Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 24 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Número de Expediente500
Cita104/15
Número de SAIJ15090000
Número de CUIJ- -

PROVINCIA DE SANTA FE c/ FEDERACION DE COOPERADORAS ESCOLARES DEL DEPARTAMENTO ROSARIO Y/O QUIEN RESULTE PROPIETARIO s/ EXPROPIACION Cita: 104/15 Nº Saij: 15090000 Nº expediente: 500 Año de causa: 2003 Nº de tomo: 260 Pág. de inicio: 497 Pág. de fin: 500 Fecha del fallo: 24/02/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces R.H.F.M.A.G.R.F.G.E.G.S.T. > EXPROPIACION > SATISFACCION PATRIMONIAL DEL EXPROPIADO Tesauro > EXPROPIACION > INDEMNIZACION PREVIA Tesauro > INMUEBLE > TRANSFERENCIA Tesauro > COSTAS > IMPOSICION > ORDEN CAUSADO ADMINISTRATIVO EXPROPIACION. SATISFACCION PATRIMONIAL DEL EXPROPIADO. INDEMNIZACION PREVIA.

Texto del fallo Reg.: A y S t 260 p 497/500.

Santa Fe, 24 de febrero del año 2015.

VISTOS: Estos autos caratulados "PROVINCIA DE SANTA FE contra FEDERACIÓN DE COOPERADORAS ESCOLARES DEL DEPARTAMENTO ROSARIO y/o quien resulte propietario sobre EXPROPIACIÓN" (Expte. C.S.J. Nro. 500, año 2003) de los que resulta: I. La Provincia de Santa Fe promueve demanda de expropiación contra Federación de Cooperadoras Escolares del Departamento Rosario y/o quien resulte propietario de la fracción de terreno ubicada en la ciudad de R. y que describe como "Un lote de terreno siendo su ubicación sobre calle M. entre calle Cochabamba y calle Pasco, a los 30,21m de esta última, de acuerdo a datos catastrales: parcela 1, zona urbana, manzana 0182, sección 2°, municipio Rosario, departamento Rosario, y sus medidas son las siguientes: 8,66m de frente Oeste, 42,43m en su lado Norte, 8,93m de contrafrente Este y 44,59 en su lado Sur y linda: al Norte, con A.A.; al Sur, con M.M.; al Este, con M. de I. y, al Oeste, con calle M.. Encierra una superficie de 376,08 m2. El dominio se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad de la Ciudad de Rosario bajo el Tomo 706 - Folio 180 - N° 397860, Departamento Rosario, partida impuesto inmobiliario nro.

16-03-02-224125/0000-0" (ver fs. 10 vto; 501).

Dice que por ley 11.953 se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble descripto que se destinará "al funcionamiento de la Escuela Especial N° 2096 de la ciudad de Rosario" (art. 1.- 8, Ley 11.953) (ver f. 99 vto.) Relata que en fecha 14 de noviembre de 2003 se cumplen dos años de la sanción de la citada ley y, que en razón del interés general que determina la misma y en resguardo de "los derechos otorgados por el Poder Legislativo", a los fines de no dejar pasar el tiempo sin hacer uso de la autorización...

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