Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 8 de Octubre de 2015, expediente FSA 011000061/2010/CA001

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA PERICH, CARMEN c/OBRA SOCIAL DE CONDUCTORES CAMIONEROS s/Amparo EXPTE FSA 11000061/2010 JUZGADO FEDERAL DE SALTA N° 1 ta, 7 de octubre de 2015.

VISTO y CONSIDERANDO:

  1. Que debe resolverse el recurso de aclaratoria deducido por la actora (fs. 324/325) por el que pidió se aclare y corrija el considerando V.

    b.2. de la sentencia del 29/09/2015 en cuanto entiende existe una contradicción entre los fundamentos dados y la resolución a la que se arriba al excluirse las facturas N° 7 -03/10/11- y 8 -12/02/12- en concepto de honorarios médicos de rehabilitación durante los meses agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, a pesar de que se corresponden con prestaciones recibidas dentro del período de vigencia de la cobertura médica que se extinguió el 03/12/11.

  2. Que de conformidad con el inc. 6° del art. 36 y el inc. 2°

    del art. 166 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación el recurso de aclaratoria es un medio del que pueden valerse las partes para obtener que se Fecha de firma: 08/10/2015 Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.S. , SECRETARIO DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA depure la sentencia de errores materiales, oscuridades u omisiones de que pudiere adolecer, no debiéndose alterar el fondo de la cuestión decidida y suplir cualquier omisión en que hubiese incurrido sobre algunas de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio.

    Sentado lo anterior se hace notar que el criterio seguido en la sentencia para admitir o denegar el reintegro se basó en el análisis...

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