Partido Vecinalismo de Integración Social Auténtico - Distrito Córdoba

Fecha de la disposición21 de Mayo de 2009

Carlos Pablo Diers, Secretario Electoral.

e. 21/05/2009 Nº 43182/09 v. 21/05/2009 PARTIDO MOVIMIENTO TERCERA POSICION Distrito Córdoba El señor Juez Federal con competencia electoral de la Provincia de Córdoba, Dr. Ricardo Bustos Fierro - Secretaría Electoral a cargo del Dr. Carlos Pablo Diers -, hace saber a los Partidos Políticos reconocidos y en formación a los efectos previstos por el art. 38 de la Ley 23.298, que la agrupación política 'MOVIMIENTO LEGISTATIVO VECINAL', se ha presentado ante esta sede judicial a fin de iniciar el trámite de cambio de denominación partidaria por el nombre 'MOVIMIENTO TERCERA POSICION', habiendo adoptado dicho nombre partidario con fecha 16 de Abril de 2008.

Córdoba, 5 de mayo de 2009

CARLOS PABLO DIERS, Secretario Electoral e. 21/05/2009 Nº 43188/09 v. 26/05/2009 PARTIDO UNION POPULAR Distrito Córdoba Córdoba, 28/04/2009

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: 'UNION POPULAR - S/. reconocimiento de personería jurídico-política de Distrito' (Expte. nro. 88-U-08), de los que resulta.

Que a fs. 65/66, comparecen los Dres. Juan Miguel de la Colina y Julio César Aráoz en carácter de apoderados del Partido Unión Popular, a fin de iniciar las acciones tendientes a lograr el reconocimiento como partido de distrito.

Que a tal efecto acompaña a fs. 1/2 vta, acta constitutiva en la que se fija domicilio y se designa la Junta Promotora y apoderados de la agrupación, y a fs. 3/19, Declaración de Principios, Bases de Acción Política y Carta Orgánica partidaria.

Que a fs. 128, obra el dictamen del señor Procurador Fiscal en el que no formula objeción alguna a la denominación adoptada por la agrupación.

Que habiéndose informado por Secretaría (fs. 143) que del recuento, verificación y compulsa realizados sobre las adhesiones presentadas resultaron válidas 4103, el Tribunal resolvió, a fs. 146, fijar la audiencia prescripta por el art. 62 de la Ley 23.298, la que, luego de ser notificados el señor Procurador Fiscal y todos los partidos reconocidos y en trámite en el distrito (fs. 146 vta. Y 162/224 vta.), y librarse oficios a las Secretarías Electorales de los Distritos donde la agrupación se encuentra reconocida o en trámite, a los fines de la notificación establecida por la Acordada Nº 81/90 C.E.N.

(fs. 147/151 vta.) se formalizó a fs. 225, con la asistencia del Daniel Alberto Rodríguez en carácter de miembro de la Junta Promotora de la agrupación política peticionante, quien manifestó que, habiéndose cumplimentado con las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR