juez. Junín, 29 de agosto de 2016.
María Paulina Giecco, Auxiliar Letrada.
C.C. 11.957 / sep. 7 v. sep. 13
CASA CENTRAL C.C.
POR 5 DÍAS - En C ausa N ° 7752 carat ulada:
"Incidente de eximición de prisión a favor de Monte Matías
Mariano Marcelo, Espinosa Mauro Mauricio" de trámite
por ante este Juzgado de Garantías N° 2, interinamente a
cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, Secretaría
Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento
Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar
edicto por término de cinco días, a fin de notificar al pre-
venido nombrado MATÍAS MARIANO MARCELO MONTE,
cuyo último domicilio conocido era en calle 73 Nº 918 de
Mar del Tuyú, el siguiente texto que a continuación se
transcribe: "Acuerdo. En la ciudad de La Plata, Provincia
de Buenos Aires, Sede de la Sala I del Tribunal de
Casación Penal (cf. Ac. 1805 de la S.CJ.B.A.), el 19 de
abril de dos mil dieciséis se reúnen en Acuerdo Ordinario
los señores Jueces doctores Daniel Carral y Ricardo R.
Maidana (art. 451 del Código de Procedimiento Penal) con
la presidencia del primero de los nombrados, a los efectos
de resolver la causa Nº 75805 caratulada: "Monte Matías
Mariano Marcelo y Espinosa Mauro Mauricio s/ Recurso
de Queja (art. 433 del C.P.P.), conforme al siguiente orden
de votación: Carral - Maidana. Antecedentes. 1°) El 3 de
noviembre del año 2015, la Cámara de Apelación y
Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Dolores -
en el marco de la causa 17858 correspondiente a su regis-
tro interno (IPP 03-02-3274-12-00) dispuso confirmar el
auto que rechaza la eximición de prisión solicitada a favor
de los imputados del epígrafe (ver fs. 77/79 vta.). 2°)
Contra dicho pronunciamiento interpuso recurso de casa-
ción el Sr. Defensor Oficial Departamental (fs. 85/93) el
que al ser rechazado por el a quo (fs. 94/95) motivó su
presentación en queja ante esta Sede (fs. 96/105). En su
libelo denuncia que la decisión atacada ocasiona un per-
juicio irreparable, por lo que debe atribuírsele los alcances
de una sentencia definitiva y como tal revisable en casa-
ción, aún cuando se encuentre abastecido el doble con-
forme. 3º) Asignado por Presidencia el recurso a la Sala I
con noticia a las partes (fs. 107/ vta.) fue recepcionada en
la sala con fecha 14/3/2016. Así, el Tribunal se encuentra
en condiciones de resolver, decidiendo plantear y votar
las siguientes Cuestiones: Primera: ¿Es admisible y en su
caso procedente el recurso traído? Segunda: ¿Que pro-
nunciamiento corresponde dictar? A la primera cuestión el
Señor Juez Doctor Carral dijo: I La Queja traída es admisi-
ble, toda vez que la misma ha sido interpuesta en el plazo
establecido por el art. 433 del ceremonial, con el soporte
documental requerido por la norma. Por lo demás, es doc-
trina de nuestro máximo interprete constitucional, ratifica-
da en el caso "Maihlos, Jorge Pablo s/ Recurso de casa-
ción e inconstitucionalidad" (causa M. 1207. XLIII, rta.
15/12/2009) que las decisiones como es el caso de la
impugnada, en tanto restringen la libertad del imputado
con anterioridad al fallo final de la causa, se equiparan a
una sentencia definitiva en los términos del artículo 14 de
la Ley 48, ya que pueden ocasionar un perjuicio de impo-
sible reparación ulterior al afectar un derecho que requie-
re tutela inmediata (fallos: 307:359 y 1132; 308: 1631;
319:2245; 311:358; 316:1934; 317 1838, entre otros). En
tal sentido, si bien es cierto que la literalidad de la regla del
art. 450 del rito no abarca ordinariamente el supuesto bajo
examen, no lo es menos que la naturaleza de la decisión
en crisis - en tanto se trata de resoluciones que deniegan
o restrinjan la libertad personal- debido a sus implicancias
materiales deben, por un lado, estar alcanzadas por el
derecho al recurso consagrado en los artículos 8.2h de la
14.5 del Pa cto Interna cional de Derechos Civiles y
Políticos, que en opinión de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos se extiende a todos los autos pro-
cesales importantes (C.l.D.H, Informe Nº 55/97, caso
11137, considerandos N° 262), al mismo tiempo que a los
fines recursivos y bajo ciertas condiciones pueden ser
estimadas resoluciones equiparables a sentencias defini-
tivas a los fines de su admisibilidad en la instancia casa-
toria. II. Ahora bien, corroborado que en el supuesto en
trato se encuentra satisfecha la doble conformidad de las
instancias locales, corresponde entonces evaluar si se
encuentran en juego agravios de naturaleza federal sea
por hallarse en discusión el contenido o alcance de nor-
mas de derecho de tal naturaleza, se postule la tacha de
arbitrariedad cuando se halla inescindiblemente unida a la
mencionada cuestión federal, o en su caso, la vulneración
directa de uan garantías fundacional que dé lugar a una
causa federal suficiente. No obstante, es preciso destacar
que tales extremos no se abastecen con la simple refe-
rencia a mandatos de raigambre constitucional como
marco de una dogmática reiteración de la objeciones for-
muladas en las instancias anteriores sin ocuparse de rea-
lizar una crítica concreta y razonada del resolutorio en cri-
sis, sino que requieren, por parte del recurrente, un funda-
mento expreso que permita verificar la acreditación de
una causa federal suficiente que habilite la intervención de
esta instancia. Desde este enfoque y las alla de la apreci-
dada y denodada presistencia del recurrente, en la com-
pulsa de los argumentos desarrollados en el recurso en
trato no se advierte ni el sustrato material ni la acreditación
de un agravio federal suficiente. En tal contexto, se obser-
va que el ad quo desarrolló las razones por las cuales
entendió que correspondía confirmar la resolución que
deniega la eximición de prisión de los encausados Monte
y Espinoza. A tal fin tomo en consideración la gravedad de
los delitos endilgados que imposibilitan la eventual impo-
sición de condena en suspenso, adunado a la falta de
domicilio cierto de Espinoza, los que configuran paráme-
tros válidos para evaluar riesgo procesal de conformidad
con los artículos 171 y 148 del C.P.P., teniendo en cuenta
lo incipiente de la investigación. Por ello, siendo que -
como expresara anteriormente- no se vislumbran en el
particular aristas de gravedad institucional o claras cues-
tiones federales que me permitan apartarme de los extre-
mos reseñados en los párrafos que anteceden, a la vez
que el "a quo" meritó de manera ajustada a derecho, con
arreglo a las constancias de la causa, los obstáculos para
acceder al derecho peticionado, es que propondré al
Acuerdo rechazar, con costas, el recurso deducido (arts.
8.2 de la Convenc ión American a sobre Dere chos
Humanos, 14.5 del Pacto Inte rnacional de Derechos
Civiles y Políticos, 18 y 75 inc. 22 de la CN, 148, 171, 450,
464, 530 y 531 del C.P.P.) y a la primera cuestión voto por
la Negativa. A la primera cuestión, el Sr. Juez Maidana
dijo: Adhiero por sus fundamentos a lo expresado por el
doctor Carral y me pronuncio por la Negativa. A la segun-
da cuestión, el señor juez doctor Carral dijo: En atención
al resultado que arroja el tratamiento de la cuestión prece-
dente corresponde rechazar, con costas el recurso dedu-
Humanos, 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Político", 18 y 75 inc. 22 de la CN, 148, 171, 450, 464,
530 y 531 del C.P.P.) Así lo voto. A la segunda cuestión, el
señor juez doctor Maidana dijo: Voto en igual sentido que
el doctor Carral, por sus fundamentos. Por lo que no sien-
do para más se dio por terminado el Acuerdo dictando el
Tribunal la siguiente Resolución: Rechazar, con costas, el
recurso deducido. Rigen los artículos 8.2 de la Convención
22 de la CN, 148, 171, 450, 464, 530 y 531 del Código de
Procedimiento Penal. Regístrese, notifíquese y remítase a
la mesa Única General de Entradas del Tribunal para su
oportuna devolución. Fdo. Dr. Ricardo R. Maidana. Juez de
Casación de la Pcia. de Buenos Aires. Dr. Daniel Carral.
Juez de Casación Penal de la Pcia. de Buenos Aires. A
mayor ilustración se transcribe el auto que dispone:
"Dolores, 11 de julio de 2016 Autos y Vistos: Atento lo
expuesto por el Sr. Defensor Oficial, Dr. Martín Miguel
Molina en el escrito que antecede, en donde menciona que
desconoce el actual domicilio de l imputado Mariano
Marcelo Montes, procédase a la notificación por Edicto
Judicial el que se publicará en el boletín oficial de esta
Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art.
129 del Código de Procedimiento Penal. En relación a la
notificación del imputado Mauro Mauricio Espinosa estése

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR