Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 23 de Abril de 2014, expediente 52255/10

Fecha de Resolución23 de Abril de 2014

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 36294

CAUSA Nº 52.255/2010 - SALA VII - JUZGADO Nº 13

AUTOS: “N.E.V. c/ UNIÓN DE CORTADORES DE LA

INDUMENTARIA s/ despido”.

Buenos Aires, 23 de abril de 2014.

VISTAS:

Las apelaciones deducidas por la demandada (fs. 446), quien estima elevados los estipendios fijados en favor de la representación letrada de su contraria y los del perito contador. Por el contrario el último nombrado (fs. 449),

entiende baja su retribución y,

CONSIDERANDO:

Que ponderado el mérito, importancia y extensión de la labor cumplida por la representación letrada de la parte actora, los honorarios regulados se ajustan a las pautas arancelarias aplicables, por lo que corresponde confirmarlos (Arts. 6, 7, 9 y 39 de la Ley 21.839).

Por el contrario, atendiendo a lo actuado por el perito contador tanto en la etapa de conocimiento como en la oportunidad del Art. 132 de la LO y, lo normado por el Art. 3º del Arancel para Profesionales de Ciencias E conómicas –

Decreto Ley 16.638/57, luce bajo el porcentaje del monto de condena asignado para graduar su retribución, por lo que se considera apropiado elevarlo al 8%

(OCHO POR CIENTO) de esa misma base.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar el honorario...

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