Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba
Partes: Excepción de Previo y Especial Pronunciamiento Falta de Acción Planteada por los Dres. Ernesto J. Gavier y Tristán Gavier en Expte. N° 04-C-04
Enlazar como:
http://ar.vlex.com/vid/planteada-ernesto-gavier-tristan-58101022
Id. vLex: VLEX-58101022
Acceda a este documento
y pruebe vLex GRATIS durante 3 días
Recurso de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Fallo nº 2-E-05 del 13 de Marzo 2009
1
Poder Judicial de la Nación doba, 13 de marzo de dos mil nueve.-Y VISTOS:Estos autos caratulados: "Excepción de Previo y Especial Pronunciamiento Falta de Acción planteada por los Dres. Ernesto J. GAVIER y Tristán GAVIER en expte. N° 04-C-04" (Expte. N° 2-E-05), venidos a conocimiento de esta Sala Adel Tribunal a fin de resolver acerca de la procedencia del recurso de casación interpuesto el 23.12.2008 por la defensa técnica de Carlos Jorge Franke, a cargo del señor Defensor Público Oficial Dr. Carlos Armando Casas Nóblega,peticionando la concesión ante la Cámara Nacional de Casación Penal y formulando reserva del caso federal y otros medios de impugnación.Y CONSIDERANDO:I.- Que se presenta ante esta Alzada la cuestión de USO OFICIALresolver acerca de la procedencia del recurso de casación deducido por la defensa técnica de Carlos Jorge Franke, a cargo del señor Defensor Público Oficial Dr. Carlos A. Casas Nóblega, en contra de la resolución del 24 de agosto de 2007,que luce agregada a fs. 262/263vta. de autos (Protocolo 270Folio 74 - Secretaría Penal).II.- Que, mediante la resolución citada este Tribunal resolvió rechazar el recurso de apelación interpuesto por los Dres. Ernesto J. Gavier y Tristán Gavier,en representación entonces de Carlos Jorge Franke, en contra de la Resolución N° 141, dictada con fecha 21 de abril de 2005 Folio N° 220/222-2005-, por el interviniente señor Juez Federal Ad Hoc del Juzgado de Río Cuarto, Dr. Diego Santos Román Est...Pruebe GRATIS vLex durante 3 días
Acceda a la información jurídica de Argentina incluyendo:
Pruebe vLex sin ningún compromiso durante 3 días y verá por qué necesita vLex.
3
días de Acceso gratuíto
Si ya es cliente de vLex, Acceda Aquí