Por Osvaldo Emilio Manaresi

EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición16 de Octubre de 2013

POR

OSVALDO EMILIO MANARESI

Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito de la Cuarta Nominación de Rosario, Secretaria autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE CARCARAÑA c/ Otro s/ Apremio”, Expte. N° 208/12, se ha dispuesto que el Martillero Osvaldo Emilio Manaresi, N° CUIT Nº 20-12004243-3, proceda a vender en pública subasta el día 24 de Octubre de 2013 a las 10:30hs., en el Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas de la ciudad de Carcarañá, o el día hábil inmediato posterior, a la misma hora y lugar si aquel resultare inhábil, el inmueble sito en Bv. Uruguay entre las calles Salta y Tucumán de la Ciudad de Carcarañá, que a continuación se describe: “Un lote de terreno, situado en la manzana treinta y nueve Norte, del pueblo Carcarañá, Departamento San Lorenzo, de esta Provincia, designado con el número cuarenta y cuatro, en el plano de sub-división del Ingeniero Civil don Enrique L. Grünseid, en Julio de mil novecientos cincuenta y dos, archivado en el Departamento Topográfico de esta Provincia, bajo el Nº 81.265, y se encuentra ubicado en el Boulevard Uruguay entre las calles Virarú (hoy Salta), y calle Iberia (Hoy Tucumán), a los 25,50 m. de esta última calle al Este, y siendo de forma regular, mide: 10,00 m. de frente al Sud, sobre Bv. Uruguay, por 28,00 m. de fondo; con superficie de 280,00 m2.; lindando: al Sud, con Boulevard Uruguay; al Norte, con fondos del lote número veintisiete; al Oeste con el Número cuarenta y cinco; y fondos del lote cuarenta y siete; y al Este, con el lote número cuarenta y tres. Inscripto el Dominio: Tomo 151 Folio 404 Nº 64403 Departamento San Lorenzo.- Saldrá a la venta con una base única de $ 4330,35.- y con la condición de desocupado según surge del acta de constatación obrante en autos.- Quien resulte adquirente deberá abonar el 10% del precio ofertado, más la comisión del 3% al Martillero, en pesos o cheque certificado. Para el caso que el porcentaje referido supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, debiendo efectuarse por cheque certificado, o depósito de dicho monto al día siguiente de la subasta en el Banco Municipal de Rosario -Sucursal 80- Caja de Abogados, a la orden de este Juzgado y causa, conforme Comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/10 del Banco Central de la República Argentina.- Los impuestos, tasas...

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