Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL, 16 de Septiembre de 2016, expediente CCC 026148/2007/TO02

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 26148/2007/TO2 Buenos Aires, 16 de septiembre de 2016.

Y VISTOS:

Reunidos los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal nº

27, doctores J.H.R. –Presidente del debate–, F.M.S. y M.R.A. –como vocales–, con la presencia del señor Secretario del Tribunal, M.C.C., para dictar sentencia en la causa nº 4832 seguida por el delito de robo triplemente agravado por su comisión con armas, en poblado y en banda y por la participación de menores de dieciocho años, a A.M.M., titular del DNI N° 22.813.250, argentino, nacido el 22 de septiembre de 1972 en Capital Federal, hijo de Á.M. y de M.B.G., P.. Policial SP 120.118, E.. del Registro Nacional de Reincidencia n° O2832119, LPU N° 246.555.

La audiencia de juicio oral se desarrolló en presencia del señor F. General, doctor G.P. DE LA FUENTE, el Dr.

G.A.F., titular de la Defensoría Oficial n° 6 y el acusado A.M.M..

El orden de en la votación de la presente sentencia es el siguiente: J.H.R. –Presidente–, M.R.A. y F.M.S. –vocales–.

RESULTA:

En el requerimiento de elevación a juicio de la señora Fiscal de Instrucción, doctora E.G.A., titular a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 40, al momento de describir Fecha de firma: 16/09/2016 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28117944#162213609#20160916104520353 los hechos expresó que se le imputa a M. “…el haber tomado participación en el asalto a mano armada cometido en el supermercado sito en Avenida Independencia 3765 de esta Ciudad, propiedad de Z.Z.H., el día 5 de mayo de 2007, siendo aproximadamente las 11:30 horas, oportunidad en la cual, con su colaboración indispensable –pues se desempeñaba como vigilador de dicho comercio-, los menores sobreseídos C.V., P.J.T. y G.L.R. –todos ellos de 15 años de edad- irrumpieron en el citado establecimiento y sustrajeron distintos elementos de valor, en tanto las acusadas M.A.M. y M.Y.M. –a la sazón hermana y pareja respectivamente del imputado-

aguardaban en el exterior el resultado de los acontecimientos.

A tal fin, blandiendo un arma de fuego, V., T. y R. ingresaron al establecimiento en el cual prestaba servicios de seguridad el epigrafiado y colocándole a la cajera F.Z. un cuchillo en el cuello, le exigieron a esta última la entrega del dinero que había en la caja registradora, a lo que aquella accedió entregándoles la suma aproximada de trescientos pesos ($300).

Luego de ello, los tres menores mencionados se dieron a la fuga, resultando T. y R. aprehendidos momentos después por personal policial a instancias de unos transeúntes ocasionales en la intersección de las calles Estados Unidos y C. de esta Ciudad, hallando los agentes del orden cuatro pesos ($4) en poder de T. y once pesos ($11) en poder de Ravelino.

Fecha de firma: 16/09/2016 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28117944#162213609#20160916104520353 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 26148/2007/TO2 Por su parte, las acusadas M. y M. y C.V. –quien resultó ser sobrino de A.M.M.-, resultaron aprehendidos en la intersección de las arterias Castro e Independencia de Capital Federal, ocasión en la cual los preventores secuestraron en poder de M. la cantidad de ciento noventa pesos con cincuenta centavos ($190,50), en poder de Vega sesenta pesos ($60) y un “ticket canasta” por el valor de diez pesos ($10), mientras que en poder de M.Y.M. se incautó la suma de treinta pesos ($30).

Finalmente, personal de la Seccional 10ª de la Policía Federal Argentina, secuestró del interior de un volquete ubicado frente al número 3951 de la calle Estados Unidos, el cuchillo utilizado por los menores para perpetrar el hecho investigado, como así también una campera de gimnasia azul con vivos blancos, frente al 857 de la calle C..

Asimismo, fueron hallados una campera roja y gris, dos paquetes de galletitas “Okebon” dentro de una bolsa de supermercado y un buzo con capucha beige, frente al 854 de la referida arteria, elementos éstos que fueron descartados por los imputados durante su huida…”.

La F. calificó la conducta de M. como configurativa del delito de robo triplemente agravado por su comisión con armas, en poblado y en banda y por la participación de menores de dieciocho años de edad (arts. 41 quater, 45, 54, 166 inciso 2° y 167 inciso 2°, del C.P.).

Fecha de firma: 16/09/2016 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28117944#162213609#20160916104520353 Y CONSIDERANDO:

El doctor J.H.R. dijo:

Primero
  1. De la Indagatoria:

    A.M.M. dijo ser de nacionalidad argentina, nacido el 22 de septiembre de 1972, en Capital Federal, hijo de Á.M. y de M.B.G.. Refirió estar casado y tener estudios secundarios incompletos. A preguntas del tribunal refirió que trabajaba como vendedor ambulante, albañil, que siempre se la rebuscó para poder trabajar.

    Hizo saber que su último domicilio fue en la calle Canadá

    2700, I.B., L. de Z., Provincia de Buenos Aires, en un terreno que compró.

    Agregó que no tiene ninguna adicción y que en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza solicitó tratamientos psicológicos porque no se encuentra bien anímicamente.

    A preguntas de la defensa, respondió que dos semanas antes de su detención trabajaba como seguridad en Punta Mogotes y tenía otro trabajo de seguridad en eventos. En esas dos funciones se desempeñó

    aproximadamente siete años, durante los cuales no hubo ningún reclamo a su respecto.

    Agregó que nunca inició el nivel secundario y que terminó el primario en edad adulta, en una escuela de devoto. Ello se debió a que dejó de estudiar siendo menor porque tuvo una infancia difícil: su madre Fecha de firma: 16/09/2016 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28117944#162213609#20160916104520353 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 27 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 26148/2007/TO2 era alcohólica y le pegaba, y su padre no lo quería recibir porque tenía otra mujer. Por otra parte, su progenitora le pegaba a su abuela por recibirlo en su casa.

    Además, hizo saber que se desempeñó en los Bomberos Voluntarios de Vuelta de R. durante dieciséis años y adquirió cuatro especialidades: médico, paramédico, adiestra perros y rescate vehicular.

    Dicha tarea le ocupaba cuatro días a la semana y le dificultó conseguir trabajo.

    Abandonó su intervención como bombero en el 2002, a sus veintinueve años. Estuvo un año y unos meses trabajando de cartonero porque no conseguía trabajo.

    En relación a su familia, refirió que tiene siete hijos en Lomas de Zamora; un hijo en Santa Fe, en el barrio La Cortada; y una hija de dieciséis años y otro de quince que están con un padre sustituto.

    Se negó a declarar, por lo que se dio lectura a la indagatoria de fs. 292/4. En esa oportunidad declaró “…Primero quiero decir que es la primera vez que tengo un problema por robo. Después quiero aclarar que niego el hecho que se me imputa. Respecto del hecho quiero aclarar que ese día yo estaba en el autoservicio, estaba parado a tres metros o cuatro de la puerta de entrada, yo estaba en frente de la zona de cajas, pero distante a unos cinco metros. Yo estaba mirando para el interior del local y de repente veo entrar dos pibes, a los que nunca había visto.

    El primero, cuando yo lo voy a parar me saca un tramontina, y me tira un facazo al estómago y yo me tiro para atrás. Cuando me corro para Fecha de firma: 16/09/2016 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28117944#162213609#20160916104520353 atrás, el segundo tipo se le va encima a la chica de la caja y le pone un cuchillo encima, en el cuello y por eso yo me quedo quieto. El que me tiro el facazo a mi, me dijo: “vos te movés y yo te abro la panza” (sic), yo le dije: “esta bien, esta bien, llévate todo lo de la caja” (sic).

    Después el otro, el que tenía a la chica de la caja me dice: “no te muevas que le corto el cogote” (sic). Yo le dije que se quede tranquilo, que no iba a hacer nada y veo que revuelve la caja, mientras el otro con una mano seguía amenazando a la cajera con el cuchillo y con la otra tomaba el dinero de la caja. Después que terminaron de guardar la plata, el que amenazaba a la cajera le dice al otro: “ya está, vamos, vamos” (sic). Yo los dejo que se acerquen a la puerta, ya había salido el que me había amenazado a mi y entonces trato de atrapar al otro, ese se safa, cuando yo le intento agarrar el brazo y sigue corriendo, por lo que yo salí a perseguirlo, al igual que el verdulero y el carnicero. Mientras yo iba corriendolo, iba llamando al 911 desde mi teléfono celular, yo les describí las ropas, todo, y un diariero también llamó al 911, después se me perdieron y los encontró la policía. Después que yo llamé a la policía, llame a mi empleador, al que me contrató como seguridad del autoservicio y le conté lo que me había pasado. El me preguntó si estaba bien, me dijo que me tomara ese día y al día siguiente de descanso y después me llamó y me cambió de autoservicio, me mandó

    para E.P. y L., por eso ya no volví más a ese lugar. Yo siempre trabajé en seguridad privada, y nunca tuve ningún problema, nada, mismo trabajé hasta hace dos semanas…”.

    Fecha de firma: 16/09/2016 Firmado por: J.H.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.C.C., SECRETARIO DE CAMARA #28117944#162213609#20160916104520353 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder...

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