Sentencia de SALA II, 25 de Junio de 2015, expediente CCF 003997/2007/CA001

Fecha de Resolución25 de Junio de 2015
EmisorSALA II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 3997/2007 P.F.R.A. c/ COMISION NAC ASES PARA LA INTEG DE PERS DISCAPACITADAS Y OTRO s/SUMARISIMO Buenos Aires, 25 de junio de 2015.- AN VISTO: CONSIDERANDO:

  1. Que por tratarse de una cuestión en la que está comprometido el orden público, pues se refiere a la jurisdicción y a la competencia funcional, el Tribunal de alzada se encuentra facultado para examinar –aun de oficio- la procedencia del recurso de apelación, sin que sea obstáculo para ello la concesión realizada por el juez de primera instancia ni la conformidad que al respecto pudieran haber prestado las partes, sea en forma expresa o tácita (confr. causa 11281/05 del 7.2.14 y sus citas).

    II) En tanto las codemandadas fundan sus respectivos recursos -en fs. 413/417 y fs. 422/424- en la imposición de costas a sus cargos, el monto de la controversia está dado por el importe de $ 13.000.-, que reconoce su causa en los honorarios regulados a la Dra. L.V.T. y cuya determinación no fue recurrida.

    III)...

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