Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA, 16 de Septiembre de 2016, expediente FCT 012000327/2011/TO01

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE CORRIENTES - SECRETARIA

Poder Judicial de la Nación "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional"

Corrientes, 16 de Septiembre de 2016.-

AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados: “URBIETA, R.E. - RAMOS, O.R. – FLECHA, Tomás S/ Infracción Ley 23.737”, expediente Nº 12000327/2013/TO1/5, de los cuales RESULTA: Que por presentación que se agregó a fs. 565 el procesado O.R., con patrocinio letrado del doctor E.A.E., solicitó la designación del nombrado profesional como “…nuevo abogado defensor…

revocando el mandato otorgado anteriormente…”.-

Que por escrito que se agregó a fs. 566 y vta., el doctor E.A.E., manifestó haber aceptado la designación del señor O.R., D.N.I.

33.723.319, peticionando además se lo tenga como defensor del nombrado.-

En otro fragmento el señor defensor peticionó la notificación personal de la Sentencia al imputado toda vez dicha notificación aún no se formalizado.-

Abonó su presentación el citado profesional, con jurisprudencia que consideró aplicable.-

Y CONSIDERANDO: Que analizados estos autos, surge ostensible que no ha notificado fehacientemente al imputado la Sentencia Nº 28 de fecha 03 de Agosto de 2016, acto que conforme el criterio sentado por el más alto Tribunal de la República, deviene indispensable para el inicio del plazo que para el pronunciamiento aludido adquiera firmeza, estando comprometido el principio de Inviolabilidad de la Defensa en Juicio, razón por la cual asiste razón al presentante y resulta imperativo notificar los fundamentos de la Sentencia de marras al imputado O.R. en el domicilio constituido en autos, debiendo dejarse sin efecto la Detención oportunamente dispuesta por Interlocutorio que luce a fs. 552 de estos autos.-

Por todo lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

  1. ) DESÍGNASE abogado defensor de O.R., D.N.

    1. 33.723.319, al señor abogado particular, doctor E.A.E., revocándose el mandato anteriormente conferido; quien deberá tomar posesión del cargo con las formalidades de Ley.-

  2. ) DEJAR SIN EFECTO la medida dispuesta a fs. 552 y en consecuencia, ORDENAR LA INMEDIATA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR