Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA, 15 de Diciembre de 2016, expediente FGR 012000685/2012/TO01

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 12000685/2012/TO1 ACTA DE SENTENCIA: En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, a los quince días del mes de diciembre de dos mil dieciséis, se reúne el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta ciudad, presidido por el doctor A.A.S. e integrado por los doctores Orlando Arcángel Coscia y A.M.M., con la presencia de la Secretaria, doctora E.B., a fin de dictar sentencia en los autos caratulados “BARCENA, M.C. s/ delito c/ la propiedad" expte. N° 12000685/2012/TO1, que se siguen contra M.C.B., DN

  1. 32.225.484, argentina, hija de R.M. y M. de los Ángeles Barase, nacida el 15 de septiembre de 1986 en Allen, Río Negro, con domicilio actual en calle J.H. 1510 de Cipolletti, provincia de Río Negro.

    Concluida la deliberación prevista por el artículo 396 del Código Procesal Penal de la Nación, luego del sorteo de práctica surgió el siguiente orden de votación: Dr. A.A.S., Dr. Armando M.

    Márquez y Dr. Orlando A. Coscia.

    RESULTANDO:

  2. Los hechos:

    Que conforme a la requisitoria de elevación a juicio obrante a fs. 186/188 se le imputa a la acusada el siguiente hecho: “...haber defraudado al Banco de la Nación Argentina por abuso de confianza depositada en ella, en razón de la relación laboral que la uná con tal institución, desplegando para ello las siguientes maniobras: en primer lugar, con fecha 30 de julio de Fecha de firma: 15/12/2016 Firmado por: A.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.B., Secretaria de Cámara #27352694#169007128#20161215114421493 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR 12000685/2012/TO1 2010procedió como empleada del Banco Nación Argentina –

    Sucursal Allen a dar de alta a una tarjeta de Crédito Mastercard cuenta N° 72643264 a su nombre y en fecha 18 de octubre de 2010, aumentó el límite de compras asignados de $1.800 a $10.000 y en segundo lugar, en fecha 25 de junio de 2010 dio de alta a una tarjeta de crédito Nativa N°

    4870170085452200 a nombre de J.P.F., todo ello con la utilización de la terminal informática correspondiente a su compañera M.J.M. generando, a través de las tarjetas de crédito indicadas, disposiciones patrimoniales por parte de la entidad bancaria que ascienden a la suma de “14.645,96, con el consecuente menoscabo patrimonial.

  3. El Juicio abreviado.

    La señora F. General, Dra. M.B., y la Defensora Pública Coadyuvante, Dra. G.L., solicitaron la realización de juicio abreviado, según las reglas establecidas en el artículo 431 bis del CPPN, acompañando el acuerdo al que arribaron, conforme las constancias de fs. 236.

    La acusadora pública estimó suficiente imponer a M.C.B. la pena de dos años de prisión en suspenso, inhabilitación especial perpetua y costas procesales. Asimismo solicitó que se apliquen las reglas de conducta que resulten más convenientes a la acusada, conforme lo establecido por el artículo 27 bis del Código Penal.

    Fecha de firma: 15/12/2016 Firmado por: A.M.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.B., Secretaria de Cámara #27352694#169007128#20161215114421493 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE GENERAL ROCA FGR...

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