La persecución penal de la corrupción - Reflexiones y propuestas de política criminal

AutorBruno Rusca
CargoAbogado (U.N.C.). Profesor Ayudante 'A' interino de la asignatura 'Sociología Jurídica' de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba
Páginas137-154
137
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Trabajo recibido para su publicación el 9 de abril de 2012 y aceptado el 8 de junio.
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Abogado (U.N.C.). Profesor Ayudante “A” interino de la asignatura “Sociología Jurídica” de la
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba. Correo electrónico:
brunorusca@yahoo.com.ar
LA PERSECUCIÓN PENAL DE LA CORRUPCIÓN –
REFLEXIONES Y PROPUESTAS DE POLÍTICA CRIMINAL*
THE CRIMINAL PROSECUTION OF CORRUPTION –
REFLECTIONS AND CRIMINAL POLICY PROPOSALS
Bruno Rusca**
Resumen: Se propone, siguiendo la tesis de Kindhäuser, entender a
la corrupción no como un delito autónomo, sino como un medio de
agresión de distintos bienes jurídicos. En consecuencia, la corrupción
es analizada como un fenómeno que atraviesa todo el campo socio-
económico y no solamente al ámbito de la administración pública.
En segundo lugar, se describe el tratamiento jurídico que recibe la
corrupción en el Código Penal argentino, y se lo coteja con normas
internacionales y de Derecho Comparado. Por último, se sugiere la
implementación de distintas reformas para mejorar la eciencia de la
persecución penal de la corrupción.
Palabras-clave: Corrupción – Cohecho - Política criminal – Derecho
comparado - Análisis económico.
Abstract: It is proposed, following Kindhäuser´s thesis, understanding
corruption not as an autonomous oense, but as a means of aggres-
sion of various legal interests. As a result, corruption is analyzed as a
phenomenon that crosses all socio-economic elds, not just the eld
of public administration. Second, it describes the legal treatment that
receives corruption in the Argentine Criminal Code, and compares it
with international standards and comparative law. Finally, it suggests
the implementation of various reforms to improve the eciency of the
criminal prosecution of corruption.
Key words: Corruption – Briber y – Criminal Policy – Comparative law
- Economic Analysis.
R   F, V. III N° 2 N S II (2012) 137-154
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Sumario: I. El concepto jurídico-penal de corrupción. — II. La corrup-
ción en el sector privado. — III. Algunas consideraciones de política
criminal en torno a la perse cución penal de la corrupción. — IV. Con-
clusiones Finales. — V. Bibliografía.
I. El concepto jurídico-penal de corrupción
La mayoría de las deniciones de la corrupción vinculan este fenómeno al
ejercicio de la función pública, y básicamente la entienden como la utilización
de la autoridad para obtener benecios personales en violación al interés pú-
blico. Ahora bien, este tipo de deniciones además de ser demasiado amplias
y poco precisas, suelen circunscribir el fenómeno de la corrupción al ámbito
estatal.
Como sostiene Biscay la corrupción no es sólo un problema del sector público
sino también de la criminalidad de los actores económicos, por lo que debe ser en-
tendida ante todo como “un poder oculto que dene las relaciones recíprocas entre
la economía y la política” (1). En efecto, la corrupción no se reduce a una transferen-
cia de recursos del ámbito público al privado o al usufructo de la autoridad pública
para obtener ventajas personales, sino que constituye en términos criminológicos
más amplios una interacción que se aparta de las expectativas normativas.
Una denición interesante del fenómeno de la corrupción, se puede encontrar
en la obra del jurista argentino Carlos S. Nino, quien la conceptualiza como:
“la conducta de quien ejerce una cierta función social que implica determi-
nadas obligaciones activas o pasivas destinadas a satisfacer ciertos nes,
para cuya consecución fue designado en esa función, y no cumple con aque-
llas obligaciones o no las cumple de forma de satisfacer esos nes, de modo
de obtener un cierto benecio para él o un tercero, así como también la con-
ducta del t ercero que lo induce o s e benecia con tal incumplimiento” (2).
La denición de Nino tiene la virtud de comprender tanto la corrupción activa
como la pasiva, y de incluir el fenómeno de la corrupción en el campo privado. Por
otra parte, contiene los elementos centrales que caracterizan a la corrupción des-
de una perspectiva jurídico-penal. En este sentido, el penalista alemán Kindhäu-
ser ha denido a la corrupción como la “vinculación contraria a intereses de una
ventaja con el ejercicio de un po der de decisión transferido” (3). De su denición
pueden extraerse tres elementos característicos del intercambio corrupto.
(1) BISCAY, P. “La Justicia Penal y el control de los delitos económicos y de corrupción”, en Sistemas
Judiciales, Nº 11, Buenos Aires, 2006, p. 4, disponible en
http://www.sistemasjudiciales.org/content/
jud/archivos/notaarchivo/377.pdf
. Consultado el 05/10/2011.
(2)
NINO, C. Un país al margen de la ley, 1º edición, Ariel, Buenos Aires, 2005, p. 109.
(3)
KINDHÄUSER, U. “Presupuestos de la corrupción punible en el Estado, la economía y la so-
ciedad. Los delitos de corrupción en el Código penal alemán”, Traducción de Percy García Cavero,
en Política Criminal. Revista Electrónica Semestral de Políticas Públicas en Materias Penales, nº 3,

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