Nuevas perspectivas del control de constitucionalidad de oficio
Autor | Paula Mariel Borgarello |
Cargo | Abogada, Escribana, Especialista en Derecho procesal, Profesora de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba |
Páginas | 261-271 |
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* Trabajo recibido para su publicación el 26 de julio de 2013 y aprobado el 29 de agosto del mismo año.
** Abogada, Escribana, Especialista en Derecho procesal, Profesora de Derecho Constitucional en la
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba.
R F, V. IV N° 2 N S II (2013) 261-271
NUEVAS PERSPECTIVAS DEL CONTROL
DE CONSTITUCIONALIDAD DE OFICIO*
NEW PERSPECTIVES OF THE CONTROL
OF CONSTITUTIONALITY EX OFFICIO
Paula Mariel Borgarello
**
Resumen: El presente trabajo analiza las nuevas perspectivas con re-
lación al control de constitucionalidad de ocio, a partir de un fallo de
la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el cual se establece un
fundamento de raigambre internacional por el cual los jueces pueden
realizar el control de constitucionalidad de ocio.
Palabras-clave: Control - Constitucionalidad de ocio.
Abstract: is work analyzes the new perspectives in relation to the
review of the constitutionality ex ocio, based on a judgment of the
National Supreme Court of Justice which establishes an international
basis by which judges can perform the review of the constitutionality
ex ocio.
Key Words: Review - Constitutionality ex ocio.
Sumario: I. Introducción. – II. Supremacía Constitucional. – III. Con-
trol de constitucional: concepción tradicional. – IV. Nueva perspectiva
internacionalista del control de constitucionalidad de ocio. – V. Con-
trol de convencionalidad. – VI. Conclusión.
I. Introducción
El presente trabajo pretende destacar la decisión reciente de la Corte Suprema de
Justicia a partir del análisis del fallo “Rodríguez Pereyra, Jorge Luis y otra c/Ejército
Argentino s/daños y perjuicios” de fecha 27 de Noviembre de 2012, en el cual se es-
tablece como criterio a los nes de que proceda el control de constitucionalidad de
ocio, que se haga efectivo un control de convencionalidad también de ocio, am-
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