Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL, 21 de Septiembre de 2016, expediente CCC 002460/2016/TO01

Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 2460/2016/TO1 la ciudad de Buenos Aires, el día 21 de septiembre del año dos mil dieciséis, se reúnen los Sres. Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N° 25, D.. R.B.L. como P., y A.D.D.H. y R.G.G. como vocales, con la asistencia de la Sra. Secretaria, Dra. Patricia G.

BECCHI, para dictar sentencia en la causa n° 4729 del registro de dicho Tribunal, instruida en orden al delito de robo agravado por su comisión en poblado y en banda y por el uso de armas, contra C.L.C., sin otros nombres, ni apodos, indocumentado, de nacionalidad argentina, nacido el 18 de octubre de 1984 en la Provincia de Buenos Aires, hijo de J.O. y de M.R.B., de estado civil soltero, identificado con Prontuario RH N°271.793 de la Policía Federal Argentina, de ocupación cartonero, con último domicilio real registrado en autos en la calle C. 2875 de esta Ciudad, contra H.D.D.L.P., sin otros nombres, ni apodos, titular del D.N.I 34.873.815, de nacionalidad argentina, nacido el día 12 de diciembre de 1989 en esta Ciudad, de estado civil soltero, de ocupación empleado, hijo de H.R. y de I.L., con último domicilio real registrado en autos en el H.C.J.P.I., ubicado en M.A. 2333 de esta Ciudad, identificado con Prontuario RH n° 290.172 de la Policía Federal Argentina y actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal I (Ezeiza), contra C.R.R. ó M.M.R., titular del D.N.I 23.409.807, de nacionalidad argentina, nacido el 24 de septiembre de 1973 en la Provincia de Mendoza, de estado civil soltero, de ocupación vendedor ambulante, identificado con P.L.T. 52.412 de la Policía Federal Argentina, hijo de R.E. y de N.B., con último domicilio real registrado en autos en la calle Santo Domingo 1843, de la Localidad de Libertad, Partido de Merlo, Provincia de Buenos Aires, y actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal II (Marcos Paz) y contra L.D.O., sin otros nombres, ni apodos, titular del DN

  1. 20.640.645, de nacionalidad Fecha de firma: 21/09/2016 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #28033355#162327077#20160928140059794 argentina, identificado con Prontuario Serie TM 30.660 de la Policía Federal Argentina, nacido el 11 de diciembre de 1968 en esta Ciudad, de ocupación cartonero, hijo de J.L. y M.A.S., de estado civil soltero, con último domicilio real registrado en autos en la calle M.A. 2333 de esta Ciudad, y actualmente detenido y alojado en el Complejo Penitenciario Federal II (Marcos Paz).

Intervienen en el proceso la Sra. Fiscal General, Dra. D.P. y el Sr. Defensor Oficial , Dr.

G.A. asistiendo a todos los imputados.

El Dr. R.B.L. dijo:

Y VISTOS:

Han venido estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del requerimiento de elevación a juicio obrante a fs. 163/167 en el cual el Sr.

Representante del Ministerio Público Fiscal atribuyó a los imputados C., De La Prescilla, R. y Obregón, el delito de robo doblemente agravado, por haber sido cometido en poblado y en banda y con el uso de armas, en carácter de coautores (arts. 45, 166 inciso 2°, primer párrafo y 167 inc. 2° del C.P.)

En base a la descripción fáctica que se formulara en la respectiva acusación.

CONSIDERANDO:

Primero

Que a fs. 312, fs. 313, fs. 314 y fs. 315, la Señora Fiscal General y el Sr. Defensor Oficial, junto con los imputados C., De la Prescilla, R. y Obregón, solicitan se aplique en esta causa el procedimiento de "juicio abreviado" previsto por el art. 431 bis, del Código Procesal Penal de la Nación, introducido por la ley 24.825.

Segundo

De las pruebas recibidas durante la instrucción: Lo expuesto en base a las siguientes probanzas arrimadas a la causa:

-Declaración testimonial del Cabo 1° F.J.G. obrante a fs. 1/2, quien manifestó que se encuentra afectado al operativo cinturón sur, que el día 12 de enero de 2016, en momentos en que se encontraba recorriendo el ejido jurisdiccional por la calle A.M.J. y Av. La Fuente de esta Ciudad, fue alertado por dos masculinos los cuales circulaban Fecha de firma: 21/09/2016 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #28033355#162327077#20160928140059794 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 2460/2016/TO1 a bordo de una camioneta Peugeot Partner dominio colocado DLD 353, quienes le refirieron que a metros del lugar cuatro masculinos intentaban robar a otro.

Fue así, que se dirigió al lugar donde observó que una persona de sexo masculino pedía auxilio y poseía su rostro ensangrentado, asimismo esta persona quien a posteriori resultó ser R.C., señaló a los masculinos los cuales se encontraban a unos 30 metros del lugar, por lo que rápidamente procedió a dar la voz de alto, siendo esta orden acatada por los dos masculinos quienes se identificaron como H.D. De la Prescilla y L.D.O.. Seguidamente, el damnificado indicó que otros dos masculinos que se encontraban a otros 30 metros de este lugar también habían sido autores del hecho, por lo que solicitó

mediante frecuencia interna la cooperación de otro móvil, concurriendo al instante el Cabo 1° A.L.R. a cargo del móvil 336, quien le dio la voz de alto a los masculinos restantes quienes se identificaron como C.L.C. y M.M.R.. En relación a los hechos el damnificado reconoció a los cuatros masculinos como aquellos que instantes antes le sustrajeron su teléfono celular, por lo que en presencia de dos testigos, S.. M.O.A. y de E.T.C. se procedió a la detención y a la lectura de derechos a los imputados. Asimismo, el damnificado refirió que el corte en su rostro fue producto a que uno de los masculinos le había arrojado una botella.

- Acta de notificación de detención y lecturas de derechos a los imputados Obregón, De la Prescilla, C. y R. obrantes fs. 3, fs. 4, fs. 5 y fs.

6, respectivamente.

- Declaración testimonial de M.O.A. de fs. 9, quién indicó que el día 12 de enero de 2016, siendo aproximadamente las 19:30 horas, en circunstancias en las que transitaba a bordo de su rodado particular, marca Peugeot, modelo P., dominio colocado DLD-353, color rojo, por la Av.

V., luego de girar su marcha en la calle A.M.J. de esta Ciudad, pudo observar que se encontraba un grupo de cuatro masculinos agrediendo a otro, Fecha de firma: 21/09/2016 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #28033355#162327077#20160928140059794 aparentemente intentando cometer un ilícito y que este último se defendía con algún elemento contundente que no pudo determinar qué objeto era. Que por ello se dirigió hacia un puesto de Gendarmería Nacional que se encontraba cercano y dio aviso de lo que estaba sucediendo al personal uniformado, siendo que estos se dirigieron al lugar en forma inmediata y detuvieron al grupo de masculinos. Con respecto a los masculinos detenidos había podido observar que uno de ellos vestía una remera deportiva de color blanca y el otro tenía una remera deportiva de color rojo. Que con respecto a los otros masculinos no podía aportar datos.

-Declaración testimonial de E.T.C. de fs. 10, quien se expidió en similares términos que su amigo A., indicando que el día 12 de enero de 2016, siendo aproximadamente las 19:30 horas, en circunstancias en las que se encontraba acompañando a su amigo M. a dejar a sus hijas en la casa, transitando a bordo de la camioneta de él, por la Av. V., al girar en la calle A.M.J. de esta Ciudad, pudo observar que se encontraban cuatro masculinos agrediendo a otra persona intentando sustraerle sus pertenencias. Que en ese momento su amigo M. se dirigió hacia un puesto de la Gendarmería Nacional que se encontraba cercano y dio aviso a los uniformados, quienes en forma inmediata se dirigieron al lugar y detuvieron al grupo de cuatro masculinos. Que respecto de los sujetos recuerda que uno de ellos vestía remera de color blanco y el otro remera de color rojo. Que con respecto a los otros no los pudo observar con claridad.

- Declaración testimonial de R.C.H. de fs. 11/12; quien indicó que el día 12 de enero de 2016, siendo aproximadamente las 19:30 horas, en momentos en que había descendido de un colectivo de la línea 46 en la intersección de Av. V. y A.M.J. de esta Ciudad, fue sorprendido por un grupo de cuatro masculinos, de los cuales uno de ellos esgrimió

un elemento punzo cortante con el cual lo amedrentó e intentó sustraerle sus pertenencias a lo que se resistió y tomó un palo del piso para defenderse, siendo que en ese momento el masculino que poseía el Fecha de firma: 21/09/2016 Firmado por: ANA DIETA DE H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.B.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.G.B., SECRETARIA DE CAMARA #28033355#162327077#20160928140059794 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 25 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 2460/2016/TO1 cuchillo levantó una botella del piso y se la arrojó

en la cara, produciéndole a raíz de ello lesiones en la parte derecha de su rostro y en el hombro derecho, las cuales son visibles a la instrucción. Que en ese momento uno de los masculinos, le sustrajo de sus manos, su teléfono celular marca Sumsung, modelo G.I., de la empresa Movistar. Que los otros dos masculinos mientras tanto ayudaban a facilitar a que se consume el hecho impidiendo a quien declara escapar del lugar. Que con respecto a los autores refiere que el sujeto que se encontraba armado era de tez...

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