Sentencia Interlocutoria de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 5 de Noviembre de 2014, expediente Rc 118582

PresidenteHitters-Genoud-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2014
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires
  1. 118.582 "P.C., Mercedes contra B., L.E.. Ejecución hipotecaria. Oficio Ley 12.172".

//Plata, 5 de noviembre de 2014.

AUTOS Y VISTO:

  1. El legitimado pasivo interpone recurso de revocatoria contra la resolución de esta Suprema Corte que desestimó -por extemporáneo- el recurso extraordinario federal oportunamente articulado (fs. 32/38 y 29/vta., respectivamente).

  2. Al respecto, cabe señalar que el único remedio hábil para revisar la denegación de la vía federal es el recurso de hecho directo o de queja a que se refieren los arts. 282 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cualquiera sea el fundamento dado por el tribunal de la causa (conf. C.S.J.N., Fallos, 285:300; ver también 235:276, 228:400, 313:92), por lo que el medio revisor intentado resulta inadmisible.

POR ELLO, se rechaza la revocatoria interpuesta. Las costas se imponen por su orden dada la ausencia de contradicción (art. 68, 2do. párr., C.P.C.C.N.).

R...

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