Sentencia de SALA I, 25 de Agosto de 2015, expediente CCF 000850/2011/CA001

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA N° 850/11 – S.

  1. – NOVA SA C/ RIVEIRO JORGE EMILIO S/ CESE DE OPOSICIÓN AL REGISTRO DE MARCA.

    Juzgado N° 3 Secretaría N° 5 En Buenos Aires, a los 25 días del mes de agosto de 2015, reunidos en Acuerdo los jueces de la Sala I de esta Cámara para dictar sentencia en los autos mencionados, y de conformidad con el orden del sorteo efectuado, el J.R.V.G., dijo:

  2. Nova S.A. inició demanda contra J.E.R. a fin de que se le ordene el cese de oposición al registro de la marca “NOVA” (Diseño), Acta N° 2.844.337 de la clase 44 del Nomenclador Internacional.

    En su escrito de ampliación de la demanda de fs.

    44/56 vta. relató que Nova S.A. es una empresa de capital argentino fundada en Cañada de G., Provincia de Santa Fe, ubicada a 70 km de Rosario sobre la Ruta Nacional N° 9, que opera desde hace 25 años en el mercado agropecuario, en líneas de productos como Coadyuvantes, Inoculantes, Curasemillas, Funguicidas, Insecticidas, H., B. y recubrimiento de semillas leguminosas y gramíneas.

    Prosiguió su reseña señalando que en el año 1985, en la ciudad de Cañada de G., el señor C.A.P. y el ingeniero químico C.M. decidieron formar una pequeña empresa denominada “Laboratorios Nova S.R.L.”, la que en los primeros años fue una empresa dedicada exclusivamente a la formulación y venta de coadyuvantes, logrando obtener un reconocimiento comercial en toda la Pampa Húmeda, y que pasados los años amplió su paleta de productos, incorporando curasemillas, herbicidas, insecticidas, fungicidas y productos biológicos (inoculantes y bioestimulantes).

    Puntualizó que para ello debió construir diferentes plantas de formulación, apostando siempre a la obtención de productos de alta calidad y estabilidad, recalcando Fecha de firma: 25/08/2015 Firmado por: DE LAS CARRERAS- NAJURIETA-GUARINONI que en la actualidad Nova está presente en distintas zonas de venta que abarcan toda la región pampeana, NOA y NEA de nuestro país.

    Especificó que Nova cuenta con un grupo de vendedores y técnicos al servicio de la cadena comercial de distribución, brindando soluciones inmediatas a cada solicitud o necesidad, por lo que logró la Certificación ISO 9001-2008 Sistema de Gestión de Calidad, lo cual implica el cumplimiento de requisitos establecidos en normas internacionales.

    Indicó, finalmente, que actualmente ya están registrando productos en Uruguay, Bolivia y Brasil.

    Respecto del conflicto planteado expresó que con fecha 1° de agosto de 2008 solicitó ante el Registro Nacional de la Propiedad Industrial, mediante A.N.° 2.844.337, el registro de la marca “NOVA” (Diseño) –v. gráfico de la marca expuesto a fs. 45 vta.-para la clase 44 Int., y que efectuada la pertinente publicación en el Boletín de Marcas se opuso el ahora demandado, invocando ser titular de las marcas “NOVA DER”, A.N.° 1.929.803 y “NOVACARE”, Acta N° 2.854.717, ambas pertenecientes a la clase 44 Int.

    Resaltó que su agente de la propiedad industrial agotó las tratativas extrajudiciales a fin de arribar a un acuerdo que impidiera este pleito, incluso los representantes legales del oponente le informaron que el señor R. estaba dispuesto a retirar la oposición si Nova S.A firmaba un acuerdo por el cual se comprometía a no oponerse a futuras renovaciones y/o reinscripciones de las marcas fundamento de la oposición y le otorgaba una compensación económica, propuesta que recibió

    conformidad respecto del primer punto, mas no respecto del segundo, pues recalcó que de ninguna manera iba a asumir el pago de una compensación económica por cuanto consideraba que la oposición interpuesta era improcedente.

    Expresó que R. insistió en que su empresa debía otorgarle una compensación económica, ante lo cual se convocó a la requerida audiencia de mediación sin arribar a acuerdo alguno, pero que al día siguiente de celebrada la audiencia le informaron que el oponente nuevamente aceptaba Fecha de firma: 25/08/2015 Firmado por: DE LAS CARRERAS- NAJURIETA-GUARINONI Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I retirar la oposición con base en la propuesta realizada por su empresa en la citada audiencia que consistía en excluir de la solicitud de...

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