Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata , 28 de Abril de 2010, expediente 16411/09

Fecha de Resolución28 de Abril de 2010

Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario La Plata, 28 de abril de 2.010

Y VISTOS: Este expediente N° 16.411/09 caratulado “P.,

C.E. c/ A.F.I.P. D.G.

  1. s/ Impugnación acto administrativo”, proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia n° 2 de la ciudad de La Plata.

    Y CONSIDERANDO QUE:

  2. Las presentes actuaciones se iniciaron con motivo de la Resolución 84/08 DI RLP de fecha 7 de mayo de 2008 dictada en el sumario SM/1928/2007 por la que se aplicó una multa por pesos quince mil cincuenta y dos ( $15.052) por la imputación de la infracción al artículo 38 de la LPT reiterada en seis períodos o meses.

    En tanto, se presenta la parte actora la que solicita la aplicación al caso de autos de la ley 26.476 y, en consecuencia, declarar condonada la sanción. Corrido el traslado de dicha presentación, el representante del Estado Nacional señala que el solicitante ha reformulado su deuda en el plan establecido por la ley 26.476. En este USO OFICIAL

    sentido, conforme la R.G. 2735 sostiene que deberá desistir de la demanda presentando formulario 408 nuevo modelo y, efectuado ello, deberá finalizarse la causa por desistimiento del actor.

    En este sentido, el juez de primera instancia resuelve hacer lugar al pedido formulado por la parte actora quien se ha hecho acreedor del beneficio dispuesto por la normativa citada, imponiendo las costas por su orden.

    Contra dicha decisión, el representante del Estado Nacional plantea reposición con apelación en subsidio a fojas 92/93. Desestimado el remedio de reposición intentado, corresponde el tratamiento de la apelación interpuesta.

  3. La ley 26.476 publicada en el Boletín Oficial el 24/12/08, crea un régimen excepcional, de adhesión voluntaria y con vigencia temporal limitada, el cual prevé el otorgamiento de beneficios a los contribuyentes que se adhieran en los términos establecidos por la norma. De esta forma, estableció un Régimen de Regularización Impositiva, Promoción y Protección del Empleo Registrado,

    Exteriorización y Repatriación de Capitales, al cual pueden acogerse los contribuyentes y responsables de los impuestos y de los recursos de la seguridad social, con relación a las obligaciones correspondientes a períodos fiscales vencidos al 31 de diciembre de 2007, e infracciones cometidas hasta esa fecha.

    Para una mejor comprensión del caso, resulta de interés señalar los alcances de los artículos pertinentes de la Ley 26.476, cuya modalidad de aplicación al caso se debate en esta instancia. En...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR