Ordenanza n° 3.829

EmisorMunicipalidad de Maipu
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 0005

ORDENANZA Nº 3.829 Visto: El Expediente H.C.D. Nº 7611/Q/05; yCONSIDERANDO:Que por el Expediente del Visto, el Señor Juan Carlos Quinteros, solicita la habilitación de un taller de electricidad del automotor, en el domicilio de Salmón y Palma de Ciudad Maipú, zona en la que no es factible el ejercicio de esta actividad según lo dispuesto por Ordenanza Nº 99 y Decreto Nº 254/87.Que a fojas 01/02, se adjunto conformidad de los vecinos y declara el solicitante cumplir con los horarios fijados por la legislación municipal.Que las Comisiones Permanentes, han dispuesto exceptuar de la normativa vigente al recurrente, por el término de un (01) año, prorrogable por un periodo igual, según dictamen de foja 04.Por ello y de conformidad a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 1.079 "Orgánica de Municipalidades";EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAIPÚORDENA:Artículo 1º - Exceptuar al Señor Juan Carlos Quinteros, D.N.I. 10.738.416, de lo dispuesto por Ordenanza Nº 99 y Decreto Nº 254/87, habilitando por el término de un (01) año, prorrogable por un periodo igual, el desarrollo de la actividad de taller de electricidad de automóviles...

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