Algunos problemas de la adopción en argentina puestos de manifiesto por la corte interamericana de derechos humanos

AutorCecilia Lopes
CargoAbogada, docente de Derecho de Familia y Sucesiones en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (UNLP)
Páginas100-116
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ALGUNOS PROBLEMAS DE LA ADOPCIÓN EN ARGENTINA PUESTOS DE
MANIFIESTO POR LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
Por Cecilia Lopes1
i. Introito.
El 27 de Abril de 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió el caso
Forneron e hija vs. Argentina”, convirtiéndose en la primera sentencia en la que dicho
órgano internacional avanza en relación con nuestro país en una temática que
clásicamente podría haber sido considerada de Derecho Privado: la adopción.
Junto a la sentencia dictada en el Caso Atala Riffo y Niñas vs. Chile,2 componen una
moderna doctrina jurisprudencial de consulta y uso necesario para el Derecho de
Familia, ya que se avanza a nivel regional en la redefinición de conceptos ahora
sustentados por la pluralidad y el respeto a los Derechos Humanos.3
Si bien se ha dicho mucho en torno de la condena a Argentina en este caso, lo cierto es
que la misma desnuda parcialmente la problemática de la adopción en nuestro país.
Sabemos que excede ampliamente este comentario avanzar en la siguiente afirmación.
Solo queremos dejar establecido que los circuitos y prácticas paralelos a los
establecidos por el Estado pueden responder a dificultades originadas en un fuerte
arraigo cultural respecto al mantenimiento de los vínculos biológicos, que obtura a la
1 Abogada, docente de Derecho de Familia y Sucesiones en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (UNLP),
cecilopes@yahoo.com
2 Sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 24 de febrero de 2012 en la que se aborda, con
profundidad, los criterios de determinación de la idoneidad de los padres para la guarda de los hijos después de su separació n,
argumentación motivada por el cuestionamiento de la madre debido a su orientación sexual.
3 Resta que la Corte se expida en el caso Gretel Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica, vinculado con la práctica de la técnica de
reproducción asistida de Fecundación In Vitro que está prohibida en Costa Rica, a raíz de un fallo de la Sala Constitucional de la
Corte Suprema de Justicia de ese país.
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adopción como medida para garantizar el derecho del niño a vivir en familia pero que,
paradójicamente, atentan contra el mismo principio que los sostiene, tal como veremos
ha sucedido en el caso.
En lo que sigue se formulará un análisis de la sentencia, destacando la doctrina que ha
establecido el Tribunal regional. Se culminará con algunas palabras en relación con el
abordaje del instituto de la adopción en el proyecto de Reforma y Unificación de los
Códigos Civil y Comercial, en pleno debate parlamentario al momento de la realización
del presente.
ii. Los hechos.
Fruto de una relación de pareja, nace una niña el 16 de Junio de 2000. Sus
progenitores culminaron la relación antes de dicho momento, enterándose el padre del
embarazo por un tercero. Dudaba de su paternidad, circunstancia que no fue
confirmada por la madre de la niña.
Al día siguiente de su nacimiento la guarda de la niña fue entregada por su madre a un
matrimonio con miras a la adopción. Dicha intención quedó plasmada en el acta de
entrega de la que intervino el Defensor de Pobres y Menores. Lo expuesto ocurrió un
sábado en una ciudad distante 100 km del domicilio de la madre.
Vuelta a su ciudad, la madre de la niña le confirma su paternidad al Sr. Forneron
manifestando éste su intención de responsabilizarse de la crianza de su hija.
A partir de ese momento, el padre de la niña comienza a desarrollar una serie de
acciones tendientes a revocar la guarda de su hija, conferida pocos días antes y de una
manera sumamente precaria, sin lograr los resultados deseados. Es así que:4
4 Debido a que el presente comentario no se centra en los aspectos procesales del caso, se simplificará el recorrido judicial que
transitaron las partes a los efectos de facilitar su lectura y entendimiento.

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