PERSONAS JURÍDICAS: Sociedades comerciales. Responsabilidad solidaria de socios gerentes. Trabajo no registrado. SENTENCIA: Corte Suprema; jurisprudencia vinculante (SC Buenos Aires, julio 13-2011) Con nota de: María Gabriela Alcolumbre

Páginas667-675
PERSONAS JURÍDICAS: Sociedades co-
merciales. Responsabilidad solidaria
de socios gerentes. Trabajo no regis-
trado. SENTENCIA: Corte Suprema;
jurisprudencia vinculante.
· El instituto de la inoponibilidad de la
personalidad j urídica soci etaria const ituye
una especie de “sanción” que opera cuando el
o los actos ilícitos aislados cometidos por la
sociedad son, en rigor, actos cometidos por los
socios valiéndose de la sociedad como inst ru-
mento para violar la ley, el orden público, la
buena fe o para la frustración de los derechos
de terceros. Dicha situación no se conf‌igura
cuando una entidad regularmente constituida,
con auténticos f‌ines, en su actividad social co-
mete actos ilegales sancionados expresamente
por la ley, como es el caso del empleo no re-
gistrado o def‌icientemente registrado, toda vez
que en tal supuesto no se utiliza la sociedad
como un instrumento para la comisión de
aquellas irregularidades.
2. — El ordenamiento laboral ha f‌ijado
genuinos instrumentos para combatir y con-
Fraude laboral e inoponibilidad de la personalidad jurídica
Por María Gabriela Alcolumbre
La S.C.B.A. renueva en este pronuncia-
miento la doctrina pronunciada el 31/8/05 in
re “Avila, Carlos Alberto c. Benjamín Gurfein
S.A. y otros s/ despido” (L. 81.550), al expedir-
se en torno a la extensión de responsabilidad
a socios de personas jurídicas en los términos
del art. 54 de la ley de sociedades 19.550.
Se ha enrolado desde entonces en la doc-
trina de la C.S.J.N. dictada in re “Palomeque
c. Benemeth S.A. y otro”, cuando tuvo opor-
tunidad de sostener que ha de inhibirse la
aplicación indiscriminada de la desestimación
de la personalidad jurídica del ente societario,
en aquellos casos en que sólo se comprueba
la irregular registración de los datos relativos
al empleo.
Cabe agregar que el Superior Tribunal ha
adoptado de tal forma la tesis restrictiva de
interpretación del art. 54 de la ley de socie-
dades que consagrara a través de su tercer
párrafo la teoría “del disregard of the legal
entity” tras la reforma que se efectuara a
la norma a través de la ley 22.903 en 1983,
apartándose de la dirección que venían adop-
tando en forma generalizada en el ámbito na-
cional los pronunciamientos judiciales desde
JURISPRUDENCIA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR