Prólogo

AutorOlsen A. Ghirardi
Cargo del AutorDoctor en Derecho y Profesor Titular de Filosofía del Derecho , Universidad Católica de Córdoba

Armando Andruet ha escrito el libro. El resaltado quiere significar que el autor ha escrito lo que era previsible que ocurriese, dadas sus inclinaciones y su dedicación al tema. Por lo demás, demuestra una adecuada comprensión de la tarea emprendida, despliega los diversos aspectos de una cuestión compleja con total solvencia y proporciona una visión global y ajustada de la materia para los que transitan la especialidad y utilizan los recursos de la argumentación en el ejercicio de la judicatura y en la actuación profesional del abogado. El tratamiento de los temas no es excesivamente teórico ni se apega exclusivamente a la minucia del detalle práctico.

Pero es evidente que esta obra sólo pudo ser escrita por un juez o por un abogado. Solamente quien conoce los vericuetos de los pasillos de los tribunales y brega en la lucha diaria de los expedientes y de los casos que los conflictos de la vida nos presentan, puede escribir lo que se lee en este libro. Nadie con más autoridad puede plantearse estos problemas. Muchas veces he expresado que el filósofo del derecho, que sólo estudia estos problemas en su gabinete, no tiene una vivencia de los conflictos, y si bien medita acerca de ellos desde su punto de vista, no puede juzgar con verdadera autoridad sobre los problemas de la justicia, de esta justicia de los hombres, de la actuación del derecho y de lo que ocurre en los tribunales.

En consecuencia, la palabra de quien acude diariamente a su despacho y ejerce su ministerio es el real personaje llamado a expresarse, a reflexionar y manifestar su pensamiento, y a describir con conocimiento vivo la naturaleza de los conflictos, sus complejas aristas y cómo razonamos y debemos razonar en su tratamiento.

El planteo inicial reconforta al iniciado y advierte al que no lo es, al ubicar la índole y naturaleza del razonamiento jurídico. Éste es, evidentemente, una especie del razonamiento práctico, y cuando decimos práctico, nos referimos a la praxis. Sí, por cierto, este razonamiento versa sobre la acción, la conducta. No versa sobre las cosas. Es una especie, como lo es el razonamiento acerca de la moral o de la política. Juzgamos en todos estos casos acciones humanas, que se ubican dentro del género que denota la praxis. Pero hay una diferencia específica entre el razonamiento jurídico, el moral o el político, pues cada uno tiene características propias y, todos ellos, genéricamente, se diferencian del razonamiento especulativo.

Las premisas del...

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