Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL, 1 de Agosto de 2016, expediente CCC 500000243/2003/TO01

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2016
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL NRO. 5 DE LA CAPITAL FEDERAL CCC 500000243/2003/TO1 Buenos Aires, al primer día de agosto de 2016, siendo las 10:05 horas, se constituyeron en la sala de audiencias los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal n° 5, integrado por los doctores R.A.O., que lo preside, F.R.L. y A.P.L., en presencia de la Secretaria, doctora M.G., a fin de llevar a cabo el debate oral y público en la causa nº

500.000.243/03 (número interno 4747), caratulada: “LIMA, M.E. s/ robo con escalamiento en grado de tentativa”.

Se deja constancia que la audiencia de este Juicio Oral y público será grabada por sistema de audio y video, lo que se puso en conocimiento de las partes y que la presente acta se practica de conformidad con lo dispuesto en los artículos 394 y 395 del Código Procesal Penal de la Nación. Se encuentran presentes el señor F., A.Y., y el imputado M.E.L., quien comparece junto con el Defensor Oficial, doctor H.S..

Seguidamente el presidente le hace saber al imputado que deberá

estar atento a todo lo que sucederá en el debate, que durante el juicio puede hablar con su abogado defensor, salvo en el momento en que preste declaración, sí así lo desea.

Seguidamente, el presidente dispone la lectura del requerimiento de elevación a juicio de fojas 147/148; las partes manifiestan que se conforman con la lectura del hecho y la calificación legal, lo que así se hace. Seguidamente, el presidente declara abierto el debate y se informa sobre la presencia del testigo S. y sobre el Fecha de firma: 01/08/2016 Firmado por: R.A.O., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P. LANCE, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.A.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.G., SECRETARIA #2584630#158290564#20160805123138672 resultado de las diligencias de citación realizadas respecto de los restantes testigos. Les pregunta a las partes si tienen alguna cuestión previa que introducir, a lo que responden que no.

Seguidamente, el presidente convoca al estrado al imputado M.E.L., a quien le hace saber sus derechos, en especial que se puede negar a declarar sin que ello implique presunción alguna en su contra. Asimismo, le hace saber que puede declarar en cualquier momento del debate y que no se le recibirá ningún tipo de juramento de decir verdad. También le hace saber que a lo largo del juicio puede consultar con su defensor y que tiene derecho a interrogar a los testigos a través de su...

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