Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL, 6 de Septiembre de 2016, expediente CCC 050424/2015/TO01

Fecha de Resolución 6 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 30 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 50424/2015/TO1 REGISTRO N° 114/2016 la Ciudad de Buenos Aires, a los seis días del mes de septiembre de dos mil dieciséis, siendo las 13.00 horas, se constituyen en la sala de audiencias del Tribunal Oral en lo Criminal n° 30 de la Capital Federal la doctora M.M.R., y los doctores L.M.R. y G.E.F., con la presencia del S. actuante, doctor M.J.M., a fin de celebrar el debate oral y público en la causa n° nº 4595, seguida contra M.Y.O., por el delito abuso sexual con acceso carnal agravado por ser la víctima un menor discapacitado que se encontraba bajo su guarda (arts. 45 y 119 párrafos 3° y del C.P.). La doctora M.M.R., quien preside el debate, verifica por Secretaría la presencia de las partes, informándose que se encuentra el señor F. General, doctor H.F., interinamente a cargo de la Fiscalía General n° 26; el señor Defensor particular, doctor C.O. y la imputada M.Y.O..

Respecto de los testigos convocados se hace saber que se encuentran en Secretaría Paulo Ciarallo y M.C.P.. Los testigos presentes acreditaron debidamente su identidad dándose lectura al art. 275 del C.P. Acto seguido se da lectura al requerimiento de elevación a juicio fiscal de fs. 477/80, sólo en lo concerniente a los hechos y la calificación legal. Preguntas las partes si tienen alguna cuestión preliminar que plantear, manifiestan que no. Acto seguido la señora P. le recuerda a la imputada que por Secretaría se ha dado lectura al requerimiento de elevación a juicio, que el mismo contiene la imputación que se le formula y se le hace saber que goza de los siguientes derechos y debe ajustarse a las siguientes formalidades: que tiene la facultad de declarar o abstenerse de hacerlo sin que ello implique presunción alguna de Fecha de firma: 06/09/2016 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #27557552#161367301#20160914085230742 culpabilidad en su contra. Que si se abstiene de declarar, ello se hará constar en el acta y el debate proseguirá hasta su finalización. En el curso del debate podrá

prestar las declaraciones que considere oportunas, siempre que se refieran a su defensa y tiene la facultad de hablar con su abogado defensor, pero no podrá

hacerlo con él durante la declaración o antes de responder a las preguntas que se le formulen; en esos casos nadie podrá hacerle sugerencia alguna. En caso de declarar no lo hace bajo juramento de decir verdad, pudiendo manifestar cuanto consideren necesario para su descargo o aclaración de los hechos. La señora P. le pregunta a la imputada si va a declarar, manifestando que sí. La Presidente efectúa el interrogatorio de identificación a M.Y.O., quien expresó ser argentina, DNI: 22.948.596., nacida el 2 de noviembre de 1972 en San Isidro, Provincia de Buenos Aires, hija de T.G. y de Y.G.G., en concubinato, con estudios secundarios incompletos, cuidadora de niños, domiciliada en Marconi 2741 de V.R., Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires, sin adicciones, sin antecedentes penales. DECLARÓ: Que en primer lugar quiere pedir perdón a los padres y a F., porque tuvo una mala semana con problemas familiares, fue un “brote”, no sabe que le pasó. Que pidió permiso a los padres para faltar, pero se lo negaron porque se les complicaba a ellos el día, aunque considera que eso no la justifica. En cuanto al cambio del pañal o el chequeo, sabe que fue hecho de forma inapropiada ya que no lo hizo en el lugar que debía hacerlo. Que debía hacerse en la cama cucheta, pero se le complicaba por su altura y le hacía doler las cervicales. El nene era arisco, se ponía molesto y no se dejaba cambiar los pañales fácilmente. Ese día vio que estaba incómodo y no quería estar sentado.

Como ya le había pasado otras veces, pensó que se le podría haber hecho una pelota de materia fecal. En anterior ocasión en que ello sucedió se lo comentó a Fecha de firma: 06/09/2016 Firmado por: L.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.M., SECRETARIO DE CAMARA #27557552#161367301#20160914085230742 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Tribunal Oral en lo Criminal N° 30 de la Capital Federal CCC 50424/2015/TO1 la madre, quien le dijo que solía pasar. Que ese día pasó otra vez. No estaba cómodo. Que si bien no es enfermera, se le ocurrió ponerse Xiloprocto para que no sintiera molestia. Fue una manera desprolija de realizar el trabajo. Metió la mano por la pierna aprovechando que tenía un short. Por medio de juegos le fue haciendo cosquillas en la pierna para que no se pusiera nervioso. Subió su mano y tenía una pelotita. Se incomodó y lo dejó. Al rato el nene se levantó y entonces le acomodó el pañal y le hizo fricciones en el bajo vientre, pensando que podía tener gases. A preguntas efectuadas por el F., expresó que el pedido de disculpas que hizo al comenzar su declaración fue por el maltrato que le propició, por pegarle un cachetazo. Se puso nerviosa porque se sacaba la zapatilla. Reconoce que no era la manera, pero el nene es inquieto. Que trabajaba de 8 a 20 hs., a veces se iba un rato antes. Trabajó unos cuatro o cinco meses, se fue y luego la llamaron de nuevo porque no les quedaba personal.

Estaba sola con el nene hasta el mediodía que llegaba la hermana del colegio.

Generalmente la hermana no tenía otra actividad por la tarde. Su horario era hasta las 18 ó 20 horas, era una guardia domiciliaria de doce horas. Si llegaba alguno de los familiares...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR