Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 21 de Marzo de 2017, expediente FPO 002756/2017/TO01

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 2756/2017/TO1 Posadas, 20 de marzo de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en este incidente Nº FPO 2756/2017/TO1 caratulada: “«caratula Principal»” Principal en Tribunal Oral TO01 -

BENEFICIARIO: TOLEDO, D.C.A. s/HABEASC., la competencia de este Cuerpo Colegiado en relación al Habeas Corpus incoado por el Dr. G.A.B.G., a favor del condenado con sentencia no firme D.C.A.T. –quien cumple arresto domiciliario en el inmueble sito en calle 61 -cortada- Nº 3728, piso 1º

depto. B de Posadas- y, CONSIDERANDO:

A fs. 1/23 del presente el defensor particular Dr. G.A.B.G., interpuso H.C. a favor del condenado con sentencia no firme D.C.A.T., contra las condiciones de arresto domiciliario oportunamente dispuesto.

Seguidamente –fs. 24-, se formó el presente y se ordenó

al Actuario informar respecto del trámite del expediente principal -Nº FPO 11010620/2012/TO1- así como del incidente de arresto domiciliario -Nº FPO 11010620/2012/TO1/56-.

Practicado el informe A. –fs. 25/26 del presente-, quedó certificado que las resoluciones dictadas en el incidente de arresto domiciliario se encuentran firmes a la fecha. Asimismo, se informó que la sentencia recaída en el principal no se encuentra firme, por estar pendiente de resolución ante la Sala I de la Excma. CFCP, un Recurso de Queja por Casación Denegada, incoado por el defensor del condenado D.C.A.T..

Atento que el detenido con arresto domiciliario D.C.A.T. reviste la calidad de condenado con sentencia no firme, corresponde declarar la incompetencia de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Posadas para resolver el habeas corpus planteado conforme lo dispuesto por el Art. 8 inc. 2 de la ley 23.098, y lo resuelto por el Superior en autos “C., R.E. s/hábeas corpus, sala IV 27/11/2013”, CFCP, y remitir en consulta de la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, con carácter de muy urgente despacho, a los fines que disponga lo pertinente (Art. 10 de la Ley 23.098)

Fecha de firma: 21/03/2017 Firmado por: M.A.J.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO HACHIRO DOI, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.M.U., SECRETARIO DE JUZGADO #29568926#174411307#20170321095028775 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO...

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