Notificacion de Edicto

EmisorDirecciã³n Provincial de Promociã³n de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia
Fecha de la disposición19 de Agosto de 2014

Por disposición de la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe, en el Legajo Administrativo: “s/Medida de Protección Excepcional, en beneficio del niño N.N. Expediente N° 01503-0002541-7 (Signa N° 8578)“; se notifica de la Disposición N° 000103 de fecha 21/07/2014 desconociéndose todo dato de filiación materna y/o paterna. Se transcribe la disposición: a los fines de que comparezca en la sede de este organismo -sito en calle San Luis 3135, de la ciudad de Santa Fe-, notificándola que se ha dispuesto lo siguiente:” “Santa Fe 21 de julio de 2014. Disposición Nº 000103. VISTO... CONSIDERANDO... DISPONE: ARTICULO 1°: Adoptar Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos, conforme a las normativas legales establecidas en la Ley Provincial N° 12.967 en su Art. 51 tercer párrafo y su Decreto Reglamentario N° 619/2010 y su modificatoria Ley Provincial N° 13.237 en sus arts. 51, 66 bis, ter y quater, que tiene por sujeto de protección al niño N.N., de aproximadamente 1 año de edad, desconociéndose todo dato filiatorio y de inscripción, teniendo, la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, por objeto que en niño sujeto de protección sea declarado en estado de adoptabilidad; ARTICULO 2: Que durante el transcurso de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional, la contención y el abordaje de la problemática social, continuarán siendo ejercidos por el Equipo de Vinculación Familiar Permanente, en coordinación y articulación con los profesionales del Programa Familias Solidarias, ambos dependiente de la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia Santa Fe, hasta tanto se resuelva la situación definitiva de este.-ARTICULO 3: Desde la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, se efectuará el procedimiento destinado a la notificación de la adopción de la Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional a las partes interesadas y dará intervención al órgano jurisdiccional competente.-ARTICULO 4: Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional y oportunamente archívese. Fdo.: Op. en Psc. Social Alejandra Kosak Slobrodianiuk (Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia de Santa Fe)“. Con el fin de cumplir con los recaudos legales impuestos a la notificación se transcriben...

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