Resolución Nº 83/PJCABA/?/14

FirmantesRabinovich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorPoder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2014

VISTO:

el Expediente DCC-314/13-0 caratulado "D.C.C. s/ Publicación del Libro Principios de

Yogyakarta"; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución CAFITIT N° 86/2013 se autorizó el gasto de hasta la suma de

doce mil pesos ($ 12.000,00) para la ilustración de la publicación de los "Principios de

Yogyakarta. Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de los

derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género",

previa instrumentación de la cesión de derechos de la ilustración a favor del Consejo

de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, se instruyó a

esta Oficina de Administración y Financiera a dar intervención a la Editorial Jusbaires

para la impresión y encuadernación de cinco mil (5.000.-) ejemplares por intermedio

de Editorial Eudeba S.E.M. (fs. 4/5).

Que entonces, solicitada que fuera su intervención, la Directora del Observatorio de

Género en la Justicia remitió un texto para la cesión de los derechos de explotación

sobre las treinta (30.-) ilustraciones y el "lettering" del proyecto "Principios de

Yogyakarta" (fs. 16/18).

Que en razón de ello, se expidió la Dirección General de Asuntos Jurídicos que, luego

de realizar una breve reseña de lo actuado, expuso lo siguiente: "esta Dirección

General realizó las averiguaciones pertinentes, apersonándose en la sede de Derecho

de Autor, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, en

la que se comunicó que previo a la cesión de derechos que se pretende, deberá

inscribirse la obra en cuestión. Asimismo, y de acuerdo a lo informado, la autora de las

ilustraciones deberá presentarse en dicha sede (sita en la calle Moreno 1228/1230)

con el fin de realizar la inscripción como obra inédita de las mismas, completando un

formulario que le será otorgado a tal fin, abonando el canon correspondiente (...) y con

una fotocopia de la obra. Una vez inscripta, se le otorgará un número de trámite

necesario para, posteriormente, proceder a la cesión de derechos sobre la misma".

Luego, entendió que "una vez cumplidos los requisitos exigidos para la inscripción de

la obra, no existen obstáculos desde el punto de vista jurídico para continuar con el

trámite de las presentes actuaciones y realizar la cesión correspondiente" (v. Dictamen

N° 5427/2013 de fs. 19).

Que luego, la Editorial Jusbaires remitió el número de ISBN de la obra en cuestión, el

cual luce agregado a fojas 26/27.

Que posteriormente, la Editorial Jusbaires solicito a esta Administración General que

se inicien las gestiones necesarias a efectos de proceder a la impresión de los cinco

mil (5.000.-) ejemplares del libro antes referenciado. En razón de ello, adjuntó las

especificaciones técnicas pertinentes (fs. 31/32).

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones solicitó a Editorial Eudeba

S.E.M. que remita un presupuesto por la impresión de los (5.000.-) ejemplares del libro

"Principios de Yogyakarta. Principios sobre la aplicación de la legislación internacional

de los derechos...

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