Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 21 de Mayo de 1996, expediente A C63185

PresidenteSalas-Mercader-Pisano-San Martín-Hitters
Fecha de Resolución21 de Mayo de 1996
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 63.185 "P., R.F. contra Neogas Gas San Justo SACIA. Enfer.accid. art. 1113, Cód.Civ. R.. de queja"//Plata, 21 de mayo de 1996.

AUTOS Y VISTO:

Que conforme tiene dicho reiteradamente esta Suprema Corte, en los casos de citación en garantía en los términos del art. 118 de la ley 17.418, la compañía aseguradora se halla habilitada para esgrimir todas las defensas vinculadas con su legitimación pasiva, es decir aquéllas que, anteriores al siniestro y resultantes del contrato de seguro, demuestren que a ese momento no existía la cobertura o, en su caso, la limitación que ésta tenía (conf. "Acuerdos y Sentencias", 1985-III-373; 1989-I-818...

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