Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA, 17 de Marzo de 2017, expediente FCR 001086/2013/TO01

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA FCR 1086/2013/TO1 Comodoro Rivadavia, de marzo de 2017.-

AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Habiendo sido puesta en vigencia la reforma contenida en la ley 27307; que en su artículo 17 establece que tal régimen se aplica a las causas que se hubieran iniciado con anterioridad; y que es deber de los Jueces integrar los vacíos legales, de modo de facilitar la efectiva puesta en marcha de la voluntad de legislador y el derecho a ser juzgado en un plazo razonable reconocido por la Excma. CSJN en el caso “M.” (Fallos 272:188), y tal como lo sostiene el más alto tribunal in re “G., F.M.” (Fallos 234:482)

donde remite a la opinión vertida por el Procurador General, aludiendo a que la intervención de nuevos jueces en las causas pendientes no afectan la garantía del Juez Natural, por supuesto, en el marco de modificaciones legales a las normas sobre competencia y jurisdicción; y a lo impuesto por el art. 9º de la ley referida, el Presidente del Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia:

RESUELVE:

1) INTEGRAR con un J. unipersonal para el desarrollo del debate.-

2) DESINSACULAR Magistrado para presidir el mismo en los términos del art. 354, 2do. Párrafo del CPPN (nueva redacción) con conocimiento de resto de los Jueces hasta aquí actuantes.-

3) FIJAR audiencia de Debate y Juicio para el día 18 de mayo del 2017 a las 10:00 horas, en la Sala de Audiencias de Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia, Chubut, y en los términos del art. 359 del CPP, cítese a las partes y testigos, bajo apercibimiento del art. 154 CPP, debiendo presentarse N.F.R., munido de su Documento de Identidad, media hora antes de la convocada para el juicio. Asimismo, cítese ese mismo día a las 10:30 horas a los testigos a A.G., L.M., G.J., y J.M.O..-

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