Política y doctrina social de la Iglesia

AutorPedro Morandé Court
CargoProfesor de sociología. U.Católica de Chile
Introducción

El tema asignado a esta exposición está magistralmente recogido y resumido en el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (DSI), tanto en la sección que explica los principios generales de la enseñanza social, cuanto en el capítulo destinado al análisis de la comunidad política. En la imposibilidad de abordar en breves minutos el conjunto de todos sus elementos, quisiera llamar la atención solamente sobre algunos aspectos que parecen especialmente relevantes de esta enseñanza en el contexto del proceso de globalización en curso, a saber, el papel de la sociedad civil y del Estado, la relación entre el orden jurídico y el orden político y la influencia creciente de los medios de comunicación de masas en la constitución del espacio público.

Pero antes de referirme a ellos quisiera señalar, a modo introductorio, que la política está al servicio del bien común de la sociedad, es decir, debe ayudar a garantizar "el conjunto de las condiciones de la vida social que hacen posible a las asociaciones y a cada uno de sus miembros el logro más pleno y más fácil de la propia perfección" (GS n.26). La Iglesia enseña que el ser humano es por su propia naturaleza un ser social, cuya vocación es participar de la comunión con Dios y en Dios, que se ha revelado intrínsecamente como una comunión de personas, como también, participar de la comunión con los demás seres humanos que han sido llamados a idéntica vocación. Por ello, la perfección del ser humano no representa solamente un bien individual, del cual cada persona es responsable, sino también un bien para todas las comunidades en que él participa, las cuales se hacen así co-responsables del bien compartido. El bien común de las personas, de las sociedades intermedias y de la sociedad en su conjunto tiene así tanto una dimensión transitiva como una intransitiva. Por la primera, procura garantizar el bien personal de cada uno de los seres humanos ayudándoles a su perfección. Por la segunda, valora en sí misma esta sociabilidad que hace posible a los seres humanos vivir en la verdad y en la caridad, es decir, en comunión.

Por ello, al cuidado y responsabilidad colectiva sobre el bien común le ha llamado también el magisterio "justicia social", en el doble sentido de dar a cada uno lo que le es debido en justicia, como también, velar para que el vínculo de sociabilidad entre las personas sea en sí mismo justo y digno de ellas. El bien común no es, en consecuencia, un producto o agregación de valor, una suerte de sumatoria de bienes privados, o de bienes públicos de "interés general", sino un bien que sólo existe en cuanto compartido y que no puede ser apropiado o distribuido privadamente sin que en ese mismo acto se destruya. Así puede entenderse la enseña del Papa Benedicto XVI cuando afirma que "el orden justo de la sociedad y del Estado es una tarea principal de la política". Y agrega: "La justicia es el objeto y, por tanto, también la medida intrínseca de toda política. La política es más que una simple técnica para determinar los ordenamientos públicos: su origen y su meta están precisamente en la justicia, y ésta es de naturaleza ética" (DCE n.28 a).

Una visión de este tipo hace inmediatamente comprensible también otros dos principios tradicionales de la DSI: la solidaridad y la subsidiariedad. Dice el Compendio de la DSI que "la solidaridad confiere particular relieve a la intrínseca sociabilidad de la persona humana, a la igualdad de todos en dignidad y derechos, al camino común de los hombres y de los pueblos hacia una unidad cada vez más convencida" (n. 192). Y más adelante agrega: "El término solidaridad expresa en síntesis la exigencia de reconocer en el conjunto de los vínculos que unen a los hombres y a los grupos sociales entre sí, el espacio ofrecido a la libertad humana para ocuparse del crecimiento común, compartido por todos" (n. 194). Un orden justo sólo puede ser solidario en los términos antes descritos.

Pero por otra parte, este espacio social ofrecido a la libertad humana no puede desconocer que cada persona humana es una unidad sustancial, un fin en sí misma, y que participa de la sociedad de diversos modos y a través de distintas asociaciones, algunas de las cuales pueden ser circunstanciales u orientadas al logro de un propósito específico, como las sociedades comerciales, por ejemplo, pero otras, sin embargo, ser portadoras del bien compartido de una sociabilidad intrínsecamente justa, como el matrimonio, la familia, la escuela o la comunidad religiosa, por ejemplo, que exigen ser reconocidas en su naturaleza y autonomía, con la autoridad necesaria para gobernar su propio destino y decidir sobre aquello que le conviene. Este reconocimiento es la esencia del principio de subsidiariedad, que pide respetar el protagonismo propio de la libertad de las personas y de las asociaciones en que ellas se han involucrado de tal manera que, su pertenencia a ellas, pone en juego la vocación a la comunión en algunos de sus aspectos esenciales. La tarea fundamental de la justicia social, a este respecto, es armonizar la vida y la acción de estos diversos tipos de grupos en que las personas se involucran, sabiendo distinguir entre aquellos cuyos bienes son de apropiación privada de aquellos que representan un bien en sí mismo y que sólo puede existir por la sociabilidad compartida. Como bien precisa la frase ya citada del Papa, el orden justo que compete a la actividad política no sólo se refiere al...

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