Expediente nº 9743/47 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Secretaría Judicial en Asuntos Originarios, 22 de Octubre de 2013

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2013
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Originarios

E.. n° 9743/13 "P., A.N. c/ GCBA s/ acción declarativa de inconstitucionalidad".

Buenos Aires, 22 de octubre de 2013.

Vistos: los autos indicados en el epígrafe, resulta:

  1. La Dra. A.N.P. promovió demanda de inconstitucionalidad (fs. 2/7) en los términos de los arts. 113 inc. 2 de la CCABA y 17 y siguientes de la ley n° 402, a fin de que se "declare la invalidez constitucional y la pérdida de vigencia" de la resolución nº 19/GCBA/SSJUS/13 de la Subsecretaría de Justicia del GCBA y de la disposición nº 50-DGAI-2013 de la Dirección General de Administración de Infracciones pues, en su opinión, "implican una violación al principio de subordinación a la ley de los reglamentos" -art. 102 CCABA- y a "la forma republicana, el principio de tripartición y la división de Poderes del Estado" -art. 1 CN y art. 1 CCABA- (fs. 2/2 vuelta).

    Sostuvo que la resolución nº 19/GCBA/SSJUS/13, en cuanto instruye al Sr. Director General de Administración de Infracciones para que "instrumente en lo sucesivo y respecto de las causas pendientes de radicación con motivo del traspaso dispuesto por la ley nº 4340, una distribución general entre todos los agentes de Control de Faltas sin distinción de especialidad, atendiendo a mejor distribución por pautas objetivas y razones de servicio" modificó "la competencia de la UACF y de la UAAFE" -asignadas por la ley nº 2128- "sin contar con legislación alguna que lo permita" (fs. 3 y 6 vuelta).

    La disposición n° 50-DGAI-2013, por su parte, es objetada pues, mediante su dictado -según lo relata la actora- se "operativiza" (fs. 3) la citada resolución n° 19 de la Subsecretaría de Justicia. La accionante señala que dicha disposición "no ha sido publicada, pero (…) ha sido citada por otras resoluciones" de la referida repartición (fs. 6 vuelta).

  2. A fs. 14/16 emitió dictamen el señor F. General, quien propició la declaración de admisibilidad de la demanda "sin perjuicio del examen que, acerca de la procedencia de la acción, pueda efectuarse tras escuchar el debate que las partes habrán de efectuar en este proceso" (fs. 16 vuelta).

  3. Consentida la integración del Tribunal con la jueza I.M.W., la Sra. jueza de trámite requirió al Boletín Oficial de la Ciudad que informara si la disposición n° 50-DGAI-2013 se encontraba publicada y, en su caso, indicara el número de boletín correspondiente (fs. 21).

    En respuesta a lo solicitado, la Sra. Gerente Operativa del Boletín Oficial de la Ciudad informó que "consultadas las bases de datos no...

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