Resolución Nº 1533/2013

Fecha de disposición22 Julio 2013
Fecha de publicación31 Julio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32691



MINISTERIO DE EDUCACION

ResoluciónNº 1533/2013Bs. As., 22/7/2013

VISTO el Expediente Nº 8916/10 del Registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO solicita a este Ministerio, la publicación del texto definitivo de su Estatuto Académico, el que fue aprobado por la Resolución Nº 1 de fecha 31 de mayo de 2013, de la Honorable Asamblea Universitaria, adoptada en la sesión de la misma fecha.

Que analizada la redacción del Estatuto, resulta que la misma se ajusta en general a lo establecido por la Ley Nº 24.521.

Que atento a que en el texto del estatuto presentado de la UNIVERSIDAD NACIONAL de MORENO, no se incluye el domicilio exacto de la sede de su Rectorado, el que hará las veces de domicilio de la sede principal, conforme lo exigido por el artículo 34 de la Ley Nº 24.521 - expresándose dicho domicilio en un sentido amplio como jurisdicción, corresponde requerir a la referida Casa de Altos Estudios que oportunamente denuncie ante esta autoridad de aplicación, el domicilio exacto donde funcionará la sede de su Rectorado con indicación de calle, numeración, en su caso piso, y demás datos el que tendrá la calidad de domicilio constituido a todos los efectos académicos y legales y en donde resultará válida cualquier notificación y/o comunicación que se curse mientras el mismo no sea notificado a este MINISTERIO DE EDUCACION.

Que consecuentemente corresponde disponer la publicación del Estatuto Académico de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO de acuerdo con el texto ordenado aprobado mediante Resolución Ordenanza Nº 1 de fecha 31 de mayo de 2013, por la Honorable Asamblea Universitaria.

Que el organismo con responsabilidad primaria en el tema y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 34 de la Ley Nº 24.521.

Por ello,

EL MINISTRO

DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Ordenar la publicación del Estatuto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO aprobado por la Resolución de la Honorable Asamblea Universitaria Nº 1 de fecha 31 de mayo de 2013, de acuerdo al texto reproducido en el Anexo, que a todos los efectos forma parte de la presente.

ARTICULO 2°

— Requerir a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO que oportunamente denuncie el domicilio exacto donde funcionará la sede de su Rectorado con indicación de calle, numeración, en su caso piso, y demás datos el que tendrá la calidad de domicilio constituido a todos los efectos académicos y legales y en donde resultará válida cualquier notificación y/o comunicación que se curse, mientras que el cambio del mismo no sea notificado a este MINISTERIO DE EDUCACION.

ARTICULO 3°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación.

ANEXO

ESTATUTO

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORENO

PRIMERA PARTE

PRINCIPIOS Y OBJETIVOS

Artículo 1° La Universidad Nacional de Moreno es una persona jurídica de derecho público creada por Ley Nacional Nro. 26.575, con autonomía académica e institucional y autarquía económico-financiera, conforme lo establece el Artículo 75, Inciso 19 de la Constitución Nacional.

Se rige por su Ley de creación, la Ley Nacional Nro. 24.521 y demás normativas nacionales de aplicación, el presente Estatuto y las reglamentaciones que en aplicación de estas se dicten.

Artículo 2° La Universidad Nacional de Moreno tiene su sede en la Ciudad y Partido de Moreno, Provincia de Buenos Aires.
Artículo 3°

La Universidad Nacional de Moreno tiene como objetivo general la promoción del desarrollo integral de su región de pertenencia, por medio de la generación y transmisión de conocimientos e innovaciones científico-tecnológicas que contribuyan a la elevación cultural y social de la Nación, el desarrollo humano y profesional de la sociedad y a la solución de los problemas, necesidades y demandas de la comunidad en general.

Con ese objeto, desarrollará actividades concurrentes de enseñanza, investigación, vinculación y extensión que propendan al desarrollo de la sociedad en el espíritu democrático, ético y solidario que establece la Constitución Nacional, procurando en todo momento el respeto y defensa de los derechos humanos y la no discriminación, la igualdad de oportunidades y la confraternidad entre los seres humanos.

La Universidad Nacional de Moreno reconoce que la educación, en todos sus niveles, constituye un derecho humano universal.

Artículo 4° Son objetivos específicos de la Universidad Nacional de Moreno:
  1. Desarrollar y transmitir conocimientos y habilidades de carácter científico-técnico, humanístico, profesional y artístico, así como también prestar servicios a la comunidad a través de actividades convergentes de enseñanza, investigación, vinculación o extensión, procurando en todo momento el desarrollo socio-económico regional y nacional y la preservación y/o mejoramiento del medio ambiente.

  2. Organizar e impartir Educación Superior Universitaria, presencial o a distancia, mediante trayectos curriculares de pregrado, grado y posgrado, privilegiando la implementación de una oferta diversificada de carreras con capacitación práctica que atiendan las expectativas y demandas de la sociedad, la cultura y la economía.

  3. Implementar y ejecutar actividades de generación y sistematización de conocimientos, mediante modalidades de investigación básica, aplicada y de desarrollo experimental y aplicación tecnológica, otorgando prioridad a las necesidades y problemáticas locales y nacionales para producir conocimientos específicos acerca de las mismas y contribuir así al desarrollo científico, tecnológico y cultural de la Nación.

  4. Desarrollar la enseñanza en el marco de concepciones pedagógicas y didácticas que promuevan la incorporación de nuevos contextos, tecnologías, metodologías y estrategias de enseñanza-aprendizaje.

  5. Formar graduados capaces de ejercer un rol profesional activo en el desarrollo económico sustentable y el progreso social y cultural de la sociedad, desde una perspectiva que integre la competencia profesional con el humanismo y solidaridad social, y con conciencia de las necesidades y particularidades locales y nacionales.

  6. Realizar acuerdos o convenios de articulación y cooperación con organismos municipales, provinciales, nacionales o federales e internacionales, con organizaciones sociales, profesionales, científicas, técnicas o culturales y con empresas públicas o privadas de toda índole, que contribuyan al logro de su objetivo general y específicos.

  7. Prestar servicios y brindar asesoramiento, rentado o no, o asociarse con terceros para el desarrollo y explotación de bienes físicos o intelectuales en interés de propender al logro de los objetivos específicos de la Universidad.

  8. Promover, organizar, coordinar y llevar a cabo programas o acciones de cooperación comunitaria, de servicio público y/o voluntariado, tendientes al desarrollo cultural, científico, político, social y económico del Partido y región de pertenencia, con el objeto de contribuir a la resolución de los problemas de la comunidad y, en especial, al mejoramiento de las condiciones de vida ‘de aquellos sectores socialmente más postergados.

  9. Constituir una comunidad de trabajo plural integrada por docentes, estudiantes, graduados, personal no docente, y por las fuerzas vivas de la sociedad en su conjunto, abierta a las exigencias de su tiempo y de su medio, que garantice la democratización del conocimiento y la enseñanza como herramienta de transformación y equidad de la sociedad.

  10. Realizar acciones a favor de la equidad en el ingreso y la retención y promoción de aquellos estudiantes con vocación y empeño académico que por motivos económicos se encuentren en situación vulnerable y en riesgo de abandonar sus estudios.

  11. Contribuir a la recreación, preservación y difusión de la cultura, y a la memoria y rescate de obras trascendentales de...

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