Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL, 30 de Septiembre de 2016, expediente CCC 021856/2014/TO02

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 21856/2014/TO2 Buenos Aires, 30 de septiembre de 2016.

Y VISTOS:

Se reúnen los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 13, D.. Enrique J.

Gamboa, D.L.G. y A.C., juntamente con el Sr. Secretario del Tribunal, Dr. J.P.A., para dictar sentencia en la presente causa nro. 71.450/2013, 18.219/2015, 2.178/2015 y 21.856/2014 seguidas por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Nº

13 de Capital Federal contra VÍCTOR HUGO JOSÉ

LÓPEZ –argentino, nacido el 29 de mayo de 1981, en esta ciudad, soltero, hijo de J.B.D. y de América López, detenido, actualmente alojado en el CPF I –Ezeiza- del S.P.F., identificado con D.N.

  1. nro.

    28.813.451, y prontuario policial TM 22.639 y del Registro Nacional de Reincidencia O2695981- por los delitos de lesiones dolosas leves recíprocas -causa nro. 71.450/2013- en concurso real con robo doblemente agravado por haber sido cometido en poblado y en banda y empleando armas –causa nro. 18.219/2015- que concurre materialmente con robo en grado de tentativa –causa nro. 2.178/2015- en concurso real con lesiones graves, como coautor –causa nro. 21.856/2014- y contra S.G.D. –argentina, nacida el 19 de octubre de 1984, en esta ciudad, soltera, hija de José

    Benito (f) y de América Florencia López, domiciliada en la calle Monseñor de A. nro. 136, Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, identificada con D.N.

  2. nro.

    Fecha de firma: 30/09/2016 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.P.J.A., SECRETARIO DE CAMARA #27732294#163364991#20160930093834067 31.190.317, y prontuario policial TM 36.644 y del Registro Nacional de Reincidencia O2805430- por el delito de coacción agravada por el uso de arma –causa nro. 21.856/2014-

    (artículos 42, 45, 89, 149 ter, inciso 1°, 164, 166, inciso 2°, y 167, inciso 2°, del Código Penal).

    Intervienen en la causa el Sr. Fiscal General, D.J.C.C., y el Sr.

    Defensor Oficial Coadyuvante, Dr. L.B..

    RESULTA:

Primero
Hechos

Causa nro. 71.450/2013 En el requerimiento fiscal de elevación a juicio que corre a fs. 993/997, se atribuyó el imputado LÓPEZ los hechos transcriptos a continuación:

… ocurridos el 15 de diciembre de 2013, siendo aproximadamente las 23:15hs., en la intersección de las calles Constitución y S. delE.C., haberse provocado recíprocamente lesiones de carácter leve, al mantener una incidencia, utilizando para ello en el caso L. un cuchillo que tenía encintado en un palo de escoba que se logró

secuestrar, en tanto que R.T. utilizó

un elemento corto punzante que no se logró

secuestrar.

Esta circunstancia fue puesta en conocimiento por el agente G.M.B. del Centro de Monitoreo denominado M4 Fecha de firma: 30/09/2016 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.P.J.A., SECRETARIO DE CAMARA #27732294#163364991#20160930093834067 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 21856/2014/TO2 de la Policía Federal Argentina, se encontraba observado la filmación de la cámara de seguridad ubicada en la intersección indicada, notó que sobre la segunda de las nombradas había un hombre que vestía pantalón bermuda corto y musculosa negra, quien posteriormente fue identificado como M.S.R.T., que hablaba con un hombre siendo que de una finca sita en Santiago del Estero altura catastral 1408 egresó un tercer sujeto vestido con pantalón de jean claro y con el torso desnudo, quien fue identificado como V.H.J.L., llevando en sus manos un palo de madera tipo escoba, quien se acercó

al masculino de pantalón bermuda con el propósito de agredirlo, propinándole un golpe con dicho elemento en la mano, producto de esto el sujeto que vestía bermuda repelió la agresión y se trenzó a golpes con el portador del palo. Seguidamente quien portaba bermuda de color azul, le sacó el elemento cortopunzante, similar a la punta con la cual lo agredía. Finalmente el sujeto del torso desnudo trató de retirarse del lugar y regresó

con intención de seguir peleando con el restante individuo que partió una botella de vidrio en el suelo con fines de lesionar a su oponente que presentaba la espalda sangrante, no pudiéndose tranzar en lucha dado que los vecinos del lugar intervinieron para calmar la situación, separándolos

.

Causa nro. 18.219/2015 Fecha de firma: 30/09/2016 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.P.J.A., SECRETARIO DE CAMARA #27732294#163364991#20160930093834067 En la requisitoria formulada por el Sr. Fiscal de grado a fs. 1410/1413, se imputó

a LÓPEZ el hecho seguidamente transcripto:

… haberse apoderado ilegítimamente, mediante violencia en las personas, junto a tres hombres que no pudieron ser identificados, previo acuerdo de voluntades y distribución anticipada de tareas, utilizando para ello un arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no puede de ningún modo tenerse por acreditada, pero que se utilizó como elemento contundente para lesionar a la víctima, de una billetera que contenía papeles varios y doscientos pesos propiedad de J.C.L.P., el día 30 de marzo de 2.015 a las 23:00 horas aproximadamente, en el garaje ‘A.’ ubicado en la avenida D.V. nro.

5.047/5.063 de esta ciudad…

En las circunstancias destacadas, el imputado y sus acompañantes ingresaron al garaje identificado, en el cual se encontraba la víctima cumpliendo tareas de sereno, la amenazaron y, mediante la exhibición de un arma de fuego, le exigieron la entrega de dinero, ante lo cual L.P. les refirió que allí no había nada.

Seguidamente, L. y los restantes, agredieron físicamente al nombrado, le propinaron golpes con el arma y con los puños, provocando que el damnificado cayera al suelo, donde continuaron dándole puntapiés en distintas partes del cuerpo, ocasionándole lesiones.

Fecha de firma: 30/09/2016 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.P.J.A., SECRETARIO DE CAMARA #27732294#163364991#20160930093834067 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 21856/2014/TO2 A continuación, dos de los agresores revisaron la oficina del garaje y, al no encontrar ningún elemento de valor, le sustrajeron a L.P. la billetera que contenía papeles personales y dinero en efectivo.

Luego de unos minutos, se presentaron en el lugar varios vecinos para asistir a la víctima, por lo cual tres de los agresores se fugaron, mientras que L. continuó revisando las instalaciones de la cochera, momento en el cual arribó personal perteneciente a la Seccional 11° de la Policía Federal Argentina, que encontró al damnificado tirado en el suelo con la cara ensangrentada, oportunidad en la cual éste señaló al encartado –que estaba a su lado- como autor del hecho

.

Causa nro. 2.178/2015 Al momento de solicitar la elevación de las actuaciones (fs. 1621/1623) el Sr.

Fiscal de Instrucción atribuyó a LÓPEZ el siguiente evento delictivo:

… haber intentado sustraer un teléfono celular marca M., modelo R., color blanco, al menor L.T.V., el día 1 de enero de 2015, en circunstancias en que el nombrado se encontraba junto a una amiga próximo a la intersección de las calles L.M. y A.M., de esta Ciudad Capital.

En dichas circunstancias de tiempo y lugar, fue que V.H.J.L., siendo aproximadamente las 20:00 horas se acercó a la Fecha de firma: 30/09/2016 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.P.J.A., SECRETARIO DE CAMARA #27732294#163364991#20160930093834067 víctima y a su amiga, refiriéndoles que se encontraba armado a la vez que les requería entregaran sus pertenencias o de lo contrario los lastimaría, por lo que el nombrado entregó

su teléfono celular, para luego darse a la fuga el delincuente.

Momentos más tarde, mientras la víctima se dirigía junto a sus progenitores a la dependencia policial a fin de dar novedad del hecho criminal que había sufrido, es que su padre llamó al abonado telefónico instalado en el aparato sustraído, logrando escuchar que el mismo sonaba y era cargado por un sujeto que se encontraba a unos diez metros, por lo que el padre de la víctima tomó a este sujeto por los brazos, siendo reconocido por el menor como el autor del robo, y al ser identificado resultó ser el actual imputado V.H.J.L..

Causa nro. 21.856/2014 En el requerimiento fiscal de elevación a juicio que luce a fs. 1787/1790, la fiscalía instructoria imputó al endilgado LÓPEZ el hecho transcripto a continuación:

… haber causado lesiones graves a M.A.A.R. el 4 de abril de 2014, entre las 21:00 y las 21:30 hs..

En esa oportunidad, el damnificado tomaba una cerveza en la calle Constitución, entre S.J. y Santiago del Estero de esta ciudad, junto a su hermano J. y dos amigos más, cuando recibió un llamado de parte de O., hija de su pareja, quien le dijo que Fecha de firma: 30/09/2016 Firmado por: E.J.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: J.P.J.A., SECRETARIO DE CAMARA #27732294#163364991#20160930093834067 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 13 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 21856/2014/TO2 V.H.J.L. y su hermano, se encontraban en la puerta del edificio donde está su vivienda.

Al llegar allí, vio al nombrado con una cadena de media pulgada, de aproximadamente 40 cm. de largo, mientras que su hermano poseía un cuchillo, encontrándose...

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