Nociones básicas

Derecho parlamentario (2008)

Jorge Horacio Gentile
Seccion: El Derecho parlamentario
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Id. vLex: VLEX-39025651

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Resumen:

1. Concepto 2. Fuentes a) Fuentes directas b) Fuentes indirectas 3. Derecho constitucional y derecho parlamentario

Extracto:

Nociones básicas

1. Concepto

La ley es la causa eficiente del derecho, y éste es la actualización de la relación de alteridad de los seres humanos dentro de la sociedad en el reparto que indica el principio de justicia, al determinar lo que le corresponde a cada uno, o sea "lo suyo" de la definición de Ulpiano ("Constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi"2) que se encuentra indicado por la ley.

Las reglas de conducta que las sociedades establecen en forma de leyes responden entonces al propósito de determinar qué es lo justo en el actuar de las personas, y cómo hacerlas compulsivamente aplicables. El plexo normativo tiene en consecuencia un propósito único: el de mostrar qué es lo justo en cada caso a quien quiere ajustar su conducta a derecho. De allí que las divisiones que la doctrina hace entre "ramas del derecho" no sean sino diferencias de materia o de forma para separar qué es lo que corresponde ser incluido en el contenido de una ley, un código, o en una asignatura en la que científicamente se dividen el estudio o la investigación del derecho, las normas, la jurisprudencia, la doctrina o la propuesta de nuevas regulaciones de conducta.

Alfredo Fragueiro nos sugiere un concepto de derecho que podemos sintetizar en esta definición: la relación justa, que tiene su origen en la ley, de naturaleza ética, dirigida al bien común3, aplicando la doctrina aristotélica de las causas del ser4. Partiendo de este claro concepto de la materia a la cual nos referimos, es válido centrarnos en el punto de discusión y esbozar así las primeras definiciones de derecho parlamentario.

La doctrina clásica en Argentina ha tomado como propia la definición del jurista uruguayo Justino Jiménez de Aréchaga, quien sostiene que el der...



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