Sentencia de CAMARA FEDERAL, 10 de Febrero de 2016, expediente FPA 021004809/2012
Fecha de Resolución | 10 de Febrero de 2016 |
Emisor | CAMARA FEDERAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ
FPA 21004809/2012 raná,10 de febrero de 2016.
Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “PALACIOS, P.I. CONTRA ANSES SOBRE AMPARO”, Expte. N° FPA 21004809/2012, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Paraná, y; CONSIDERANDO:
I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la parte actora 38/39, contra la resolución de fs. 36/37 vta. que rechaza la acción de amparo interpuesta en autos; impone las costas a la amparista; difiere la regulación de honorarios para su oportunidad y tiene presente las reservas formuladas.
El recurso se concede a fs. 43, a fs. 49 el Sr.
Fiscal General contesta la vista corrida y quedan los presentes en estado de resolver a fs. 53.
II- Que agravia a la recurrente el rechazo del amparo con fundamento en que la cuestión “implica severa complejidad”. Plantea que se encuentran en juego derechos constitucionales y que, en virtud de la baja del beneficio, el actor perdió el acceso a la obra social.
Alega que no existe demasiada prueba a producir y que sólo debe resolverse si el actuar de ANSES fue correcto, o no. Invoca que no se dictó resolución que suspendiera el beneficio y que es inadmisible someter la cuestión al proceso ordinario, atento su naturaleza alimentaria.
Alude finalmente a la edad y estado de salud del actor.
Concluye solicitando la revocación del fallo y que se Fecha de firma: 10/02/2016 Firmado por: D.E.A., Firmado por: C.G.G., Firmado por: M.J.B., #3473266#146380802#20160212130034930 haga lugar a la demanda.
III- Que el actor ocurre a la jurisdicción y deduce acción de amparo contra la Administración Nacional de la Seguridad Social a fin de que se ordene la rehabilitación y el pago de su beneficio previsional.
Explica que es titular del beneficio para minusválidos otorgado en el marco de la ley 20475 y que la ANSES, a partir de un proceso de verificación, declaró
que no cumple con los requisitos legalmente fijados y procedió a la suspensión del pago.
Al contestar el traslado corrido, la ANSES planteó
la extemporaneidad y la inadmisibilidad de la acción, y afirmó que se determinó que el actor no tenía derecho a gozar del beneficio.
El a quo consideró que no se encuentran acreditados los extremos requeridos para admitir la acción y que la cuestión implica severa complejidad, por lo que rechazó
la demanda.
Contra dicha decisión se alza la apelante.
IV- Que conforme lo expresara el Sr...
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